REVENGA: Por ley, las Entidades Locales Menores no tienen competencias...

Por ley, las Entidades Locales Menores no tienen competencias en materia de urbanismo. Ni tampoco puede delegarlas el Ayuntamiento cabecera formando parte de un Convenio como el que tenemos establecido con Segovia desde 2006. Sin embargo, rara es la actuación urbanística que se realiza en Revenga sin que intervengamos de algún modo. Creo que en estos siete últimos años la única intervención unilateral del Ayuntamiento de Segovia ha sido la construcción del muro de rebote del frontón; aun así, tuvimos que informar sobre quién detentaba la propiedad del suelo y sobre el proceso administrativo que permitió en su día la construcción de la piscina y el frontón sobre terrenos de la Junta.
Para explicar esta aparente contradicción hemos de tener en cuenta varios factores:

* Compromiso entre caballeros, no escrito, de que en las subvenciones concedidas por otras administraciones el Ayuntamiento de Segovia asume la parte que le correspondería aportar a Revenga. Este pacto es el complemento necesario de los artículos 3 y 7 del Convenio (BOCyL de 3 de octubre de 2006) que permite a Revenga recibir un trato preferente respecto de otras poblaciones anexionadas a Segovia.
* Cultivo de las buenas relaciones con el Ayuntamiento de Segovia, no sólo a nivel político, sino también, y de modo muy determinante, con los técnicos y funcionarios municipales.
* Vigilancia constante desde el Ayuntamiento de Revenga de todas las ocasiones que pueden permitir alguna actuación: convocatorias en boletines, asuntos que se llevan a los Plenos y a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Segovia que posibiliten la inclusión de Revenga, necesidades urgentes que aparecen y que pueden encajarse dentro de los planes de obras del Ayuntamiento de Segovia, etc.

No somos competentes en lo tocante a ordenación, gestión y disciplina urbanística, pero la Ley de Régimen Local de Castilla y León nos reconoce el derecho a solicitar subvenciones para actuaciones urbanísticas (arreglo de calles, saneamientos y acometidas de agua, espacios públicos, etc.). Lógicamente, la conformidad del Ayuntamiento cabecera es necesaria y su colaboración imprescindible para poderla llevar a cabo.
Estas actuaciones, las más impactantes de cara al pueblo, conllevan un enorme trabajo, desde que se plasma la iniciativa hasta que se concluye la obra. Trabajo que para la infraestructura que tenemos en nuestro Ayuntamiento sólo es posible si hay una gran dedicación, totalmente desinteresada, de los miembros de la Junta Vecinal, especialmente del Alcalde, y una gran colaboración de funcionarios y técnicos del Ayuntamiento de Segovia. Desde luego, algo muy diferente de la forma de obrar de algunas personas que sólo exigen el arreglo del frente de su casa, les parece mal cualquier cosa que se haga, insultan y amenazan.

Me van a permitir que relate, pormenorizadamente, todo el proceso que acompaña la pavimentación y dotación de servicios a una calle. Y lo voy a referir a una, calle Costanilla, que está en fase de tramitación y, por consiguiente, tengo frescos y al día casi todos los datos. Pero todas las actuaciones anteriores (Plaza del Barruelo, calle Luciana Villagroy, saneamientos de la carretera de San Rafael y plaza del Sexmo de San Millán han sufrido un proceso muy parecido, con las particularidades y complicaciones específicas de cada caso. Inevitablemente, me tendré que referir sobre la marcha a hechos que han marcado nuestra gestión a lo largo de estos años y que se han utilizado, en este foro, en asambleas o en conversaciones de bares para difamar a la Junta Vecinal (muy específicamente, al Alcalde), para intentar poner al pueblo en nuestra contra y para provocar que tirásemos la toalla.