Entidad Local Menor de BERCIMUELLE
37750-BERCIMUELLE (SALAMANCA)
AL PROCURADOR DEL COMúN DE CASTILLA Y LEóN
Plaza de San Marcos, 5
24001-LEóN
CIRILO HERNáNDEZ ALONSO, mayor de edad, con de.no.y. Noº 7824830te en calidad de Alcalde Pedáneo de la Entidad Local Menor de Bercimuelle, con domicilio a efectos de notificación en BERCIMUELLE, c/ Mayor, 1 (de.P. 37750) y teléfono 629066277, ante esa Institución comparezco y como mejor proceda manifiesto:
Que por medio del presente escrito quiero poner en su conocimiento, por ver si hay alguna posibilidad de solución, lo siguiente:
PRIMERO.- Bercimuelle, es una localidad de la provincia de Salamanca, que tiene aproximadamente 100 vecinos, con toda la estructura inmobiliaria de un municipio, (ayuntamiento, hogar de la tercera edad, casa del médico, consultorio, escuelas, etc...) ya que fue municipio desde el siglo XIX hasta el año 1.974, que por cuestiones ahora largas de explicar pasó a formar parte del Ayuntamiento de Puente del Congosto (SALAMANCA).
SEGUNDO.- En la actualidad es una Entidad Local Menor dependiente del municipio de Puente del Congosto en los términos establecidos por las Leyes de Régimen Local (LBRL 7/85 de 2 de abril -ámbito nacional-, y LRL de C-L 1/98 de 4 de junio -ámbito regional-), legítimamente constituida y en funcionamiento al amparo de las normas citadas desde el año 1987. (B.O.C.y L. Noº 52 de 21 de abril de 1987 página 947 ). Inscrita en el MAP el día 11/10/1991 con noº de registro 04370021. Documento 1 y 2.
TERCERO.- Desde su constitución la E.L.M. Ha funcionado normalmente, y en el aspecto económico contaba con unos presupuestos anuales de Ingresos y de Gastos que permitían realizar el cumplimiento de sus funciones y el ejercicio de sus competencias. Para el año 2001, último de los se han elaborado ascendían a 64.677, 74 euros. Documento noº 3
CUARTO.- Los ingresos de la E. L. M. Para llevar a cabo sus funciones han provenido de diversas fuentes:
-Transferencias realizadas por el Ayuntamiento de Puente Congosto.
-Tasas de Servicio de Agua, Basura, Cementerio, y otras, que bien por Ordenanzas propias o por Delegación del Ayuntamiento expresa, o tácita, se viene realizando desde el año 1995.
-Otros ingresos propios, más bien pequeños, etc.
QUINTO.- Como consecuencia de la aprobación de la Ley 1/98 de 4 de junio –de Régimen Local de Castilla y León, y para acomodarnos a ella se hace Acuerdo de Pleno de 12/11/99 (Se aporta como documento noº 4) donde se REVISA el Porcentaje de participación de Ingresos y Gastos comunes del Ayuntamiento y la Entidad Local Menor. Acuerdo que es clarificado en el año 2002 mediante Certificación del Secretario (Documento noº 5) que cada entidad local –en su demarcación territorial-, recaudaría además de lo establecido el “agua, basura, coches y licencias de obras”
SEXTO.- La Entidad Local Menor, cobra los conceptos referidos y presta todos los servicios municipales de agua, también reparación de las averías, recogida de basuras, cementerio incluidas las reformas, etc. Es decir el Ayuntamiento de Puente del Congosto de forma directa no realizaba ni realiza ninguna actividad en la Entidad Local Menor, salvo el entorpecimiento diario en la medida que pueda.
SEPTIMO.- En el año 2001, por diferentes cuestiones, la Alcaldesa de Puente fuerza que se marche la Secretaria titular del Ayuntamiento y de la E.L.M. Cuestión que ocurre el 30/09/01 y se contrata “a dedo” a una persona que finalmente no era secretario y que por estos motivos la Alcaldesa contratante y el supuesto secretario, son condenados por la Audiencia Provincial de Salamanca, mediante Sentencia que acompaño como documento noº 6. (En la actualidad se encuentra pendiente de Resolución por parte del Tribunal Constitucional). Y el individuo, sin ningún tipo de titulación comparte trabajo con el Secretario y por supuesto sigue cobrando del Ayuntamiento de Puente del Congosto por no sé que funciones podrá realizar. Es decir en un Ayuntamiento de menos de 300 habitantes tenemos secretario y administrativo. Curioso también desde que éste señor comienza a cobrar salario, y genera otros gastos de cotización, etc. Deja de cobrar la E.L.M.
OCTAVO.- En el año 2002 y como consecuencia de pesar la Alcaldesa de Puente del Congosto y el Pleno, que yo como Alcalde Pedáneo, había denunciado la situación irregular del Secretario se propone desde el Ayuntamiento modificar el Acuerdo anterior del año 1999, eliminando prácticamente los ingresos a la Entidad Local Menor. Entiendo que, dicho acuerdo, es gravemente perjudicial y se impugna, primero en vía administrativa y después en Contencioso, resolviéndose el proceso con Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Salamanca, hoy firme, de forma favorable a los intereses de la E.L.M. (documento noº 7), es decir anulando dicho acuerdo.
NOVENO.- Ante dicha situación parece razonable que el Ayuntamiento de Puente del Congosto siga aplicando el Acuerdo de 1999. Pues no es así. Desde el año 2002 no se ha transferido ni realizo obras en la Entidad Local ;Menor, llevándonos a una situación de –quiebra económica- entendida en el sentido de no poder disponer de fondos suficientes para hacer frente a los gastos comunes y ordinarios. Ello ha provocado una Demanda de Cantidad por los ejercicios económico del año 2002 y 2003, por importe de 36.000 euros. (Autos 335/2004 del Juzgado de lo Contencioso de Salamanca) a ésta fecha sin resolver (doc. Noº 8) y otra Autos 269/2005 a falta de que la demandada presente el Expediente Administrativo desde el mes de mayo de 2005. (doc. Noº 9). Tampoco en el año 2005 se nos entregado absolutamente nada.
DéCIMO.- Como dicho Ayuntamiento no trasfería las cantidades estipuladas a la E.L.M. Ya no teníamos dinero para pagar los recibos de alumbrado público y dejamos de pagar en el año 2002. Estos tres años, hasta ahora, hemos funcionado de forma que los mismos vecinos hacemos las reparaciones de las averías de agua, y hacemos las aportaciones de dinero dinero, para recaudar el gasto y poder pagar los servicios, bien por vecino, o por acometidas de agua y poder continuar sobreviviendo.
Pero a pesar de todo, en éstos momentos tenemos deudas razonables en función de poder económico de la Entidad Local Menor fundamentalmente porque estuvimos sin agua –corriente- en el verano y hubo primero intentar conseguirla de sondeos y finalmente, traerla en cisternas las cuales no hemos pagado estando pendiente si la Diputación Provincial se digna por primera vez en concedernos una subvención, y ha habido que reparar el tejado (cambiarlo) del edificio del Ayuntamiento para que no se cayera con las lluvias. En definitiva las deudas superan los12.000 euros.
UNDéCIMO.- Paralelamente a esto, para completar el acoso a la Entidad Local Menor, sigo pensando que con apoyo diferido del PP de Béjar, (no puede olvidarse que el condenado de. LUIS FRANCISCO MARTíN, es Teniente Alcalde de Béjar, por el PP) en las Elecciones Municipales normalmente la población de la E.L.M. Suele tener dos concejales o tres en el Pleno del Ayuntamiento. En las pasadas del 2003, quizá sea causalidad, pero muy sospechosa, desaparecieron los resultados electorales (no sé si en la Junta Electoral Comarcal de Béjar, o donde) de la mesa de Bercimuelle. -Había una mesa en Puente y otra en Bercimuelle, ello motivo que se perdieran 62 votos emitidos en la E.L.M. Y con ello la posibilidad de tener dos concejales la Candidatura de Bercimuelle en dicho Pleno. Como puede comprender, es que era yo el primero de lista en dicha candidatura (PSOE), y según la otra candidatura (PP) como ya manifesté anteriormente, yo insté la denuncia penal, la demanda contenciosa, y no podía ser concejal de dicho Ayuntamiento. Un resultado que estaba previsto por mi y por ello advertí a varias personas que formaban parte de la Junta Electoral lo que podía pasar, bastante antes de la celebración de la elecciones, pero finalmente llevo a la situación anteriormente prevista, que Bercimuelle no tuviera ningún representante en el Ayuntamiento de Puente. Hombre dicho así parece de Perogrullo, pero, lo que realmente parece es que estamos ante una mafia que no se puede tocar, como si estuviéramos en países donde los “señores de la guerra” son los únicos que pueden gobernar. Pero, que pase en un país supuestamente democrático, pues, cuanto menos, da que sospechar. Bien, ninguna autoridad se manifestó al respecto.
DUODéIMO.- Por parte del Ayuntamiento se incumple de forma sistemática la Ley 1/98 de Régimen Local, de Castilla y León, tanto en los pagos como en la Convocatoria a los Plenos (artº 62) . No se nos convoca a los Plenos. Ni se nos facilita la información relativa a nuestra localidad por ejemplo, entre muchas, la pedida en Doc. Noº 10.
DECIMOTERCERO.- La oficina de la Entidad Local Menor se abre por LA Sra. Secretaria dos horas cada quince días. Pero, algunos expedientes administrativos que podrían estar bien en fotocopias u original en Bercimuelle, por poner un Ejemplo copia de IBI, rústica y Urbana, catastro de fincas de Bercimuelle que están totalmente separadas (en Bercimuelle resultante de Concentración parcelaria que en Puente no está) y otros, y me refiero sólo a la parte que corresponda a los habitantes de Bercimuelle, sin embargo, se obliga ir a los vecinos de Bercimuelle a Puente, para comprobar cualquier tipo de dato, cuestión que ocurre desde que se puso denuncia por el tema del “secretario” relatado anteriormente. Antes se hacía copias u originales, depende lo que fuera y se tenían en la oficina de Bercimuelle, comp arece más lógico. La población de Bercimuelle supera la edad media de 70 años y la distancia a Puente es de 5 kilómetros. Las posibilidades de transporte, no existen, salvo el andar, porque al ser gente mayor normalmente no tiene coche. Y si éste tiene que ser el resultado para que queremos la descentralización administrativa ?
DECIMOCUARTO.- La situación de Bercimuelle, desde el punto de vista de infraestructuras es tercermundista. Hay pavimentación en menos de la mitad del casco urbano y solamente una “vereda” no toda la calle. El suministro de agua corriente no tenemos dinero para hacer una reforma y adaptarnos dentro de unos mínimos, como una sociedad moderna –si es que vivimos en ella -, requiere una reforma urgente, cualquier persona con sentido común que vea la toma del agua –corriente-, la cortaría solo verla. Es decir tomamos agua a una distancia de un kilómetro del vertido de aguas residuales –sin depurar- de Puente Congosto. El local que se utiliza como –Asociación- antiguas escuelas corren peligro de derrumbe. No hay bar ni otro lugar para juntarse los vecinos, salvo el hogar que está destinado a cuatro personas. El ayuntamiento le hemos tenido que reparar este mes antes de que se cayera, sin pagar, etc. Vamos que no sé si estamos en Castilla y León, España, Marruecos, o quizá por no tener alcalde pedáneo del partido predominante en Castilla y León, tenemos que estar condenados como el pueblo saharaui. O quizá es que sea una mal bastante generalizado.
Pues todo esto son las especiales circunstancias en las que tenemos que vivir en ésta población, aunque parezca mentira, de Castilla y León, al menos geográficamente, y en el año 2005, con conocimiento claro de la Junta y de la Diputación, -no será porque no han salido los temas en la prensa desde hace años- y sin hacer absolutamente nada para resolverlo. Entiendo que no se puede someter a un pueblo y a una población hasta el exterminio, por defender un estado de Derecho y Democrático, frente al fascismo y choriceo que se quiso hacer con contratar a de. Luis Francisco como Secretario Interventor del Ayuntamiento de Puente del Congosto, para eliminar la E.L.M. Persona por cierto, bueno… lo refleja la Sentencia que se aporta y a ella me remito.
.
Por todo lo expuesto:
SOLICITO, en la medida que sea posible, la INTERVENCIóN de esa Institución a los efectos de poder corregir las deficiencias descritas, antes de que haya que “cerrar”, aunque seamos numantinos, la Entidad Local Menor, acosados por la discriminación, y que podamos tener los derechos mínimos que se prevén por las leyes tanto para los ciudadanos como para la E.L.M con independencia de su ideología, al fín formamos parte de un territorio, que es la provincia de Salamanca, que es la Comunidad de Castilla y León y que España. Gracias.
Para que así conste firmo la presente en Bercimuelle a cinco de noviembre de 2005.
El Alcalde Pedáneo.
37750-BERCIMUELLE (SALAMANCA)
AL PROCURADOR DEL COMúN DE CASTILLA Y LEóN
Plaza de San Marcos, 5
24001-LEóN
CIRILO HERNáNDEZ ALONSO, mayor de edad, con de.no.y. Noº 7824830te en calidad de Alcalde Pedáneo de la Entidad Local Menor de Bercimuelle, con domicilio a efectos de notificación en BERCIMUELLE, c/ Mayor, 1 (de.P. 37750) y teléfono 629066277, ante esa Institución comparezco y como mejor proceda manifiesto:
Que por medio del presente escrito quiero poner en su conocimiento, por ver si hay alguna posibilidad de solución, lo siguiente:
PRIMERO.- Bercimuelle, es una localidad de la provincia de Salamanca, que tiene aproximadamente 100 vecinos, con toda la estructura inmobiliaria de un municipio, (ayuntamiento, hogar de la tercera edad, casa del médico, consultorio, escuelas, etc...) ya que fue municipio desde el siglo XIX hasta el año 1.974, que por cuestiones ahora largas de explicar pasó a formar parte del Ayuntamiento de Puente del Congosto (SALAMANCA).
SEGUNDO.- En la actualidad es una Entidad Local Menor dependiente del municipio de Puente del Congosto en los términos establecidos por las Leyes de Régimen Local (LBRL 7/85 de 2 de abril -ámbito nacional-, y LRL de C-L 1/98 de 4 de junio -ámbito regional-), legítimamente constituida y en funcionamiento al amparo de las normas citadas desde el año 1987. (B.O.C.y L. Noº 52 de 21 de abril de 1987 página 947 ). Inscrita en el MAP el día 11/10/1991 con noº de registro 04370021. Documento 1 y 2.
TERCERO.- Desde su constitución la E.L.M. Ha funcionado normalmente, y en el aspecto económico contaba con unos presupuestos anuales de Ingresos y de Gastos que permitían realizar el cumplimiento de sus funciones y el ejercicio de sus competencias. Para el año 2001, último de los se han elaborado ascendían a 64.677, 74 euros. Documento noº 3
CUARTO.- Los ingresos de la E. L. M. Para llevar a cabo sus funciones han provenido de diversas fuentes:
-Transferencias realizadas por el Ayuntamiento de Puente Congosto.
-Tasas de Servicio de Agua, Basura, Cementerio, y otras, que bien por Ordenanzas propias o por Delegación del Ayuntamiento expresa, o tácita, se viene realizando desde el año 1995.
-Otros ingresos propios, más bien pequeños, etc.
QUINTO.- Como consecuencia de la aprobación de la Ley 1/98 de 4 de junio –de Régimen Local de Castilla y León, y para acomodarnos a ella se hace Acuerdo de Pleno de 12/11/99 (Se aporta como documento noº 4) donde se REVISA el Porcentaje de participación de Ingresos y Gastos comunes del Ayuntamiento y la Entidad Local Menor. Acuerdo que es clarificado en el año 2002 mediante Certificación del Secretario (Documento noº 5) que cada entidad local –en su demarcación territorial-, recaudaría además de lo establecido el “agua, basura, coches y licencias de obras”
SEXTO.- La Entidad Local Menor, cobra los conceptos referidos y presta todos los servicios municipales de agua, también reparación de las averías, recogida de basuras, cementerio incluidas las reformas, etc. Es decir el Ayuntamiento de Puente del Congosto de forma directa no realizaba ni realiza ninguna actividad en la Entidad Local Menor, salvo el entorpecimiento diario en la medida que pueda.
SEPTIMO.- En el año 2001, por diferentes cuestiones, la Alcaldesa de Puente fuerza que se marche la Secretaria titular del Ayuntamiento y de la E.L.M. Cuestión que ocurre el 30/09/01 y se contrata “a dedo” a una persona que finalmente no era secretario y que por estos motivos la Alcaldesa contratante y el supuesto secretario, son condenados por la Audiencia Provincial de Salamanca, mediante Sentencia que acompaño como documento noº 6. (En la actualidad se encuentra pendiente de Resolución por parte del Tribunal Constitucional). Y el individuo, sin ningún tipo de titulación comparte trabajo con el Secretario y por supuesto sigue cobrando del Ayuntamiento de Puente del Congosto por no sé que funciones podrá realizar. Es decir en un Ayuntamiento de menos de 300 habitantes tenemos secretario y administrativo. Curioso también desde que éste señor comienza a cobrar salario, y genera otros gastos de cotización, etc. Deja de cobrar la E.L.M.
OCTAVO.- En el año 2002 y como consecuencia de pesar la Alcaldesa de Puente del Congosto y el Pleno, que yo como Alcalde Pedáneo, había denunciado la situación irregular del Secretario se propone desde el Ayuntamiento modificar el Acuerdo anterior del año 1999, eliminando prácticamente los ingresos a la Entidad Local Menor. Entiendo que, dicho acuerdo, es gravemente perjudicial y se impugna, primero en vía administrativa y después en Contencioso, resolviéndose el proceso con Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Salamanca, hoy firme, de forma favorable a los intereses de la E.L.M. (documento noº 7), es decir anulando dicho acuerdo.
NOVENO.- Ante dicha situación parece razonable que el Ayuntamiento de Puente del Congosto siga aplicando el Acuerdo de 1999. Pues no es así. Desde el año 2002 no se ha transferido ni realizo obras en la Entidad Local ;Menor, llevándonos a una situación de –quiebra económica- entendida en el sentido de no poder disponer de fondos suficientes para hacer frente a los gastos comunes y ordinarios. Ello ha provocado una Demanda de Cantidad por los ejercicios económico del año 2002 y 2003, por importe de 36.000 euros. (Autos 335/2004 del Juzgado de lo Contencioso de Salamanca) a ésta fecha sin resolver (doc. Noº 8) y otra Autos 269/2005 a falta de que la demandada presente el Expediente Administrativo desde el mes de mayo de 2005. (doc. Noº 9). Tampoco en el año 2005 se nos entregado absolutamente nada.
DéCIMO.- Como dicho Ayuntamiento no trasfería las cantidades estipuladas a la E.L.M. Ya no teníamos dinero para pagar los recibos de alumbrado público y dejamos de pagar en el año 2002. Estos tres años, hasta ahora, hemos funcionado de forma que los mismos vecinos hacemos las reparaciones de las averías de agua, y hacemos las aportaciones de dinero dinero, para recaudar el gasto y poder pagar los servicios, bien por vecino, o por acometidas de agua y poder continuar sobreviviendo.
Pero a pesar de todo, en éstos momentos tenemos deudas razonables en función de poder económico de la Entidad Local Menor fundamentalmente porque estuvimos sin agua –corriente- en el verano y hubo primero intentar conseguirla de sondeos y finalmente, traerla en cisternas las cuales no hemos pagado estando pendiente si la Diputación Provincial se digna por primera vez en concedernos una subvención, y ha habido que reparar el tejado (cambiarlo) del edificio del Ayuntamiento para que no se cayera con las lluvias. En definitiva las deudas superan los12.000 euros.
UNDéCIMO.- Paralelamente a esto, para completar el acoso a la Entidad Local Menor, sigo pensando que con apoyo diferido del PP de Béjar, (no puede olvidarse que el condenado de. LUIS FRANCISCO MARTíN, es Teniente Alcalde de Béjar, por el PP) en las Elecciones Municipales normalmente la población de la E.L.M. Suele tener dos concejales o tres en el Pleno del Ayuntamiento. En las pasadas del 2003, quizá sea causalidad, pero muy sospechosa, desaparecieron los resultados electorales (no sé si en la Junta Electoral Comarcal de Béjar, o donde) de la mesa de Bercimuelle. -Había una mesa en Puente y otra en Bercimuelle, ello motivo que se perdieran 62 votos emitidos en la E.L.M. Y con ello la posibilidad de tener dos concejales la Candidatura de Bercimuelle en dicho Pleno. Como puede comprender, es que era yo el primero de lista en dicha candidatura (PSOE), y según la otra candidatura (PP) como ya manifesté anteriormente, yo insté la denuncia penal, la demanda contenciosa, y no podía ser concejal de dicho Ayuntamiento. Un resultado que estaba previsto por mi y por ello advertí a varias personas que formaban parte de la Junta Electoral lo que podía pasar, bastante antes de la celebración de la elecciones, pero finalmente llevo a la situación anteriormente prevista, que Bercimuelle no tuviera ningún representante en el Ayuntamiento de Puente. Hombre dicho así parece de Perogrullo, pero, lo que realmente parece es que estamos ante una mafia que no se puede tocar, como si estuviéramos en países donde los “señores de la guerra” son los únicos que pueden gobernar. Pero, que pase en un país supuestamente democrático, pues, cuanto menos, da que sospechar. Bien, ninguna autoridad se manifestó al respecto.
DUODéIMO.- Por parte del Ayuntamiento se incumple de forma sistemática la Ley 1/98 de Régimen Local, de Castilla y León, tanto en los pagos como en la Convocatoria a los Plenos (artº 62) . No se nos convoca a los Plenos. Ni se nos facilita la información relativa a nuestra localidad por ejemplo, entre muchas, la pedida en Doc. Noº 10.
DECIMOTERCERO.- La oficina de la Entidad Local Menor se abre por LA Sra. Secretaria dos horas cada quince días. Pero, algunos expedientes administrativos que podrían estar bien en fotocopias u original en Bercimuelle, por poner un Ejemplo copia de IBI, rústica y Urbana, catastro de fincas de Bercimuelle que están totalmente separadas (en Bercimuelle resultante de Concentración parcelaria que en Puente no está) y otros, y me refiero sólo a la parte que corresponda a los habitantes de Bercimuelle, sin embargo, se obliga ir a los vecinos de Bercimuelle a Puente, para comprobar cualquier tipo de dato, cuestión que ocurre desde que se puso denuncia por el tema del “secretario” relatado anteriormente. Antes se hacía copias u originales, depende lo que fuera y se tenían en la oficina de Bercimuelle, comp arece más lógico. La población de Bercimuelle supera la edad media de 70 años y la distancia a Puente es de 5 kilómetros. Las posibilidades de transporte, no existen, salvo el andar, porque al ser gente mayor normalmente no tiene coche. Y si éste tiene que ser el resultado para que queremos la descentralización administrativa ?
DECIMOCUARTO.- La situación de Bercimuelle, desde el punto de vista de infraestructuras es tercermundista. Hay pavimentación en menos de la mitad del casco urbano y solamente una “vereda” no toda la calle. El suministro de agua corriente no tenemos dinero para hacer una reforma y adaptarnos dentro de unos mínimos, como una sociedad moderna –si es que vivimos en ella -, requiere una reforma urgente, cualquier persona con sentido común que vea la toma del agua –corriente-, la cortaría solo verla. Es decir tomamos agua a una distancia de un kilómetro del vertido de aguas residuales –sin depurar- de Puente Congosto. El local que se utiliza como –Asociación- antiguas escuelas corren peligro de derrumbe. No hay bar ni otro lugar para juntarse los vecinos, salvo el hogar que está destinado a cuatro personas. El ayuntamiento le hemos tenido que reparar este mes antes de que se cayera, sin pagar, etc. Vamos que no sé si estamos en Castilla y León, España, Marruecos, o quizá por no tener alcalde pedáneo del partido predominante en Castilla y León, tenemos que estar condenados como el pueblo saharaui. O quizá es que sea una mal bastante generalizado.
Pues todo esto son las especiales circunstancias en las que tenemos que vivir en ésta población, aunque parezca mentira, de Castilla y León, al menos geográficamente, y en el año 2005, con conocimiento claro de la Junta y de la Diputación, -no será porque no han salido los temas en la prensa desde hace años- y sin hacer absolutamente nada para resolverlo. Entiendo que no se puede someter a un pueblo y a una población hasta el exterminio, por defender un estado de Derecho y Democrático, frente al fascismo y choriceo que se quiso hacer con contratar a de. Luis Francisco como Secretario Interventor del Ayuntamiento de Puente del Congosto, para eliminar la E.L.M. Persona por cierto, bueno… lo refleja la Sentencia que se aporta y a ella me remito.
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Por todo lo expuesto:
SOLICITO, en la medida que sea posible, la INTERVENCIóN de esa Institución a los efectos de poder corregir las deficiencias descritas, antes de que haya que “cerrar”, aunque seamos numantinos, la Entidad Local Menor, acosados por la discriminación, y que podamos tener los derechos mínimos que se prevén por las leyes tanto para los ciudadanos como para la E.L.M con independencia de su ideología, al fín formamos parte de un territorio, que es la provincia de Salamanca, que es la Comunidad de Castilla y León y que España. Gracias.
Para que así conste firmo la presente en Bercimuelle a cinco de noviembre de 2005.
El Alcalde Pedáneo.