Los que decidieron nuestra Historia.
LA ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL Y LOCAL EN LA ESPAÑA MODERNA.- Con los Austrias tenemos los Virreinatos (de Cataluña, Aragón, Valencia, Navarra y Nápoles, las Indias y posteriormente Portugal) y las provincias. Los virreyes elegidos por el monarca, pertenecían a la alta nobleza e incluso a la familia real. Se le daba unas instrucciones por las que habían de regirse y se les indicaban las acciones que tenían prohibidas. Debían respetar las instituciones del territorio al que eran destinados.
En Castilla ya en el S. XVI aparecieron unas entidades designadas con el nombre de Provincias que coincidían con el número, dieciocho, y el nombre de las ciudades con voto en Cortes que se identifican con distritos fiscales, y cuya superioridad se basaba en poder designar los procuradores en Cortes pero la institución no llegó a prosperar.
Con los Borbones las Capitanías generales e Intendencias, hablándose de Provincias para designar divisiones territoriales con carácter fiscal integradas por diversas ciudades. Floridablanca es quien establece en 1785 una división provincial que alcanzaba cuarenta provincias, treinta y ocho peninsulares y dos insulares, pero no está claro cuál era su extensión. Por otra parte en estas provincias existirían treinta y una Intendencias.
Se crearon también como circunscripciones territoriales las Capitanías generales, como sustitutivas de los Virreinatos y a cuyo frente está el Capitán General, máximo jefe militar y gobernador con facultades políticas, económicas y gubernativas.
Junto a los Capitanes Generales aparecen los Intendentes, cuyas competencias estuvieron en principio referidas a temas fiscales dependiendo del Gobernador del Consejo de Castilla y destinado al cuidado de los aspectos económicos del ejército. Los Intendentes fueron personas de confianza de los gobernantes y los verdaderos instigadores de las reformas ilustradas del S. XVIII, al orientar sus funciones a una política de fomento.
Su actividad en la provincia era fundamentalmente de revisión, pero su jurisdicción se extendió a los campos de hacienda, guerra, justicia e incluso policía, convirtiéndose en una figura muy importante.
De manual de Hª y del Derecho. (55) Rober
LA ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL Y LOCAL EN LA ESPAÑA MODERNA.- Con los Austrias tenemos los Virreinatos (de Cataluña, Aragón, Valencia, Navarra y Nápoles, las Indias y posteriormente Portugal) y las provincias. Los virreyes elegidos por el monarca, pertenecían a la alta nobleza e incluso a la familia real. Se le daba unas instrucciones por las que habían de regirse y se les indicaban las acciones que tenían prohibidas. Debían respetar las instituciones del territorio al que eran destinados.
En Castilla ya en el S. XVI aparecieron unas entidades designadas con el nombre de Provincias que coincidían con el número, dieciocho, y el nombre de las ciudades con voto en Cortes que se identifican con distritos fiscales, y cuya superioridad se basaba en poder designar los procuradores en Cortes pero la institución no llegó a prosperar.
Con los Borbones las Capitanías generales e Intendencias, hablándose de Provincias para designar divisiones territoriales con carácter fiscal integradas por diversas ciudades. Floridablanca es quien establece en 1785 una división provincial que alcanzaba cuarenta provincias, treinta y ocho peninsulares y dos insulares, pero no está claro cuál era su extensión. Por otra parte en estas provincias existirían treinta y una Intendencias.
Se crearon también como circunscripciones territoriales las Capitanías generales, como sustitutivas de los Virreinatos y a cuyo frente está el Capitán General, máximo jefe militar y gobernador con facultades políticas, económicas y gubernativas.
Junto a los Capitanes Generales aparecen los Intendentes, cuyas competencias estuvieron en principio referidas a temas fiscales dependiendo del Gobernador del Consejo de Castilla y destinado al cuidado de los aspectos económicos del ejército. Los Intendentes fueron personas de confianza de los gobernantes y los verdaderos instigadores de las reformas ilustradas del S. XVIII, al orientar sus funciones a una política de fomento.
Su actividad en la provincia era fundamentalmente de revisión, pero su jurisdicción se extendió a los campos de hacienda, guerra, justicia e incluso policía, convirtiéndose en una figura muy importante.
De manual de Hª y del Derecho. (55) Rober