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En el "Recodo del Pozo", accediendo por el atajo de la foto, encontrábamos en primer lugar una primera entrada común para dos cuevas, una con puerta a la izquierda de Benicio García y otra con puerta a la derecha de Santiago Sútil; bajando al rellano la primera a la izquierda, la más grande y mejor preparada para encerrar la cosecha del vino, de Marceliano Álvarez; a continuación de ésta, también a la izquierda y retranqueada, la de Marcial "el Sastre"; y finalmente, ya sobre la cuesta de "la Ermita" ... (ver texto completo)
Mejor descripción no se puede hacer. La nuestra se llenó de agua, hace años, y tuvimos que hacer una gran obra para evitar su derrumbe. Saludos desde León
Muchas veces pasamos por ahí para acceder peatonalmente a la cueva, especialmente en vendimias, y cuando salíamos se oían las alegres canciones de la pista de baile de Felipe Flecha, con gran animación de vendimiadores/as. Qué recuerdos.... Anca
En el "Recodo del Pozo", accediendo por el atajo de la foto, encontrábamos en primer lugar una primera entrada común para dos cuevas, una con puerta a la izquierda de Benicio García y otra con puerta a la derecha de Santiago Sútil; bajando al rellano la primera a la izquierda, la más grande y mejor preparada para encerrar la cosecha del vino, de Marceliano Álvarez; a continuación de ésta, también a la izquierda y retranqueada, la de Marcial "el Sastre"; y finalmente, ya sobre la cuesta de "la Ermita" ... (ver texto completo)
Muchas veces pasamos por ahí para acceder peatonalmente a la cueva, especialmente en vendimias, y cuando salíamos se oían las alegres canciones de la pista de baile de Felipe Flecha, con gran animación de vendimiadores/as. Qué recuerdos.... Anca
Muchas veces pasamos toda la familia por ahí para llegar a la cueva
Magnifica poesía, que refleja la comunicación vecinal de distintos eventos: diarios, semanales, periódicos y/o excepcionales. Lenguaje de expresión entendida por toda la vecindad. Era la versión actual de redes sociales. Gracias a un paisano de Sabino Ordas. Y saludos
¡Hola a todos!
Seguimos con los molinos en el afán de ubicar el hidráulico harinero. Hoy os traslado un par de referencias de documentos, uno de los cuales me fue remitido graciosamente, así como la autorización para hacer uso de él e ir pasando su información al foro cómo y cuándo yo lo considere oportuno. Mi agradecimiento y mi reconocimiento al remitente.
Respecto a los molinos, en el cómputo de respuestas generales dadas a las 40 preguntas del Real Interrogatorio (1) llevado a cabo en Ardón ... (ver texto completo)
¡Hola, de nuevo!
Perdonad, me olvide de las citas en el comunicado anterior. Son las siguientes:
(1) Las 40 respuestas del interrogatorio del Marqués de la Ensenada
(2) Respuesta a la pregunta 17
(3) Diccionario geográfico estadístico de Madoz (1845-1850)
¡Hola, a todos!
Ampliando datos sobre el molino harinero del que estamos hablando, voy a daros referencia de un dato importante para animaros a localizar entre todos el punto de ubicación del mismo.
Os traslado el resumen de la venta de un huerto-ponjal: El 8 de septiembre de 1757 la viuda de Carlos García, María Rey, vecina de Ardón, vendió a D. Francisco Álvarez de la Puerta, cura párroco de la iglesia de San Miguel de dicho lugar, una huerta-ponjal de por cercar en el casco de este lugar a Solmolino, ... (ver texto completo)
¡Hola a todos!
Seguimos con los molinos en el afán de ubicar el hidráulico harinero. Hoy os traslado un par de referencias de documentos, uno de los cuales me fue remitido graciosamente, así como la autorización para hacer uso de él e ir pasando su información al foro cómo y cuándo yo lo considere oportuno. Mi agradecimiento y mi reconocimiento al remitente.
Respecto a los molinos, en el cómputo de respuestas generales dadas a las 40 preguntas del Real Interrogatorio (1) llevado a cabo en Ardón ... (ver texto completo)
¡Hola, a todos!
Seguimos con el tema del "Mayorazgo" y hoy os voy a comentar algo sobre los molinos de Ardón en el siglo XVIII.
Siguiendo la aportación que hace Pablo Zapico Gutiérrez (1), como resultado de su labor investigadora, en la tesis doctoral titulada "Inventario de los molinos de la provincia de León en el catálogo de Ensenada y en los diccionarios de Miñano y Madoz" (2) podemos decir que el catastro del Marqués de la Ensenada, realizado entre 1749 y 1756, registra la existencia de dos ... (ver texto completo)
¡Hola, a todos!
Ampliando datos sobre el molino harinero del que estamos hablando, voy a daros referencia de un dato importante para animaros a localizar entre todos el punto de ubicación del mismo.
Os traslado el resumen de la venta de un huerto-ponjal: El 8 de septiembre de 1757 la viuda de Carlos García, María Rey, vecina de Ardón, vendió a D. Francisco Álvarez de la Puerta, cura párroco de la iglesia de San Miguel de dicho lugar, una huerta-ponjal de por cercar en el casco de este lugar a Solmolino, ... (ver texto completo)
¡Hola a todos!
Al tiempo que hice el dibujo del molino imaginado, fui fraguando otro trabajillo, el que inserto a continuación:

De molienda

Fue una vez un cura rico
que fabricó dos ingenios:
uno de aceite de lino,
otro hidráulico harinero...,
y se metió a molinero ... (ver texto completo)
Que tal?
a un paisano de Sabino Ordás
Por tu escrito del pasado día 14, me doy cuenta que no hablamos el mismo idioma y para poder llegar a conclusiones correctas y que nuestros lectores sepan de qué estamos hablando creo que debemos aclarar algunos aspectos básicos.
1º.- Existe una casa en Ardón que yo llamo del cuadrante, por tener un reloj de sol en su fachada, y que tú llamas la del mayorazgo. Por adjuntar en tu mensaje la fotografía de dicha casa, creo que estamos hablando de la misma, ... (ver texto completo)
¡Hola, a todos!
Seguimos con el tema del "Mayorazgo" y hoy os voy a comentar algo sobre los molinos de Ardón en el siglo XVIII.
Siguiendo la aportación que hace Pablo Zapico Gutiérrez (1), como resultado de su labor investigadora, en la tesis doctoral titulada "Inventario de los molinos de la provincia de León en el catálogo de Ensenada y en los diccionarios de Miñano y Madoz" (2) podemos decir que el catastro del Marqués de la Ensenada, realizado entre 1749 y 1756, registra la existencia de dos ... (ver texto completo)
¡Hola, a todos!
En fecha 8-XI-2016, al mismo tiempo que reconocía públicamente mi ingenuidad por haber considerado una información incompleta como definitiva al tratar sobre el tema "Hijos de Miguel González Marcos y su sucesor como titular del mayorazgo -Patronato Real de Legos-", a nivel personal me propuse profundizar en la investigación correspondiente a dichos objetivos y hoy, sin garantías de que la información que insertaré sea completa aunque sí toda ella bien documentada, puedo trasladar ... (ver texto completo)
¡Hola, a todos!
Retomando el tema del "mayorazgo", dado que la transmisión de las herencias por sus titulares a veces chocó con los intereses de algunos aspirantes a ellas o al aprovechamiento de los bienes transferidos sin corresponderles por estar éstos vinculados, voy a hablaros hoy del testamento que hizo el primer llamado al disfrute del vínculo nominado de San Antonio, para en ocasión posterior comentaros el pleito seguido para conseguir validarlo como correspondía.
D. Manuel Pellitero Vallejo, ... (ver texto completo)
¡Hola, a todos!
En fecha 8-XI-2016, al mismo tiempo que reconocía públicamente mi ingenuidad por haber considerado una información incompleta como definitiva al tratar sobre el tema "Hijos de Miguel González Marcos y su sucesor como titular del mayorazgo -Patronato Real de Legos-", a nivel personal me propuse profundizar en la investigación correspondiente a dichos objetivos y hoy, sin garantías de que la información que insertaré sea completa aunque sí toda ella bien documentada, puedo trasladar ... (ver texto completo)
¡Hola, a todos!
Comenté en mensaje remitido el 7-X-2016 que quizá algún día hablaría de una pareja que tuvo que casarse dos veces en nuestro pueblo por motivos político-sociales debidos a un cambio gubernamental. Volví a manifestar mi compromiso en comunicado del 27-I-2019. Creo llegado el momento de cumplir con el mismo y, en consecuencia, os resumo el hecho.
En Ardón a 29-II-1872, siendo las 9 de la mañana, ante D. José Pellitero, juez municipal, y D. Agustín Manguero, secretario, comparecieron ... (ver texto completo)
¡Hola, a todos!
En primer lugar, quien quiera que seas, pues no puedo reflejar tu nombre o tu seudónimo ya que no indicas nada al respecto, ¡gracias! por el reconocimiento que hiciste a la foto que ilustra el mensaje el pasado 18-V-2.016
Cuando colgué esta fotografía el 17-II-2.016, anticipé que, en otro momento, comentaría la peregrinación que ha tenido el retablo del altar mayor de la iglesia de San Miguel a lo largo del tiempo. Ese momento ha llegado.
En el verano pasado, "el día del pendón", ... (ver texto completo)
Velilla, Celadilla, Villamarco, San Martin, Meicera, Mozóndiga.......… estos siete pueblos afataron un rocín..............
¿Alguien conoce este antiguo dicho?
Caso de "estupro" (Continuación):
Considera asentado que la querellante no es una santa Teresa, como intenta persuadir, y acto seguido procede a evidenciar por hechos conjeturables -que él considera probados- cómo su defendido no fue el autor del embarazo que aquella le atribuye, deteniéndose en un relato pormenorizado de las declaraciones de los testigos de ésta, procurando destacar supuestas contradicciones entre las de unos y otros, para concluir que "una sirvienta de buena conducta, a quien ... (ver texto completo)
Caso de estupro. Última entrega.
Notificado el auto antecedente a las partes a través de sus procuradores respectivos el día 11 de enero de 1817, el procurador Téllez en nombre de Prudencio, curador de Ana, pide que en aplicación del mismo -precedida la tasación de costas y gastos de alimentos devengados hasta el día en que se ejecute el pago- se sirva librar el correspondiente despacho a fin de que en los bienes del indicado Francisco se haga efectivo dicho pago hasta el entero cumplimiento, pues así es de justicia. Por su parte el procurador Ramos, en nombre de Francisco, insiste en que le sea admitida su apelación en el aspecto suspensivo y no sólo en el devolutivo; y de no estimarse así nuevamente apela para tribunal competente solicitando se admita la apelación en ambos efectos y que, para su mejora, se le dé testimonio necesario con señalamiento de término. En lo que a la condena en costas hace, pide la correspondiente derogación del pago de las mismas, dado que ha sido absuelto de la instancia o se le admita la apelación para no privarle de la natural defensa contraviniendo el fin mismo de la ley de conceder el remedio apelativo.
Notificada a las partes la nueva petición el procurador Téllez, en nombre de Prudencio, pide al tribunal que ignore la petición de la parte contraria en el sentido de admitir su apelación en ambos aspectos -suspensivo y devolutivo- y que mantenga la condenación a paga de alimentos que debe continuar por tiempo indefinido, ya que se debe al hijo nacido y ser para su subsistencia, y de tanta necesidad que de otro modo cargará sobre la real casa de misericordia, ya demasiado necesitada, así como del pago de costas.
El 30 de enero de dicho año 1817 el señor alcalde mayor de León declara que "el pago de alimentos debe de entenderse de los vencidos hasta la sentencia y que ésta merezca ejecución, y en esta parte y las costas debe llevarse adelante, sin embargo de la apelación interpuesta por Francisco Rodríguez que se admite en el efecto devolutivo como ya está estimado".
Cumpliendo el decreto dado el diez de febrero, en que se manda hacer tasación de gastos, el escribano originario de estos autos pasó a hacer tasación de las costas devengadas en ellos por parte de Prudencio Santos el día 15 del mismo mes y éstos ascendieron a 629 reales con 6 maravedís, que unidos a los que se debían por alimentos desde el día 6 de noviembre hasta el 16 de febrero, y que ascendían a 460 reales, hacían un total de 1089 reales con 6 maravedís, los cuales fueron entregados por Francisco a Prudencio, curador de Ana, en presencia del escribano con acuse de recibo.
El 28 de febrero de 1817 Domingo de Vega Tomé, procurador que ha recibido poder de Prudencio Santos, curador de Ana, para actuar en su nombre, recurre ante el Señor Presidente y Oidores de la Real Chancillería de Valladolid y se presenta en grado de apelación, nulidad, agravio, notoria injusticia o como más haya lugar en derecho, de la sentencia dada por el alcalde mayor de León, en cuanto por ella declaró que su parte no había probado en bastante forma su queja y acción, propuesta contra Francisco Rodríguez, al que sólo condenó a los alimentos y costas causadas. Solicita se le dé por presentado en grado de apelación y suplica que habiéndole como tal se sirva librar a su parte real provisión de emplazamiento y para que los autos se remitan originales, así como mandar que por ahora se defienda a la estuprada por pobre. El mismo día se le da por presentado y se manda remitir los autos originales, aunque por ahora no ha lugar a despachar a esta parte por pobre.
Un mes más tarde, el 29 de marzo en la Real Chancillería de Valladolid el procurador Diego Miguel Díez, en representación de Francisco Rodríguez, vecino de Vega de Infanzones, presenta el poder otorgado por éste a su favor a fin de ser parte en el pleito que litiga con Prudencio Santos, suplicando haberle por presentado y que se le entreguen los autos por el término ordinario.
A lo largo del resto del año 1817 presentan una y otra parte nuevas peticiones, un tanto mejoradas aunque insistiendo en los mismos argumentos, y el 7 de marzo de 1818 los señores gobernador y alcaldes del crimen de la Real Chancillería dijeron: "Se revoca la sentencia apelada, y por lo que resulta, haciendo justicia se condena a Francisco Rodríguez al reconocimiento de la criatura dada a luz por Ana Rey, y a que pague a ésta en resarcimiento de daños y perjuicios doscientos cincuenta ducados en el termino de un mes, y en su defecto se le imponen cuatro años de trabajos públicos en los de Zamora; todo lo cual evitará, casándose con ella; se le condena así bien en todas las costas causadas en el tribunal inferior, y no se hace condenación de las de esta superioridad; se previene al alcalde mayor de León que en lo sucesivo en la extensión de sus providencias evite la contradicción que se advierte en la apelada. Así lo mandaron y lo rubricaron".
Notificada la sentencia a las partes, ésta es recurrida por el procurador de Francisco, lo que da pie a que ambas partes presenten nuevos suplicatorios y al pronunciamiento de la sentencia definitiva en grado de revista, que fue dictada el 27 de agosto de dicho año de 1818 en los términos siguientes: "Se confirma con costas el real auto de vista de siete de marzo último. Así lo mandaron en revista y lo rubricaron" los señores Vela, Herrera y Gómez, alcaldes del crimen en la Real Chancillería de Valladolid.
A primeros de septiembre, Prudencio Santos, a través de su procurador pide se pasen los autos al tasador general para la valoración de los gastos, dado que ahora la condena incluye todas las costas, y el 18 de dicho mes se le reconocen como tales 995 reales y 6 maravedís, los mismos que tendrá que reponerle Francisco Rodríguez.
Perdonad el largo recorrido de esta información que quizá os haya resultado pesada.
Un cordial saludo parta todos.
Un paisano de Sabino Ordás. ... (ver texto completo)
Me encantan las fotos recordando los años felices de la España buena