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MARCILLA DE CAMPOS: COFRADÍA DE SAN ISIDRO...

COFRADÍA DE SAN ISIDRO

Hoy sigue viva con sabia nueva, Y mientras que en algunos pueblos encontramos documentación de su pasado en el s. XVIII, e incluso en el s. XVII, cual es el caso de Guaza, en Marcilla no aparece hasta mediados ya del s. XIX y de entonces data su regla que resumo a continuación:
La Regla (4-5-1954)
• El que quisiere llamarse hermano pagará 30 reales de entrada en dos años, y ha de hallarse acompañado de buenas costumbres, de moral y religión. Si está soltero tendrá por lo menos 25 años.
• Para el buen gobierno de la Cofradía, habrá junta el día de San José, y el que faltare pagará 2 reales.
• La víspera de San Isidro habrá junta general donde se nombrarán los Jueces, Mayordomo y Secretario. Se asistirá a vísperas y el que faltare pagará 2 reales.
• El nombramiento de oficiales se hará cada año de la siguiente manera: Por edades de antigüedad los Jueces y por jóvenes el Mayordomo y el Secretario, dejando un año de hueco el Secretario para tomar el de Mayordomo.
• El día de la fiesta asistirán a misa mayor y no trabajarán con las labranzas pena de 20 reales.
• Para el culto de la fiesta acompañarán con traje arreglado, cubiertas las cabezas con sombrero y el que falte con dicho traje pagará 2 reales.
• Todo hermano el día de san Isidro, está obligado a tomar asiento uno tras otro, en los bancos que hay en el cuerpo de la Iglesia y el que falte pagará 4 reales.
• La limosna para la función de Iglesia: misa, vísperas y responso por la tarde, sea de 30 reales a la Comunidad Eclesiástica, y 8 al organista.
• Asistirá al entierro del hermano que falleciere y velará al enfermo de peligro, pidiéndolo la casa de dicho hermano, bajo multa de 10 reales.
• El que faltare a la misa de salida por el hermano que falleciere, pagará 10 reales de multa.
• Todo hermano está obligado a rezar una estación, o un rosario por el alma del hermano que falleciere, bajo su conciencia.
• A los dos años de aprobación de la regla, el 18-5-1856 se penó a dos hermanos con 5 reales a cada uno por haber trabajado el día de la fiesta con la labranza y a otro con un real, por no haber asistido con traje arreglado.
• El 14 de Mayo de 1883 se acordó que los Jueces, Mayordomo y Secretario debían asistir con corbatín a la misa, vísperas y responso y el que faltare pagaría 4 reales de multa, Ese mismo año se penó a un hermano por no acompañar con sombrero a vísperas y cuatro años después se le volvió a multar por lo mismo, igual que a otros 4 hermanos.