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MORAL DE HORNUEZ: La falsedad en el empadronamiento puede ser considerada...

La falsedad en el empadronamiento puede ser considerada infracción electoral y sancionada con multas de 30 a 600 €.Y si el ayuntamiento comprueba que las personas no residen en el municipio deben iniciar de inmediato un expediente de baja.
Información de el periodico "El País ".