REVENGA: Como ya informé en otra intervención, no tenemos competencias...

Como ya informé en otra intervención, no tenemos competencias en materias de urbanismo. Por consiguiente, tampoco en asuntos de disciplina urbanística. Licencias de obras y de primer uso, edificaciones ilegales, invasiones de terreno público, alineaciones fuera de norma, vertidos en terreno público, son temas que aborda el Ayuntamiento de Segovia y es la administración competente para autorizar obras, poner soluciones cuando se detectan infracciones, sancionar a los infractores y exigir la restitución de la legalidad urbanística.
Nada más iniciarse nuestra primera legislatura, el Ayuntamiento de Segovia abrió la puerta que permitía legalizar construcciones hechas en años anteriores sin licencia, fuera de norma, o sin algunos requisitos que impedían la concesión de la licencia de primer uso. Nos consta que bastantes vecinos que iniciaron el proceso ya han llegado a término, tienen la licencia para poder habitar la vivienda y pueden hacer escrituras. Hay quien lo tiene detenido por iniciativa propia, porque no ha entregado alguno de los documentos exigidos o porque no ha transcurrido tiempo suficiente desde que se acabó la obra. Nuestra intervención en estos temas se ha reducido a indagar cómo se encontraba el expediente, cuando algún interesado nos lo ha pedido.
Cualquier construcción que se haga en Revenga ha de pasar por un conjunto de trámites bastante largo hasta recibir la licencia de obra. Ésta se otorga cuando el arquitecto municipal que lleva el expediente comprueba que todos los aspectos del proyecto se ajustan a la normativa vigente. Durante la obra se giran inspecciones en momentos puntuales (al realizar acometidas, por ejemplo), y antes de conceder la licencia de primer uso se realiza una inspección bastante completa midiendo volúmenes y alturas y comprobando que todo lo realizado se ajusta al proyecto original y a las modificaciones que hayan podido autorizarse. Sólo si es así se da la licencia.
Me lo sé muy bien porque todo esto lo he experimentado con la casa que construí. Para tranquilidad de algunos obsesionados con este tema he de decir que todo está acorde escrupulosamente con la legalidad vigente (incluida la valla) cuando empecé la obra (construcciones en borde urbano semiconsolidado en barrios incorporados). El proyecto se ajustaba desde el principio a la normativa por la sencilla razón de que di instrucciones a mi arquitecto para que antes de incluir cualquier aspecto dudoso hablara con los técnicos municipales: es mucho más eficiente hacer algo que desde el principio esté bien que no tener que andar con correcciones.
Si mi obra la hubiera planteado algún tiempo más tarde, cuando ya se estaba discutiendo el nuevo PGOU de Segovia, hubiera sido diferente, pues el terreno ahora está calificado como urbano. Como así lo estaba ya en el anterior PGOU todo el terreno comprendido entre el margen derecho de la cacera de riego de Hontoria y la calle del Manzano. Por eso, alguien que construyó antes que yo en esa zona, sin atender a la normativa, no tiene licencia de primer uso, y su casa ni siquiera aparece en los planos oficiales del PGOU (éste puede verse por internet, en segovia. es). Menos mal que las alegaciones que yo mismo expuse y que apoyaron los vecinos de esa zona, incluido éste, al que advertí personalmente, impidieron que se consolidaran una serie de calles que inicialmente estaban previstas entre la calle del Manzano y la cañada de Carrera Blanca. De no haber sido así, su casa aparecería en el medio de una calle y se habría demolido, por tratarse de una construcción ilegal sobre terreno público.
Hay más casas en Revenga construidas al amparo de la normativa emanada del anterior PGOU. En general, son todas aquellas que tienen las fachadas dentro de la finca; las edificaciones en zona urbana, ahora, están obligadas a tener la fachada exterior, junto a la acera. Incluso puede haber casos de dos construcciones contiguas con la fachada hacia dentro en la misma calle; una de ellas es legal, porque se hizo antes de que existiera esta normativa para zonas urbanas (todas, si son anteriores a 1971, cuando perdimos la condición de pueblo independiente) y en cambio, la otra, es ilegal. Creo que mi casa y dos más que están en el camino Romano son las últimas que se hicieron con la normativa anterior al actual PGOU, en el que los bordes urbanos semiconsolidados desaparecen y se convierten en zona urbana, a secas.