Estructura social de la Edad Moderna. (Regina Mª Pérez Marcos).- La población: En la Edad Moderna fueron realizados algunos recuentos de población en forma de censos y catastros que, si bien estuvieron dirigidos principalmente a proporcionar una base cierta sobre la que plantear reformas tributarias y levas militares efectivas, también proporcionan indirectamente la posibilidad de cuantificar desde el punto de vista demográfico aquella población aunque sea de manera incompleta.
En tal sentido en el último tercio del S. XVI por iniciativa de la Corona fueron realizadas las Relaciones Topográficas (en los reinados de Carlos I y Felipe II) en las que se recogieron numerosos datos referentes a la población agrícola de las localidades castellanas y americanas. En 1754 fue elaborado el Catastro de Ensenada con el fin de conocer la riqueza real de los pueblos de España. En 1768 el conde de Aranda preparó el llamado Censo de población de Aranda, y en 1787 fue realizado el Censo de Floridablanca destinado al registro de los habitantes y de las actividades profesionales que desempeñaban.
De estos datos se puede deducir que la población en la Meseta durante el reinado de Carlos I fue escasa y se agudiza a finales del S. XVI con la emigración a América, a las guerras imperiales, al aumento de las personas dedicadas a la vida religiosa y, sobre todo, a la decadencia económica. En el S. XVII las guerras, la expulsión de los moriscos, y la decadencia general hicieron descender de manera significativa el número de habitantes en España. El S. XVIII fue, en cambio, un siglo positivo para el incremento de la población general por la prosperidad de las fuentes de riqueza con las mejoras agrarias, la reducción drástica de la mortalidad y la colonización interior.
De la sociedad tan variada de siglos anteriores que componían la sociedad medieval (cristianos, judíos, musulmanes, mudéjares, francos, etc) fue dando paso a una sociedad más homogénea y compacta que va a desembocar en una mentalidad que refuerza “un determinado sentido del honor, materializado externamente en la ostentación del lujo y en el desprecio generalizado de los oficios mecánicos” “un afán desmesurado de ennoblecimiento que aquejó a numerosos sectores de la sociedad” “los estatutos de limpieza de sangre”
Del manual de la Hª del Derecho (51)
En tal sentido en el último tercio del S. XVI por iniciativa de la Corona fueron realizadas las Relaciones Topográficas (en los reinados de Carlos I y Felipe II) en las que se recogieron numerosos datos referentes a la población agrícola de las localidades castellanas y americanas. En 1754 fue elaborado el Catastro de Ensenada con el fin de conocer la riqueza real de los pueblos de España. En 1768 el conde de Aranda preparó el llamado Censo de población de Aranda, y en 1787 fue realizado el Censo de Floridablanca destinado al registro de los habitantes y de las actividades profesionales que desempeñaban.
De estos datos se puede deducir que la población en la Meseta durante el reinado de Carlos I fue escasa y se agudiza a finales del S. XVI con la emigración a América, a las guerras imperiales, al aumento de las personas dedicadas a la vida religiosa y, sobre todo, a la decadencia económica. En el S. XVII las guerras, la expulsión de los moriscos, y la decadencia general hicieron descender de manera significativa el número de habitantes en España. El S. XVIII fue, en cambio, un siglo positivo para el incremento de la población general por la prosperidad de las fuentes de riqueza con las mejoras agrarias, la reducción drástica de la mortalidad y la colonización interior.
De la sociedad tan variada de siglos anteriores que componían la sociedad medieval (cristianos, judíos, musulmanes, mudéjares, francos, etc) fue dando paso a una sociedad más homogénea y compacta que va a desembocar en una mentalidad que refuerza “un determinado sentido del honor, materializado externamente en la ostentación del lujo y en el desprecio generalizado de los oficios mecánicos” “un afán desmesurado de ennoblecimiento que aquejó a numerosos sectores de la sociedad” “los estatutos de limpieza de sangre”
Del manual de la Hª del Derecho (51)