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BARBADILLO: Como obra importante Alfonso X nos deja “Las Partidas”...

Como obra importante Alfonso X nos deja “Las Partidas” cuyo texto se nos presenta como una enciclopedia de derecho sistematizado y ordenado en siete partes o partidas.
En la Primera trata “de todas las cosas que pertenecen a la santa fe católica que facen al hombre conocer a Dios por creencia” donde se recogen temas de materia eclesiástica como el estatuto de los prelados, clérigos, votos, pernas de excomunión, beneficio de los clérigos, diezmos, bienes, procuraciones, censos, pechos, etc.
En la Segunda se regula la figura del rey y sus funcionarios: chanciller, consejeros, notarios…etc. Los deberes del rey para con su pueblo y su tierra, el derecho de guerra …
La Tercera trata de la Justicia… regula el derecho procesal, jueces, demandas, plazos, testigos…
En la Cuarta se recoge el derecho de familia, desposorios, régimen de bienes, filiación, tutela, patria potestad…
En la Quinta se regulan los contratos, compraventas, mercados
La Sexta está dedicada al derecho de sucesiones donde se regula la sucesión testamentaria y la "ab intestato", este derecho sucesorio junto con el Ordenamiento de las Leyes de Toro de 1.505 de Juana I perduró hasta la promulgación del Código Civil en instituciones como la mejora, la legítima o el testamento abierto.
En la Séptima partida se recoge el derecho penal y procesal: acusaciones, rieptos y duelos, robos y hurtos, incesto, adulterio, etc.
Las fuentes de éste Derecho proceden del Derecho romano y del Derecho canónico medieval.
La expansión del Derecho Castellano llega al País Vasco al irse incorporando estos territorios a la Corona de Castilla durante los siglos XIII y XIV.
Álava se incorpora en 1200. Alfonso X concede el Fuero Real a Vitoria, las villas de Treviño y Salvatierra, reciben sus propios fueros, pero desde el S. XIV pasan a integrarse en el señorío del rey.
Guipúzcoa también es incorporada en el S. XIII, predominando en la costa el Fuero de San Sebastián y en las zonas fronterizas con Álava el Fuero de Vitoria.
Vizcaya se incorpora a Castilla en 1379 pero de forma pactada, lo que le permitió conservar su propio derecho.
De la H. del Derecho y de los Pueblos. 33