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BARBADILLO: El procedimiento de recaudación era simple; al toque...

El procedimiento de recaudación era simple; al toque de campana, o con la presencia de dos testigos, el diezmero se presentaba en la era donde se depositaba la mies y calculaba sobre cada muelo todo entero o redondo el volumen de la cosecha. De lo visto no se podía descontar nada, ni siquiera lo que tenían que cobrar “los segadores e mesegueros, ni ferreros, ni porqueros, ni collaços de soldada, ni bueizos. El diezmo se entregaba en el plazo convenido, generalmente por Stª María, a mediados de Agosto o hasta S. Miguel a finales de Septiembre.
También existía el Voto de Santiago, que consiste en media fanega de la mejor semilla de las que cada labrador colecta.
La Primicia, que consiste en media fanega, en todas las que cada uno de los labradores coge y medio cántaro de vino.
El diezmo era un tributo que en teoría percibía la iglesia para sostener el culto religioso, mantener a los eclesiásticos de las parroquias y ayudar a los pobres.
En teoría el producto decimal se dividía en tres partes: una para el obispo y los capitulares (canónigos), otra para los párrocos y curas beneficiados de las iglesias y, la tercera, para la fábrica y obras de conservación y adecentamiento de los templos.
A su vez cada una de estas partes se dividía en tres, que recibían el nombre de novenos. Pero la práctica fue bien distinta: desde el S. XIII los reyes castellanos obtuvieron el privilegio de cobrar “dos novenos” (sacados de lo que le correspondía a los párrocos y a la fábrica de la iglesia, nunca de lo que percibía el obispo y los canónigos) en recompensa por sus esfuerzos en defensa de la fe, en la lucha contra el infiel y en la intención de proseguir, cuando las condiciones fuesen favorables, el antiguo ideal de rescatar los santos lugares de Tierra Santa. Por ej.- en 1567, el Papa Pio V regaló al rey Felipe II el excusado, que era el diezmo que tenía que pagar el vecino más rico de cada parroquia.
El diezmo se mantuvo hasta su abolición en 1837 primero, y en 1841 de forma definitiva, siendo este impuesto uno de los principales principios formadores de los grandes patrimonios eclesiásticos.
De la Hª de Salamanca. (59)