En el pueblo de Rosales a 28 de Noviembre de 1926, reunidos todos los vecinos en publico concejo y presidido por el Sr. Alcalde, este hizo saber a todos los vecinos, que el objeto de la reunion era tratar de la remision de las cuatro cargas de pan de centeno, que desde tiempo inmemorial viene pagando este pueblo, quedando convenido en la siguiente:
1º Nombrar una comosion compuesta de las vecinos Celestinio Fernandez, Benjamin Diez, Jose Bardon, Eduardo Fernandez y Emilio Calzon los cuales partieron (dividieron) y tasaron dichos prados detenidamente y con todo religisiodad.
2ºQuedan sujetos todos los vecinos a la defensa de la servidumbre en caso de litigio sobre entradas y salidas.
3º La entrada a pastar de otoño los parados de la Iglesia Vieja, sera por el numero tres hasta el numero siete inclusive y por la presa y desde este numero hasta el trece por abajo, y la yerba saldra toda por arriba, como salio siempre.
4ºLos de la Bidul quedan obligados a darse servidumbre unos a otros por la presa y lo mismo del cimero del Conforcal al otro que se la darapor el arroyo y lo mismo al prado de Vicente Oero, y con la misma obligacion quedan los del Forfogon.
5º En cuanto ala entrada de los de CALABAZAS, se hara por elñ quiñon del arroyo o sea por el numero treinta y siete hasta la presa y por la misma presa se serviran el prado del Sr. Manrique y el de Antonio Alvarez y por el arroyo abajo para el prado de Placido Bardon y Dulse Diez, pero quedan exceptudaos de esta obligacion si le cupiera en suerte o por otra via se hicieran con algunos de los quiñones que lindan con sus prados y esta entrada sera para otoño y el de Luciana Fernandez entrara por el cierro o sea el numero 39.
6ºpara evitar discordias nos convenimos en dar a Antonio Calzon 40 pesetas por el dercho que pudiera tener ala otoñada de los quiñones de la Llastra y este le cede para siempre en favor de los vecinos.
7ºLa madera que hay en los medianiles de los prados que lindan con los quiñones, se considera hoy que como de los dueños de dichos prados, pero estos tienen que cortarla en el termino de dos años o de lo contrario tendran los dueños de los quiñonesw la parte que se les quepa en ley.
Y no habiendo mas asuntos que trarar y de estar conformes con lo expuesto lo firman todos los vecinos en el dia, mes y año.
Otro si decimos que teniendo todos los mismos derechos, temdremos los mismos beberes, y asi todo el que perciba quiñon quedara obligado a asistir a las facenderas y de servicios del pueblo como vecino que es.
1º Nombrar una comosion compuesta de las vecinos Celestinio Fernandez, Benjamin Diez, Jose Bardon, Eduardo Fernandez y Emilio Calzon los cuales partieron (dividieron) y tasaron dichos prados detenidamente y con todo religisiodad.
2ºQuedan sujetos todos los vecinos a la defensa de la servidumbre en caso de litigio sobre entradas y salidas.
3º La entrada a pastar de otoño los parados de la Iglesia Vieja, sera por el numero tres hasta el numero siete inclusive y por la presa y desde este numero hasta el trece por abajo, y la yerba saldra toda por arriba, como salio siempre.
4ºLos de la Bidul quedan obligados a darse servidumbre unos a otros por la presa y lo mismo del cimero del Conforcal al otro que se la darapor el arroyo y lo mismo al prado de Vicente Oero, y con la misma obligacion quedan los del Forfogon.
5º En cuanto ala entrada de los de CALABAZAS, se hara por elñ quiñon del arroyo o sea por el numero treinta y siete hasta la presa y por la misma presa se serviran el prado del Sr. Manrique y el de Antonio Alvarez y por el arroyo abajo para el prado de Placido Bardon y Dulse Diez, pero quedan exceptudaos de esta obligacion si le cupiera en suerte o por otra via se hicieran con algunos de los quiñones que lindan con sus prados y esta entrada sera para otoño y el de Luciana Fernandez entrara por el cierro o sea el numero 39.
6ºpara evitar discordias nos convenimos en dar a Antonio Calzon 40 pesetas por el dercho que pudiera tener ala otoñada de los quiñones de la Llastra y este le cede para siempre en favor de los vecinos.
7ºLa madera que hay en los medianiles de los prados que lindan con los quiñones, se considera hoy que como de los dueños de dichos prados, pero estos tienen que cortarla en el termino de dos años o de lo contrario tendran los dueños de los quiñonesw la parte que se les quepa en ley.
Y no habiendo mas asuntos que trarar y de estar conformes con lo expuesto lo firman todos los vecinos en el dia, mes y año.
Otro si decimos que teniendo todos los mismos derechos, temdremos los mismos beberes, y asi todo el que perciba quiñon quedara obligado a asistir a las facenderas y de servicios del pueblo como vecino que es.