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TARDAJOS: ¿EN QUÉ CONSISTE LA LECTURA DEL ACTA ANTERIOR?...

¿EN QUÉ CONSISTE LA LECTURA DEL ACTA ANTERIOR?

No se trata de una repesca, ni de solucionar lo que un día no se pudo por no asistir a una reunión debidamente convocada. Nada, lo único es que nos la hemos leído nosotros; y luego, el joven abogado, nos la ha vuelto a leer. Ni mas, ni menos.

Lo único que ocurre con la lectura es que los que ya estuvieron, manifiesten si lo que se dice en el acta se corresponde con la realidad. Y no vale que no se esté de acuerdo, ni exponer más razones, ni que la gente que no estuviera, lo manifieste.

SOLO ES UNA CUESTIÓN FORMAL: que lo que se dice sea lo que se dijo. Nada más.

O sea, que hace muy bien nuestra secretaria en volver a leerla, porque de nada sirve, sino pasar el rato. Las mujeres, solemos ser más prácticas porque tenemos mas tareas que ellos, y por fuerza tenemos que aprovechar más el tiempo.

Que el abogado lo leyera, nada importaba pues qué sentido tendría falsear una reunión tan bien apañada de antemano y en consonancia con lo pretendido.

Pero eso no quita para que todo lo que se trató en ella, estuviera en desacuerdo con los asistentes de hoy. Muchos, de haber estado, no hubiéramos votado a favor. Ahora, que luego hay otros caminos, como exigir que los que votan lo hagan en relación a las fincas que cada uno tenga. No valen todos los votos igual. Pero aquel día no hizo falta recurrir a esa artimaña.