== Historia ==
En la donación del [[Monasterio de San Salvador de
Oña]] por [[Sancho de Castilla]] en [[1011]], se
menciona "''in [[Alfoz y condado de Amaya|alfoc de
Amaia]] tanto '''Gornace''' hoy Gernaz, despoblado en
este término de Villela localidad entonces conocida
como '''Uilliela'''.
'''Lugar''' que formaba parte de la [[Cuadrilla de
Amaya]] en el [[Partido de Villadiego]], uno de de
los catorceque formaban la [[Anexo: Burgos año
1785|Intendencia de Burgos]], durante el periodo
comprendio entre [[1785]] y [[1833]], en el [[Censo
de Floridablanca|Censo de Floridablanca de 1787]],
jurisdicción de señorío siendo su titular el [[Duque de
Frías]].
Antiguo municipio de [[Castilla la Vieja]] en el
[[Anexo: Partido de Villadiego 1843|partido de
Villadiego]] código INE- 095191
En el [[Censo de 1842]] contaba con 14 hogares y 54
vecinos y se denominaba '''''Villella'''''.
Entre el Censo de 1857 y el anterior, este municipio
desaparece porque se integra en el municipio 09306
[[Rebolledo de la Torre]].
un saludo
J. Maria R.
En la donación del [[Monasterio de San Salvador de
Oña]] por [[Sancho de Castilla]] en [[1011]], se
menciona "''in [[Alfoz y condado de Amaya|alfoc de
Amaia]] tanto '''Gornace''' hoy Gernaz, despoblado en
este término de Villela localidad entonces conocida
como '''Uilliela'''.
'''Lugar''' que formaba parte de la [[Cuadrilla de
Amaya]] en el [[Partido de Villadiego]], uno de de
los catorceque formaban la [[Anexo: Burgos año
1785|Intendencia de Burgos]], durante el periodo
comprendio entre [[1785]] y [[1833]], en el [[Censo
de Floridablanca|Censo de Floridablanca de 1787]],
jurisdicción de señorío siendo su titular el [[Duque de
Frías]].
Antiguo municipio de [[Castilla la Vieja]] en el
[[Anexo: Partido de Villadiego 1843|partido de
Villadiego]] código INE- 095191
En el [[Censo de 1842]] contaba con 14 hogares y 54
vecinos y se denominaba '''''Villella'''''.
Entre el Censo de 1857 y el anterior, este municipio
desaparece porque se integra en el municipio 09306
[[Rebolledo de la Torre]].
un saludo
J. Maria R.