Factura rebajada un 25%

MANTINOS: La ley aplicable a la publicación de la Imagen...

Comentario de Jose Luis Fernñandez

quien es el listo o la lista que se ha aprovechado de las fotos que no son suyas, y enciman cobran a mi nadie me ha pedido permiso por usar mis fotos. Con la gente que hay por lli no me estraña nada.

BUENO COMPAÑER@. ----
Despues de leer semejante comentario, creo que a partir de este momento no pienso malgastar ni un solo minuto de mi preciada vida en dialogar con semejante personaje.
Solamente quiero decirte que no se puede andar por la vida como tu andas y encima dandotelas de listo.
Las personas que hemos dedicado nuestro tiempo para la realizacion de un libro tan entrañable, es por que sabemos valorar y conservar todo aquello que nunmca se deve perder y para nosotraos tiene un gran significado. pero adelas, somos tan generosasos que disfrutamos viendo felices a los demas. Cosa que en tu caso, deve ser todo lo contrario. Tu creo que eres como el famoso perr del ortelano. ¿Le conocistes?.
Pues mira aquel perro era tan ruin y envidioso," que ni comia ni dejaba comer."

Y POR ULTIMO:

¿COMO ES LA GENTE CON LA QUE TU VIVES?.

Reconozco que hace tiempo que no entraba por aqui, me llaman por telefono para decirme que se me estaba insultando, abro leo y veo que es cierto, yo no he insultado a nadie, a mi nadie me he pedido permiso para usar una foto que es mia y de mi familia, mas mia porque me he preocupado de conservarla escanearla y retocarla, ya en su momento se han usado fotos mias para hacer cosas sin mi autorizacion; repito a mi no me importa lo que hagais o dejeis de hacer, pero con vuestras cosas, yo en lo vuestro no entro, a mi nadie me ha pedido permiso (lo hubiera dado, sin ningun problema), pero claro encima que pisotean lo mio me insultan, y por si fuera poco, cobran por el, y el malo soy yo, cornudo y apaleado, no quiero entrar en insultos ni descalificaciones, que os vaya bonito y bien un saludo.
P. D. si alguien piensa que falto a la verdad en algo que lo demuestre.

La ley aplicable a la publicación de la Imagen

El principio general, es que debe solicitarse el consentimiento a las personas para publicar sus fotografías, aunque por las características del retrato no se cause ningún gravamen al decoro, reputación o identidad personal. (CNCiv., Sala D, 30-XI-93 L. L. del 26-VIII-94). Esta prohibición resguarda el derecho personalísimo de la imagen personal, y es aplicable a personas privadas y a aquellas con exposición pública.

En la Ley de Propiedad Intelectual se establece como principio general la prohibición de poner el comercio el retrato fotográfico de una persona sin su consentimiento. Esta prohibición no se limita al retrato fotográfico, sino que alcanza a cualquier reproducción fotográfica de rasgos físicos de una persona, con prescindencia del procedimiento utilizado y del soporte material en el cual se fija la imagen.

La misma ley en su art. 31, fija una excepción: es libre la reproducción de la imagen cuando se relaciona con hechos o acontecimientos de interés público o que se hubieran desarrollado en público. Este derecho igualmente debe ser armonizado con el derecho a la intimidad y al honor que le corresponde a todos los seres humanos.

Cualquier otra publicación de fotografías de una persona con fines comerciales, sin la debida autorización genera un daño moral que debe ser indemnizado, resultando irrelevante que las características del retrato no traigan aparejada una lesión al honor, ni un descrédito de la personalidad (C. Nac. Civ., sala C, 6/5/1982, "Grondona, Carlos D. v. Radio Victoria S. A.", ED 99-714).

En el caso de modelos o artistas, el uso de sus imágenes sin su debido consentimiento tiene características especiales: se suma a los rubros indemnizatorios el aprovechamiento económico de su imagen y su utilización indebida lesiona los intereses económicos del modelo, actor o artista.
Respuestas ya existentes para el anterior mensaje:
¿tienes ganas de juerga? ¿A que si?