Comunidad de
Castilla y León para el año 2012.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Economía y Empleo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su
reunión de 1 de septiembre de 2011
DISPONE
Artículo único.–
Fiestas Laborales.
1.– Las fiestas laborales con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 2012 serán las siguientes:
– 6 de enero, Epifanía del Señor.
– 19 de marzo,
San José.
– 5 de abril,
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