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BARBADILLO: Nuestro pueblo fue tierra de realengo, pero con el...

Nuestro pueblo fue tierra de realengo, pero con el paso de los siglos, los poderosos pusieron su empeño en acaparar tierras y nuestro pueblo no se libró de ellos, prueba es que en 1752, (excepto las pertenecientes al Concejo) pertenecían a nobles o a la Iglesia.
Los señoríos podían ser: A).- Solariegos.- Basados en la posesión de la tierra y únicamente proporcionaba a los señores el dominio sobre la misma y el derecho a percibir una serie de rentas que los vasallos pagaban. En ellos los colonos estaban vinculados a la tierra y era donde menos derechos tenían.
B).- Jurisdicionales.- En ella además el señor cobraba impuestos, administraba justicia y llamaba a filas.

Los tipos de señorío: Señoríos reales o tierras de realengo. El rey era el señor de las tierras y en ellos era la autoridad suprema. Los vasallos solían disfrutar de condiciones más ventajosas que en los otros tipos de señoríos.
Señoríos nobiliarios.-laicos, tuvieron su origen en los encargos de colonización que se recibieron por parte del rey.
Señoríos eclesiásticos.- De Obispos, abades, o maestre de una Orden Militar. Tenían su origen en las roturaciones hechas por los monasterios que, mediante el empleo de colonos y siervos como mano de obra, pudieron alcanzar grandes dimensiones de tierra a consecuencia de la fuerte estructura jerárquica de las Órdenes religiosas. En este grupo entran las Encomiendas.
Otro pito de señoríos fueron las Behetrías. En ellas era frecuente que los pequeños propietarios libres se dieran junto con sus tierras en régimen de encomendación territorial a un señor para su servicio, a cambio de protección. Conservaban la tierra pero pagaban a los señores un canon por explotarla.
Honores.- (Corona de Aragón) El rey otorgaba a los nobles para que administrasen justicia en su nombre en un determinado territorio.
Remensa.- (Cataluña) Los vasallos estaban adscritos a la tierra pudiendo salir únicamente de tal situación pagando al señor una cantidad por su redención o remensa.
Con frecuencia el señorío no formaba una unidad territorial sino que constituía un ente geográficamente disperso aunque articulado en torno a una villa que acogía la residencia del señor y la ubicación de los servicios principales (fragua, molino, horno, etc que eran monopolio del señor), también tenía iglesia propia levantada por el señor para satisfacer las necesidades espirituales de la población y él podía designar a los sacerdotes que las atendían.
La inmunidad hacía que el señor percibiera los tributos que los habitantes debían al soberano, administraba justicia, imponía orden, exigía servicio militar y nombraba a los oficiales de la Administración. Esto redujo significativamente el ámbito de acción de los monarcas hasta el s XIII, en que fuera ya del esquema de monarquía feudad, comenzaran éstos a retomar la plenitud de sus atribuciones.
En los siglos bajomedievales se multiplicaron los señoríos y en ellos se tendió a que la propiedad llevase aneja la jurisdicción. Las facultades de los señores se ampliaron, llegando incluso al otorgamiento de fueros, a la ordenación de la vida municipal de los lugares enclavados en el señorío, aunque no se llegó a la independización toral respecto de los reyes. Estos mantuvieron una posición suprema sobre los dominios señoriales que se manifiesta en su intervención en diferentes esferas de funciones, en administrar justicia en los llamados casos de corte en reunir un ejército real y en acuñar moneda.
De la H. de los pueblos. (22)