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¡Hola, a todos!
En fecha 8-XI-2016, al mismo tiempo que reconocía públicamente mi ingenuidad por haber considerado una información incompleta como definitiva al tratar sobre el tema "Hijos de Miguel González Marcos y su sucesor como titular del mayorazgo -Patronato Real de Legos-", a nivel personal me propuse profundizar en la investigación correspondiente a dichos objetivos y hoy, sin garantías de que la información que insertaré sea completa aunque sí toda ella bien documentada, puedo trasladar ... (ver texto completo)
¡Hola, a todos!
Comenté en mensaje remitido el 7-X-2016 que quizá algún día hablaría de una pareja que tuvo que casarse dos veces en nuestro pueblo por motivos político-sociales debidos a un cambio gubernamental. Volví a manifestar mi compromiso en comunicado del 27-I-2019. Creo llegado el momento de cumplir con el mismo y, en consecuencia, os resumo el hecho.
En Ardón a 29-II-1872, siendo las 9 de la mañana, ante D. José Pellitero, juez municipal, y D. Agustín Manguero, secretario, comparecieron ... (ver texto completo)
¡Hola, a todos!
En primer lugar, quien quiera que seas, pues no puedo reflejar tu nombre o tu seudónimo ya que no indicas nada al respecto, ¡gracias! por el reconocimiento que hiciste a la foto que ilustra el mensaje el pasado 18-V-2.016
Cuando colgué esta fotografía el 17-II-2.016, anticipé que, en otro momento, comentaría la peregrinación que ha tenido el retablo del altar mayor de la iglesia de San Miguel a lo largo del tiempo. Ese momento ha llegado.
En el verano pasado, "el día del pendón", ... (ver texto completo)
Velilla, Celadilla, Villamarco, San Martin, Meicera, Mozóndiga.......… estos siete pueblos afataron un rocín..............
¿Alguien conoce este antiguo dicho?
Caso de "estupro" (Continuación):
Considera asentado que la querellante no es una santa Teresa, como intenta persuadir, y acto seguido procede a evidenciar por hechos conjeturables -que él considera probados- cómo su defendido no fue el autor del embarazo que aquella le atribuye, deteniéndose en un relato pormenorizado de las declaraciones de los testigos de ésta, procurando destacar supuestas contradicciones entre las de unos y otros, para concluir que "una sirvienta de buena conducta, a quien ... (ver texto completo)
Caso de estupro. Última entrega.
Notificado el auto antecedente a las partes a través de sus procuradores respectivos el día 11 de enero de 1817, el procurador Téllez en nombre de Prudencio, curador de Ana, pide que en aplicación del mismo -precedida la tasación de costas y gastos de alimentos devengados hasta el día en que se ejecute el pago- se sirva librar el correspondiente despacho a fin de que en los bienes del indicado Francisco se haga efectivo dicho pago hasta el entero cumplimiento, pues así es de justicia. Por su parte el procurador Ramos, en nombre de Francisco, insiste en que le sea admitida su apelación en el aspecto suspensivo y no sólo en el devolutivo; y de no estimarse así nuevamente apela para tribunal competente solicitando se admita la apelación en ambos efectos y que, para su mejora, se le dé testimonio necesario con señalamiento de término. En lo que a la condena en costas hace, pide la correspondiente derogación del pago de las mismas, dado que ha sido absuelto de la instancia o se le admita la apelación para no privarle de la natural defensa contraviniendo el fin mismo de la ley de conceder el remedio apelativo.
Notificada a las partes la nueva petición el procurador Téllez, en nombre de Prudencio, pide al tribunal que ignore la petición de la parte contraria en el sentido de admitir su apelación en ambos aspectos -suspensivo y devolutivo- y que mantenga la condenación a paga de alimentos que debe continuar por tiempo indefinido, ya que se debe al hijo nacido y ser para su subsistencia, y de tanta necesidad que de otro modo cargará sobre la real casa de misericordia, ya demasiado necesitada, así como del pago de costas.
El 30 de enero de dicho año 1817 el señor alcalde mayor de León declara que "el pago de alimentos debe de entenderse de los vencidos hasta la sentencia y que ésta merezca ejecución, y en esta parte y las costas debe llevarse adelante, sin embargo de la apelación interpuesta por Francisco Rodríguez que se admite en el efecto devolutivo como ya está estimado".
Cumpliendo el decreto dado el diez de febrero, en que se manda hacer tasación de gastos, el escribano originario de estos autos pasó a hacer tasación de las costas devengadas en ellos por parte de Prudencio Santos el día 15 del mismo mes y éstos ascendieron a 629 reales con 6 maravedís, que unidos a los que se debían por alimentos desde el día 6 de noviembre hasta el 16 de febrero, y que ascendían a 460 reales, hacían un total de 1089 reales con 6 maravedís, los cuales fueron entregados por Francisco a Prudencio, curador de Ana, en presencia del escribano con acuse de recibo.
El 28 de febrero de 1817 Domingo de Vega Tomé, procurador que ha recibido poder de Prudencio Santos, curador de Ana, para actuar en su nombre, recurre ante el Señor Presidente y Oidores de la Real Chancillería de Valladolid y se presenta en grado de apelación, nulidad, agravio, notoria injusticia o como más haya lugar en derecho, de la sentencia dada por el alcalde mayor de León, en cuanto por ella declaró que su parte no había probado en bastante forma su queja y acción, propuesta contra Francisco Rodríguez, al que sólo condenó a los alimentos y costas causadas. Solicita se le dé por presentado en grado de apelación y suplica que habiéndole como tal se sirva librar a su parte real provisión de emplazamiento y para que los autos se remitan originales, así como mandar que por ahora se defienda a la estuprada por pobre. El mismo día se le da por presentado y se manda remitir los autos originales, aunque por ahora no ha lugar a despachar a esta parte por pobre.
Un mes más tarde, el 29 de marzo en la Real Chancillería de Valladolid el procurador Diego Miguel Díez, en representación de Francisco Rodríguez, vecino de Vega de Infanzones, presenta el poder otorgado por éste a su favor a fin de ser parte en el pleito que litiga con Prudencio Santos, suplicando haberle por presentado y que se le entreguen los autos por el término ordinario.
A lo largo del resto del año 1817 presentan una y otra parte nuevas peticiones, un tanto mejoradas aunque insistiendo en los mismos argumentos, y el 7 de marzo de 1818 los señores gobernador y alcaldes del crimen de la Real Chancillería dijeron: "Se revoca la sentencia apelada, y por lo que resulta, haciendo justicia se condena a Francisco Rodríguez al reconocimiento de la criatura dada a luz por Ana Rey, y a que pague a ésta en resarcimiento de daños y perjuicios doscientos cincuenta ducados en el termino de un mes, y en su defecto se le imponen cuatro años de trabajos públicos en los de Zamora; todo lo cual evitará, casándose con ella; se le condena así bien en todas las costas causadas en el tribunal inferior, y no se hace condenación de las de esta superioridad; se previene al alcalde mayor de León que en lo sucesivo en la extensión de sus providencias evite la contradicción que se advierte en la apelada. Así lo mandaron y lo rubricaron".
Notificada la sentencia a las partes, ésta es recurrida por el procurador de Francisco, lo que da pie a que ambas partes presenten nuevos suplicatorios y al pronunciamiento de la sentencia definitiva en grado de revista, que fue dictada el 27 de agosto de dicho año de 1818 en los términos siguientes: "Se confirma con costas el real auto de vista de siete de marzo último. Así lo mandaron en revista y lo rubricaron" los señores Vela, Herrera y Gómez, alcaldes del crimen en la Real Chancillería de Valladolid.
A primeros de septiembre, Prudencio Santos, a través de su procurador pide se pasen los autos al tasador general para la valoración de los gastos, dado que ahora la condena incluye todas las costas, y el 18 de dicho mes se le reconocen como tales 995 reales y 6 maravedís, los mismos que tendrá que reponerle Francisco Rodríguez.
Perdonad el largo recorrido de esta información que quizá os haya resultado pesada.
Un cordial saludo parta todos.
Un paisano de Sabino Ordás. ... (ver texto completo)
Teléfono. Del bar del pueblo
Información sobre el caso de "estupro" (continuación):
Bajo juramento de decir verdad de lo que supieren en lo que les fuere preguntado dicen conocer a las partes entre quienes se contraviene, tener noticia del litigio y no ser pariente, deudo, amigo ni enemigo, ni le tocan ni comprenden las demás generales de la ley; dos de ellos -hablando de oídas- testifican que Ana en compañía de otra moza, habiendo ido a casa de José Pérez, de estado casado, le habían sacado de la cama y que con este motivo ... (ver texto completo)
Caso de "estupro" (Continuación):
Considera asentado que la querellante no es una santa Teresa, como intenta persuadir, y acto seguido procede a evidenciar por hechos conjeturables -que él considera probados- cómo su defendido no fue el autor del embarazo que aquella le atribuye, deteniéndose en un relato pormenorizado de las declaraciones de los testigos de ésta, procurando destacar supuestas contradicciones entre las de unos y otros, para concluir que "una sirvienta de buena conducta, a quien ... (ver texto completo)
¡Hola, a todos!
En primer lugar, quien quiera que seas, pues no puedo reflejar tu nombre o tu seudónimo ya que no indicas nada al respecto, ¡gracias! por el reconocimiento que hiciste a la foto que ilustra el mensaje el pasado 18-V-2.016
Cuando colgué esta fotografía el 17-II-2.016, anticipé que, en otro momento, comentaría la peregrinación que ha tenido el retablo del altar mayor de la iglesia de San Miguel a lo largo del tiempo. Ese momento ha llegado.
En el verano pasado, "el día del pendón", ... (ver texto completo)
¡Hola, a todos!
Ampliando datos remitidos el 22 de julio de 2016, sobre el retablo de la parroquial de San Miguel de Ardón (ahora de la parroquial de Mozóndiga) simplemente trasladaros los siguientes: que fue retablo del altar mayor del Santuario de la Virgen del Camino desde 1659 hasta 1730; que lo construyó Juan Sedano en Palencia entre 1657 y 1659; que fue sustituido de su primer emplazamiento en 1730, cuando en éste colocaron un retablo nuevo encargado a los leoneses Antonio y Pedro de Valladolid, ... (ver texto completo)
Buenos dias a todos

Sigo con mi recopilación de datos sobre la biografia de D. Fidel Blanco Castilla, que fue maestro de Ardon. ¿Alguien sabe en que años permaneció en Ardon y cual fue su siguiente destino? ¿Cuando contrajo matrimonio con Ana Maria?

Gracias por todo y saludos

El Bodeguero
El amor nunca muere, ni tiene edad.
------------------------.
Antonio Bandín.
¡Hola, a todos!
Aunque con un mes de retraso -debí hacerlo el día que volviste a pasearte por las calles y la Ermita del pueblo- no quiero dejar de felicitarte por la hazaña: resurges de tus propias cenizas, como el fénix, y lo haces con suma delicadeza, sin molestar a nadie. ¡Felicidades!
Por otro lado, mi agradecimiento a quienes han hecho posible esta nueva aparición.
Un saludo para todos.
Un paisano de Sabino Ordás.
¡Hola, a todos!
Permitidme que nuevamente felicite a nuestra enseña local por su presencia en la capital en el día de hoy, pero sobre todo porque ha estado asistido por jóvenes de nuestro pueblo. A éstos les agradezco en tu nombre su actitud al tiempo que les muestro mi reconocimiento personal.
Saludos.
Un paisano de Sabino Ordás.
¡Hola, a todos!
Aunque con un mes de retraso -debí hacerlo el día que volviste a pasearte por las calles y la Ermita del pueblo- no quiero dejar de felicitarte por la hazaña: resurges de tus propias cenizas, como el fénix, y lo haces con suma delicadeza, sin molestar a nadie. ¡Felicidades!
Por otro lado, mi agradecimiento a quienes han hecho posible esta nueva aparición.
Un saludo para todos.
Un paisano de Sabino Ordás.
Continuación del caso de "estupro".
El 27 de septiembre libra auto el señor juez, en base a que el asunto requiere alguna atención por la circunstancia del parto, como alimentaria de la madre y lactancia de la criatura que nació, mandando librar despacho para dar el cometido a ministro de su tribunal, a costa de Francisco Rodríguez a fin y efecto de que satisfaga los cuatro reales y medio diarios asignados desde el día 31 de agosto; "cuyo auto -dice- os mando le veáis, cumpláis y ejecutéis sin le ... (ver texto completo)
Información sobre el caso de "estupro" (continuación):
Bajo juramento de decir verdad de lo que supieren en lo que les fuere preguntado dicen conocer a las partes entre quienes se contraviene, tener noticia del litigio y no ser pariente, deudo, amigo ni enemigo, ni le tocan ni comprenden las demás generales de la ley; dos de ellos -hablando de oídas- testifican que Ana en compañía de otra moza, habiendo ido a casa de José Pérez, de estado casado, le habían sacado de la cama y que con este motivo ... (ver texto completo)
Continuación de la información sobre el caso de estupro:
A la vista del auto de la condena expresada el procurador Ramos, en nombre de Francisco, hace una petición en la que, además de afirmar que Ana se marchó de casa clandestinamente y sin despedirse -"lo que sin duda hizo para llevarse algunos objetos caseros"- y que el pueblo ignorase su paradero, amén de ocultar su flaqueza y embarazo, dice ser muy gravosa para su representado en el crítico tiempo de la recolección de mieses, máxime por no ... (ver texto completo)
Continuación del caso de "estupro".
El 27 de septiembre libra auto el señor juez, en base a que el asunto requiere alguna atención por la circunstancia del parto, como alimentaria de la madre y lactancia de la criatura que nació, mandando librar despacho para dar el cometido a ministro de su tribunal, a costa de Francisco Rodríguez a fin y efecto de que satisfaga los cuatro reales y medio diarios asignados desde el día 31 de agosto; "cuyo auto -dice- os mando le veáis, cumpláis y ejecutéis sin le contradecir en manera alguna y además exigiréis del dicho Francisco 19 reales y 22 maravedís, derechos de este despacho, auto, petición, papel y firma y cobraréis vuestras costas y salarios del sobredicho en sus bienes, pues para todo os doy comisión en forma, como alguacil comisionado", el cual -Pedro Blanco- se persona en Vega el día 1 de octubre y con asistencia del alcalde y fiel de hechos del pueblo se constituyó en la casa de Francisco Rodríguez, que se hallaba ausente y habiendo concurrido de noche y tenido noticia de mi estancia allí, acudió a nuestra presencia y enterado de mi cometido se allanó a pagar los cuatro reales y medio diarios desde el 31 de agosto hasta el presente, montantes la cantidad de 139 reales y medio que recibió Prudencio Santos, curador de dicha Ana, y además satisfizo los derechos del despacho y 24 reales de mis dietas y salarios de dos días de ocupación.
El 2 de noviembre vuelve el procurador Téllez a presentar queja, sobre que Francisco no paga los 4 reales y medio diarios y nuevamente el señor juez atiende su petición mandando notificar el auto correspondiente, en la misma forma y contenido que la vez anterior, al tantas veces citado Francisco, el cual una vez enterado acude el mismo día 2 de noviembre al cuarto despacho del escribano Álvarez para concretar con él una forma de pago de los alimentos con evitación de otros gastos: convienen en que él dejara persona encargada de depositar la cantidad correspondiente en su escribanía para que luego venga Prudencio Santos, como curador de Ana, y bajo de recibo entregársela. Puesta en poder del escribano por la persona encargada la cantidad de 148 reales y medio, correspondiente a los alimentos de 33 días devengados hasta el día de hoy 5 de noviembre, hago entrega de los mismos a Prudencio Santos que firma su recibo.
Como esta causa sobre estupro y otras cosas se recibió a prueba de justificación y todos cargos con término de 30 días que fueron prorrogados por veinte más y son pasados, ambos procuradores piden que las probanzas hechas se unan a los autos, y no las habiendo se ponga por fe, lo cual manda hacer así el alcalde mayor de León el 20 de noviembre de 1816 y que se entreguen a las partes, para que al término de tercero día pidan y aleguen lo que las convengan. El mismo día da fe el escribano de que las probanzas están hechas por ambas partes y de que las une a los autos.
A instancia de Ana Rey y su curador en su nombre, los testigos notificados en número de ocho serán examinados conforme al cuestionario siguiente:
1º.- En primer lugar serán preguntados sobre el conocimiento de las partes, noticia de este pleito y demás generales de la ley.
2º.- Si saben que Francisco y Ana han vivido juntos casi tres años con muestras claras de amoríos, hasta dormir en una misma cama y que de resultas habiendo quedado embarazada se atribuyó generalmente a este trato y comercio de amores entre los dos cohabitando juntos y siguió en su casa hasta muy adelantado el embarazo en cuyo estado la transportó de noche al lugar de Pobladura de Pelayo García en casa de una prima en la que permaneció oculta muchos días.
3º.- Si saben que la misma prima aconsejó al Francisco que se casase con Ana ya que la tenía embarazada, y que respondía que era fea y que asimismo expresó que después de llevarla a su casa no había vuelto a parecer y la había dejado sin tomarse más cuidado de ella.
4º.- Si saben que Francisco trató de convenirse sobre este particular y para ello fue a casa del cura de Trobajuelo, llamado D. Santos, y si llamó a Prudencio.
5º.- Si saben que Ana ha sido siempre moza honesta de buena conducta sin haberla notado jamás extravío alguno ni otro trato que el de Francisco, por cuanto éste la tenía persuadida que se casaría con ella, diciéndola que trabajase en su casa que para ella trabajaba y estorbándola así de casarse con otros que la pretendieron.
6º.- Si saben todo de público y notorio, publica voz y forma, común opinión, y abono de testigos.
Bajo juramento de decir verdad de lo que supieren en lo que les fuere preguntado todos coincidieron en el conocimiento de las partes entre quienes se litiga, que tienen noticia del pleito y seis de ellos se ratifican en lo confesado en un día de agosto pasado, cuya declaración personal le fue leída a cada uno; testifican además que Francisco trató de convenirse sobre que se cortase este pleito y que para ello se fue a la casa del señor cura de Trobajuelo, llamado D. Santos, y que para ello se llamó también a Prudencio, curador de Ana, que dicho párroco le había reconvenido que se casase con ella o la echase de la casa, y que una de las cosas tratadas fue que la criatura que diese a luz Ana no había de heredar sus bienes, en lo que no se convinieron; sobre el traslado a Pobladura uno de los testigos concreta, y dice saberlo por estar su casa muy inmediata a la de Francisco, "que vio que éste marchó forastero del pueblo y que a la noche llegó la prima llamada Antonia, vecina del lugar de Pobladura de Pelayo García, a quien sin duda fue a buscar para que llevase a la Ana, lo que así se verificó porque oscureció y no amaneció en su pueblo ni casa del susodicho, lo que luego se notó y divulgó por el lugar"; uno de los testigos aporta una novedad diciendo que, con motivo de haber estado sirviendo algún tiempo en la casa de dicho Francisco y en la que también estaba Ana hacía tres años, vio y observó el cariño que la profesaba como el que algunas veces salía dicho Francisco del cuarto donde dormía la citada Ana; todos se conocen entre sí, así como sus domicilios y se tienen mutuamente por buenos cristianos, temerosos de Dios, acostumbrados a decir verdad con juramento y sin él, según que lo es cuanto cada uno de los deponentes ha dicho. Al igual que los testigos, Ana se remite a la declaración hecha en un día del mes de agosto en la que se reafirma.
Por su parte, para el examen de los testigos que en número de cuatro presenta, Francisco propone el cuestionario siguiente:
1º.- Primeramente serán preguntados sobre el conocimiento de las partes que litigan, noticia de este pleito y demás generales de la ley.
2º.- Si saben que Ana Rey, poco después de como entró a servir en casa del interrogante Francisco, empezó a tener trato y comunicación con José Pérez, de estado casado y vecino de Trobajuelo, cuyo trato fue cada vez más íntimo y estrecho de forma que en el último año se hizo notorio, y aún sospechoso a todos los habitantes del pueblo, máxime cuando tuvieron noticia de que a escondidas de dicho interrogante solía salirse por la noche a su casa a conversar con él.
3º.- Si saben que en el último año la tal Ana tuvo también íntimo trato y comunicación con Manuel López, soltero y natural de Trobajuelo, y que sin noticia de su amo se salía de su casa a parlar con él a cualquier hora de la noche, por lo que las gentes que lo advirtieron sospecharon mal de dicho trato.
4º.- Si saben que la dicha Ana estaba tenida y reputada en el pueblo por una moza deshonesta y sin recato, como lo manifestaba en sus palabras y ademanes por poco trato que tuviese con cualquier hombre, pues en sus chanzas y diversiones usaba palabras obscenas y ejecutaba con ellos la escandalosa acción de echarles mano a la bragueta y otras acciones por el estilo.
5º.- Si saben que la tal Ana, unos quince días antes de ausentarse, conversando con unas vecinas les dijo -hablando del cuidado y conservación de los bienes de su amo- que quien había de comerlo, cuidase de ello y lo trabajase pues ella no pensaba ya en disfrutarlo.
6º.- Si saben que cuando volvió de Pobladura de Pelayo García, donde parece estuvo la dicha Ana, al pasar por el pueblo de Vega de Infanzones entró en la casa de su tío Domingo Lorenzana y, en presencia de los moradores de la casa, Prudencio Santos la aconsejó que echase la culpa de su preñez a Francisco Rodríguez, su amo, pues la tenía mucha más cuenta el culpar a éste que a cualquier otro.
7º.- Si en consideración a que Francisco es un sujeto de buena conducta, sin que jamás hubiese sido notado de libidinoso o deshonesto, tienen por cierto o presumen que no fue él sino alguno de los precitados José Pérez y Manuel López u otro cualquiera de los que trataban con Ana Rey el autor de la criatura que parió poco tiempo hace.
8º.- Item de público, notorio, pública voz y fama, común opinión y abono de testigos.

Hasta pronto. Saludos para todos.
Un paisano de Sabino Ordás ... (ver texto completo)
Gracias Juan, no creo que sea tanto como dices, pero sí es de agradecer tanto el seguimiento como el alago.
Un saludo.
Un paisano de Sabino Ordas
Perdonad este mensaje que no tiene más fin que el corregir la última palabra del anterior, en la que no aparece la "h" de halago.
Lo petaste paisano.
Saludos.
Al prado.
Gracias Juan, no creo que sea tanto como dices, pero sí es de agradecer tanto el seguimiento como el alago.
Un saludo.
Un paisano de Sabino Ordas
Lo petaste paisano.
Saludos.
Al prado.