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BARBADILLO: Marco jurídico de la ganadería: la Mesta y su organización....

Marco jurídico de la ganadería: la Mesta y su organización.
Durante el periodo altomedieval, con la conquista de tierras, desde el S. XI, la ganadería cobró extraordinaria importancia debido a la orografía Peninsular, los contrastes climáticos, la abundancia de tierras yermas y a la facilidad de los rebaños para ser desplazados.
El ganado equino alcanzó un considerable desarrollo por su utilidad a la hora de formar ejércitos y por la significación jurídica y social que reportaba la propiedad del caballo, aunque sería la ganadería lanar la más abundante en la España cristiana, pues con el avance repoblador, los monasterios e iglesias, los nobles y los caballeros llegaron a convertirse en grandes propietarios de rebaños.
En la Alta Edad Media existían ya para los ganados las “mestas locales” o pequeños campos comunes adonde acudía el ganado. Poco a poco se fue organizando la trashumancia desde los pastizales de invierno a los de verano a través de caminos llamados cañadas. En 1273 Alfonso X “el Sabio” aglutinó las distintas mestas en el Honrado Concejo de la Mesta de los Pastores de Castilla, dotado de una organización jurídico-administrativa para regular las condiciones de acceso a los pastos, el régimen de su utilización y la autoridad y control sobre ellos. En él estaba todo ganadero que pagase el impuesto de servicio y montazgo que la Hacienda real exigía por toda cabeza de ganado a su paso por determinados puestos de peaje establecidos en las cañadas.
De la H. de los Pueblos. (25)