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CANTORAL: Los animales domésticos deben ir facturados en los...

Los animales domésticos deben ir facturados en los vuelos,
y situados en la bodega del avión, donde irán dentro de un
contenedor que puede obtenerse en algunas compañias aéreas
o tiendas de mascotas. La mayoría de las compañías exigen
al dueño que presente la documentación veterinaria vigente
(cartilla sanitaria y certificado veterinario de no padecer
ninguna enfermedad contagiosa.
En algunos casos es posible que, debidamente acondicionados,
los animales viajen en la cabina de pasajeros siempre que
el dueño, ademas de los requisitos anteriores se ocupe de
su cuidado y transporte durante el vuelo sin causar molestias
al resto de los pasajeros.
La tarifa para las mascotas la determina cada compañia.
Generalmente no se incluyen en la franquicia del equipaje
del pasajero, sino que constituyen un excedo de equipaje por
el cual el propietario debe pagar la tarifa aplicable por
ese concepto en función del peso.
El perro guía o lazarillo viaja con su dueño invidente en
la cabina si no lo prohibe la compañía o regulación del
país. El dueño no paga por su transporte y no requiere
trámite alguno, excepto llevar bozal, collar y correa.