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VILLALBILLA DE VILLADIEGO

Habitantes: 27  Altitud: 892 m. 
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Situación:

Villalbilla de Villadiego esta situado al NO. de la Provincia de Burgos, en el antiguo Partido Judicial de Villadiego, a una distancia de 7 km de este Centro Comarcal, a cuyo municipio pertenece desde su agregación en abril de 1970; dista 42 km dela capital de provincia.

Su terreno tiene suaves pendientes al N y NE, extendiendose hacia el S en una amplia llanura; está atravesado por los aprendices de rios: Grande y su afluente el Chico, ambos de escaso caudal sobre todo en época de estiaje. Antaño estos dos riachuelos fueron habitat privilegiado para el cangrejo autóctono, hasta que la afanomicosis causó sus extinción.

El pueblo se distribuye longitudinalmente siguiendo el eje de la carretera de Hormicedo, con un nucleo de casas dispersas en calles de estructura anárquica, que se agrupan en torno al alto de la Revilla que corona airosamente la Iglesia de San Martín. Las casas, generalmente de piedra caliza, constan de dos plantas y desván, algunas contaron con una dependencia aneja, la hornera, y en casos aislados este conjunto se completaba con un palomar. Junto a las casas es algo habitual un cercado, dedicado a huerta o jardín, con pozo.

Ayuntamiento:

Villalbilla de Villadiego juntamente con la vecina localidad de Tablada constituían un Ayuntamiento, hasta que en abril de 1970 desapareció para integrarse en el de Villadiego
El edificio del antiguo Consistorio es de planta rectangular, sin ningún interés arquitectónico; las dependencias municipales ocupaban la planta superior, estando la inferior destinada a escuela mixta.
Una curiosidad a destacar es que a todo lo largo de las paredes del salón de sesiones existe un banco corrido, donde se sentaban los vecinos que asistían a los concejos abiertos, en un orden establecido desde tiempo inmemorial, según su edad, matrimonio y vecindad; y el intento de cambiar este orden, motivó un largo y costoso proceso en 1750, ante la Real Chancillería de Valladolid, que duro 5 años y que enfrentó, prácticamente a la mitad de los vecinos con la otra mitad; dos Reales Provisiones del Rey Fernando VI fueron precisas para solventar la disputa.
En la actualidad la antigua casa consistorial esta ocupada en su planta superior por el Centro Cultural San Martín y en la inferior por la Sociedad de Cazadores, que se encarga de administrar el coto de caza.

Monumentos:

La iglesia parroquial de San Martín Obispo, de estilo gótico tardío es dos naves, con una capilla lateral adosada a la izquierda, la cubierta tiene bóveda de crucería gótica.
No sabemos quien fue el arquitecto pero si hay datos de que Juan de la Puente, de origen montañés, que se hacia titular “maestro de geometría y arquitectura”, en el año 1569 actúa en la iglesia de Villalbilla ejecutando una capilla y la torre; las obras fueron llevadas a cabo por el constructor Miguel de Nates. En 1575 Juan de la Puente se traslada a El Escorial para tomar parte en las obras del Monasterio de San Lorenzo.
La ermita de S. Roque en bastante mal estado de conservación, si bien sus muros son de una construcción sólida.
Está perfectamente documentada la existencia de una ermita dedicada a San Faustino, sin que se pueda precisar en que paraje, ya que con fecha 12 de marzo de 1545, Pedro de la Revilla, regidor de Villalbilla de Villadiego, en nombre de su concejo, pide al Cabildo de la Catedral que repare la ermita llamada de San Faustino, situada en dicho lugar, y que es de su propiedad, pues las excesivas lluvias del invierno la han hundido.
Parece ser que existió otra ermita a la derecha del ramal que va a la carretera de Villadiego, en los aledaños del puente sobre el río Chico; quizá estaba dedicada a S. Cosme y S. Damián. El nombre del Cura Beneficiado de la localidad, más antiguo que conocemos es Josseph Marcos Hortega, en año 1736.

Fiestas:

11 de noviembre, festividad de San Martín.
16 de agosto, festividad de San Roque.

Historia:

El pueblo de Villalbilla aparece citado en documentos del año 1.124 como Villa Albelam, que significaría Villa Blanquilla.

En un documento fechado el 26 de julio de 1270 de permuta de tierras entre la Abadesa del Monasterio de las Huelgas y Alonso Ruiz de Castilserracín y confirmado por el Rey Fernando III y su madre la Reina Doña Berenguela se nombra el pueblo como Villalviella. El documento recoge topónimos que perduran en la actualidad como Guadinacoja = Godina Coxa; así como nombres de los pueblos cercanos (Villa Ferrando de Treviño = Villahernando, Bovada = Boada, La Mora = ermita de la Mora, molino Salido de Sordillos = molino a las afueras de Sordillos).

En el Libro del Becerro de Behetrías mandado hacer por el monarca Pedro I de Castilla en el año 1352, aparece Villalbilla como uno de los lugares de Behetría de Linaje de la Merindad de Villadiego, pagando los correspondientes tributos tanto a la Corona como a los señores naturales, como consta en el siguiente texto del mencionado libro:

Villa-halviella
"Este lugar es de behetría y son naturales del dicho lugar los de Sandoval e los de Rojas e los Delgadillo e Ruy Díaz Cabeza de Vaca, e dan cada año al Rey esto que aquí dice:
Derechos del Rey: Dan cada año al Rey por martiniega XXXVII maravedís; pagan al Rey servicios e monedas, non pagan yantar nin fonsadera.
Derechos de los Señores: Dan cada año a cada uno de los naturales una tercia de maravedís. Dan al Señor, cuyos vasallos son, cada año, por infurción: el que tiene un par de bueyes una fanega de pan, medio trigo e cebada, e quatro sueldos, e el que tiene un buey, que da la meitat; e el que non tien buey e la muger biuda, que da cada año una gallina”.

Como tales hombres de behetría seguían ostentando el status jurídico de libres, no eran ni siervos ni vasallos y, al menos en teoría, los primeros años de existencia de las behetrías, mantenían totalmente la capacidad de elegir al señor que ellos quisiesen.

Consta en una Certificación del año 1752 que Villabilla tuvo Ordenanzas a partir del dos de febrero de 1595, especificándose detalladamente todo el proceso de aprobación de las mismas. Esta certificación dice textualmente así:

“Certifico, doy fe y verdadero testimonio a los Sres. que el presente vieren. Yo dicho Francisco Pérez Quintero, Escribano de S. M., vecino de la villa de Villusto, como D. Joseph Marcos y Pedro Vegas, Regidores actuales de este lugar de Villalbilla y claveros de todos los Papeles, Ordenanzas, Libros de Acuerdos, Cartas Ejecutorias y otros instrumentos, que (hay) en este dicho lugar para su régimen y gobierno; me exhibieron las Ordenanzas fechadas el dos de febrero de mil quinientos noventa y cinco, por testimonio de Gaspar de la Asperilla Velasco, Escribano Real del Concejo de este lugar, vecino que fue de la Villa de Villadiego, y se hallan aprobadas por el Sr. Licenciado Martín Pérez de Arriola, Teniente Mayor de Alcalde Mayor del Real Adelantamiento de Castilla, Partido de la Ciudad de Burgos. Suscrita en la Villa de Tardajos en dos de marzo de dicho año y por testimonio de Lucas de Mijangos”.

Las Ordenanzas tenían la finalidad de regular con criterios fijos y preestablecidos los distintos aspectos de la vida del Concejo. Se intentaba así dar respuesta a los intereses comunes más inmediatos.

El Capítulo IX de las Ordenanzas Concejiles de Villalbilla aprobadas el año 1595, regula la forma de convocar las reuniones del Concejo y las penas a que ha lugar la no asistencia a las mismas, literalmente dice así:

“Otrosi hordenamos e mandamos que cada e quando que el Conzejo fuere necesario de se juntar al dicho conzejo, siendo repicada la campana, por tres vezes que haya de diferenzia de la una a la otra, y fueren juntos veinte ombres, si algún vecino no estuviere en el pueblo e no biniere a Conzejo diez maravedíes y estando en el pueblo e no biniendo pague de pena diez maravedíes, e no biniendo que dé por hecho lo que los demás vecinos hizieren, y si faltase el Regidor pague la pena doblada, e que le pueda castigar, el Prosíndico del Conzejo al dicho Regidor en otro cualquier negozio, dejando su derecho al general”.

El nombre de los cargos concejiles, más antiguos, del pueblo que conocemos son los del año 1736, eran los siguientes:
Bernardo Villayzan, pechero, Alcalde la Santa Hermandad.
Agustín Pérez, pechero, Regidor.
Francisco Pérez, pechero, Procurador Síndico General.
Domingo Begas, pechero, Fiel de Fechos.

Hasta la Desaparición de los Señorios Jurisdiccionales perteneció al Duque de Frías.

El Catastro de Ensenada en 1751 nos dice:
“... que el número de vecinos de que se compone este pueblo es de cuarenta y uno, ocho viudas y cuatro habitantes, y no hay casas de campo ni alquerías.”
Desempeñaban los oficios siguientes
1 arriero con cuatro caballerias.
1 carpintero.
1 herrero.
2 sastres.
1 cardador.
1 barbero-sangrador.
1 herrero.
1 soldado de a caballo del Regimiento de la Reina.
9 jornaleros meros.
2 jornaleros mixtos de labradores.
20 labradores meros
1 Presbitero Cura Beneficiado de ración entera.
1 Clérigo de Ordenes Menores, beneficiado de cuartilla.
3 Pobres de solemnidad
“... que este lugar tiene setenta y cinco casas habitables, en cuyo número va incluido la del Beneficiado y Ayuntamiento, e inhabitables y que se están arruinando, hay cinco; también entran en el número de habitables la Casa Hospital y la fragua.”
“... que en este pueblo solo se encuentra una taberna conjunto la panadería,

Cien años después en el Diccionario de Madoz, consta que tiene 50 casas, escuela de instrucción primaria y una iglesia parroquial servida por un cura párroco. Población 30 vecinos, 95 almas.

En el Nomenclator de 1920 contaba con 51 edificios habitados; 12 accidentalmente deshabitados y 5 deshabitados: De dos pisos tenía 55 y de tres 13; barracas, cuevas o chozas tenía 19. Haciendo un total de 87 edificios. Los habitantes de hecho eran 213 y de derecho 214. El molino contaba con 8 habitantes de hecho y 6 de derecho.