entonces en el plan redactado por la arquitecto y urbanismo, cuantas alturas contemplan para la localidad, en el caso de que se desee construir, o reformar una edificación de planta baja, y una altura, ¿pregunto? se puede subir una altura más.
Creo que si, de todas formas el plan está expuesto actualmente al público durante un mes, y ahí también cuenta la opinión de la corporación, no tenemos porqué cumplirlo todo a rajatabla, lo mejor es que si vienes por aquí nos lo consultes personalmente, lo que si es obligatorio desde enero de 2008, es presentar proyecto.