RÉPLICA DEL SEÑOR LUIS GARCÍA SANZ DE I. U. AL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE
Como he dicho anteriormente, la Junta de Castilla y León, la Delegación Territorial, se intenta poner en contacto a partir de que la bola de nieve pues va in crescendo, lógicamente, y los ciudadanos van exigiendo que se adopten medidas; pero no porque la Junta de Castilla y León toma ningún tipo de iniciativa, ni antes ni después, sino simplemente cuando no le queda más remedio. Iniciativa política y asumir competencias: ninguna. Ésa es la realidad.
Y aquí, lo que nosotros le planteamos es, lógicamente, porque no se ha dado ninguna solución. Porque eso que se han planteado aquí, que han leído literalmente de la declaración de evaluación simplificada de impacto ambiental, pues eso es, exclusivamente, el cumplimiento de lo que viene en la Ley respectiva... de en qué criterios y qué requisitos debe conllevar una declaración de evaluación simplificada. Punto. Y nada más, y nada más.
Claro, pero el problema es que estamos con una planta de compostaje, de tratamiento de lodos, encima, al lado de unos manantiales que, por tanto, tiene que tener un tratamiento específico, y un tratamiento, lógicamente, añadido. Y ahí no se plantea en absoluto nada, no se plantea en absoluto nada.
Y una cuestión que es... -y como usted no me ha contestado, que ya se lo digo-, este informe está realizado deprisa y corriendo, porque se habían dado cuenta de que la empresa no tenía el impacto... el informe de impacto ambiental correspondiente. Y esto es única y exclusivamente el legalizar el hecho consumado que ustedes tenían entre las manos. Y se han limitado única y exclusivamente a recoger, deprisa y corriendo, lo que dice la normativa correspondiente, y punto. Pero en ningún momento se han dedicado a ver cuáles son los problemas específicos que nos podemos encontrar con esa situación, y ver si tienen solución. Y como, lógicamente, no tiene solución, pues se limitan exclusivamente a recoger de manera literal lo que dice la norma.
Pero eso no es tratar de manera diferenciada lo que es un problema claramente diferenciado, porque a nadie se le ocurre poner una planta de tratamiento de lodos al lado de unos manantiales. Y ése es el problema específico concreto. Y no se trata de hacer... "la larga cambiada" y decir: ¿qué hacemos si todos una planta de tratamiento...? Pues buscar el lugar adecuado, buscar el lugar adecuado. Y, lógicamente, al lado de unos manantiales que los consumen, lógicamente, para el agua potable una serie de ciudadanos, pues es evidente que no es el lugar adecuado para cualquier persona con un mínimo de sentido común. Eso parece de cajón de madera de pino. Pero ustedes erre que erre y demás.
Como he dicho anteriormente, la Junta de Castilla y León, la Delegación Territorial, se intenta poner en contacto a partir de que la bola de nieve pues va in crescendo, lógicamente, y los ciudadanos van exigiendo que se adopten medidas; pero no porque la Junta de Castilla y León toma ningún tipo de iniciativa, ni antes ni después, sino simplemente cuando no le queda más remedio. Iniciativa política y asumir competencias: ninguna. Ésa es la realidad.
Y aquí, lo que nosotros le planteamos es, lógicamente, porque no se ha dado ninguna solución. Porque eso que se han planteado aquí, que han leído literalmente de la declaración de evaluación simplificada de impacto ambiental, pues eso es, exclusivamente, el cumplimiento de lo que viene en la Ley respectiva... de en qué criterios y qué requisitos debe conllevar una declaración de evaluación simplificada. Punto. Y nada más, y nada más.
Claro, pero el problema es que estamos con una planta de compostaje, de tratamiento de lodos, encima, al lado de unos manantiales que, por tanto, tiene que tener un tratamiento específico, y un tratamiento, lógicamente, añadido. Y ahí no se plantea en absoluto nada, no se plantea en absoluto nada.
Y una cuestión que es... -y como usted no me ha contestado, que ya se lo digo-, este informe está realizado deprisa y corriendo, porque se habían dado cuenta de que la empresa no tenía el impacto... el informe de impacto ambiental correspondiente. Y esto es única y exclusivamente el legalizar el hecho consumado que ustedes tenían entre las manos. Y se han limitado única y exclusivamente a recoger, deprisa y corriendo, lo que dice la normativa correspondiente, y punto. Pero en ningún momento se han dedicado a ver cuáles son los problemas específicos que nos podemos encontrar con esa situación, y ver si tienen solución. Y como, lógicamente, no tiene solución, pues se limitan exclusivamente a recoger de manera literal lo que dice la norma.
Pero eso no es tratar de manera diferenciada lo que es un problema claramente diferenciado, porque a nadie se le ocurre poner una planta de tratamiento de lodos al lado de unos manantiales. Y ése es el problema específico concreto. Y no se trata de hacer... "la larga cambiada" y decir: ¿qué hacemos si todos una planta de tratamiento...? Pues buscar el lugar adecuado, buscar el lugar adecuado. Y, lógicamente, al lado de unos manantiales que los consumen, lógicamente, para el agua potable una serie de ciudadanos, pues es evidente que no es el lugar adecuado para cualquier persona con un mínimo de sentido común. Eso parece de cajón de madera de pino. Pero ustedes erre que erre y demás.