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BERCIMUELLE: PRIMERA SENTENCIA PARA EL CONCEJAL DE CULTURA DE BEJAR...

PRIMERA SENTENCIA PARA EL CONCEJAL DE CULTURA DE BEJAR Y LA ALCALDESA DE PUENTE DEL CONGOSTO
Un año y 6 meses de prisión para los imputados en el ´caso del secretario´


El juzgado de lo Penal absuelve a los acusados del resto de delitos: prevaricación, fraude y estafa


El alcalde de Bercimuelle estudia recurrir el fallo que sólo condena por usurpación de funciones


SANTIAGO NIETO 11/11/2004


El juzgado de lo Penal número 2 de Salamanca condenó ayer al concejal del PP bejarano Luis Francisco Martín a un año de prisión e "inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo" por un delito de usurpación de funciones. El mismo hecho por el que se condena, como cómplice, a la alcaldesa de Puente del Congosto, Soledad Arana, a medio año de prisión y lo mismo de inhabilitación.

El fallo judicial del caso, que quedó visto para sentencia hace medio año, absuelve a Martín de los delitos de aceptación de nombramiento ilegal, falsificación de documento público y estafa, y a Arana la sentencia le absuelve de los delitos de prevaricación, nombramiento ilegal, falsificación de documento público, fraude y estafa, de los que fue, junto a Martín acusada por los representantes de la entidad local menor de Bercimuelle y la Fiscalía.

Se trata de la primera sentencia en el caso del secretario , por el que el concejal Luis Francisco Martín, designado por la alcaldesa de Puente del Congosto como secretario, realizó funciones como representante legal del municipio y su pedanía --Bercimuelle--, razón por la que fueron acusados de usurpación de funciones, además de los delitos mencionados, por dicha pedanía, entidad local menor dependiente del Puente del Congosto.


FALLO El fallo de la juez no se refiere a la pena de inhabilitación para ejercer cargo público, que era una de las peticiones de la acusación (ambos son representantes públicos en la actualidad). Según se detalla en el artículo 56 del Código Penal, en sentencias como el caso referido, en los que la pena impuesta es inferior a 10 años, son los magistrados los que deben imponer las penas accesorias. La única especificación de la sentencia, aparte de lo mencionado, es la ausencia de responsabilidades civiles. Los condenados no ingresarán en prisión, puesto que las penas son inferiores a dos años y ambos carecen de antecedentes.

El acusado, Luis Francisco Martín, concejal de Cultura del Partido Popular del Ayuntamiento de Béjar, manifestó ayer, en declaraciones a EL ADELANTO respetar la decisión judicial. Martín comentó desconocer el contenido concreto de la sentencia y se abstuvo de analizar a decisión de la titular del juzgado de lo Penal. Sin embargo mencionó con satisfacción conocer la absolución de los delitos mencionados: "Respeto la decisión judicial, aunque no conozco el contenido exacto de la sentencia, creo que se me absuelve de la mayoría de los delitos que me acusaban", indicó el concejal bejarano.

Añadió que la sentencia se encontraba en manos de sus abogados, quienes decidirían qué postura adoptar. Todo parece indicar que la decisión de la juez pueda ser recurrida y no sólo por la defensa.

Cirilo Hernández, alcalde pedáneo de Bercimuelle, por parte de la acusación particular, indicó que es muy probable que la sentencia, en manos de los letrados, pueda ser recurrida. Hernández manifestó que "es parcialmente satisfactoria para Bercimuelle". Según Hernández la sentencia sirve para que "los ciudadanos de Puente, algunos de Bercimuelle y otros, como el alcalde de Béjar, comprueben dónde se cometen delitos, quién los comete, y con qué dinero".

Para el alcalde pedáneo, lo importante hubiera sido que "se devuelva el dinero. Con las penas de prisión no se restituye el dinero", comentó, y añadió que en cuanto a la acusación de prevaricación "o se da o no se da, no parece prudente que se diga lo que se ha hecho y no se condene".