Pleito de la parroquia
En los folios 464 al 549 del libro grueso de este archivo, titulado: "Apeos, testimonios,
censos" están escritas multitud de copias, cuyos orígenes están en la Delegación de Hacienda de
la provincia y en el Registro de propiedad del Burgo de Osma, con motivo de la denuncia hecha
por Samuel Cascajares Benito, secretario de este Ayuntamiento Don Pedro Bueno y Llana,
médico; y Enrique Pastor Miguel, vecino de esta villa, en contra del párroco de la iglesia por
tener, según ellos, tres fincas, que por malicia del párroco, no se vendieron juntamente con todas
las demás que tenía este beneficio curado, por la Ley de Desamortización. Lleva la solicitud, al
señor administrador de propiedades, fecha 22 de Julio de 1.883.
Es el único borrón que en el siglo pasado hecharon estos tres vecinos a la católica villa de
Castillejo; aunque bien se puede afirmar que los dos promotores no habían nacido aquí y por el
cargo que ocupaban de secretario y médico arrastraron, haciendo cómplice al vecino e hijo de
este pueblo que firmó con ellos el documento de denuncia.
Las tres fincas las mandaron en testamento Juan Sanz, vecino de Moral de Hornuez
(Segovia) que falleció en aquél pueblo el día 27 de Mayo de 1.703 y Juana del Val, sepultada en
esta iglesia. Una era de tres fanegas de sembradura; otra de dos y de una la tercera.
La más grande de estas por su situación próxima al arroyo, mandó cercarla de piedra el
benemérito párroco, tantas veces citado, Don Tomás Catalina, plantando varios árboles frutales,
con objetos que en lo sucesivo fuese huerta parroquial.
Cuando se promulgó el Real Decreto de 4 de Enero de 1.867, el párroco Don Matías
Crespo, no le dio importancia, creyendo que las fincas parroquiales quedaban para siempre -
como recreo del párroco- exentas en todo y por todo; máxime que las de las parroquias
limítrofes, sus respectivos curas no hicieran más que, como él lo hizo, dar noticia de ella a la
secretaría del Obispado.
Llegaron a este pueblo, los citados médico y secretario, y por antipatía al párroco, al saber
que hacía pocos años que la finca la habían rodeado de paredes, haciéndola huerta, escribieron la
denuncia, y, a pesar de haber intervenido, primero el Excmo. Sr. Laguera y después el Excmo.
Sr. Guisasola, quedó sin huerta el párroco de esta villa y sus sucesores.
En el folio 592 está archivada la carta del Sr. Delegado de Hacienda dirigida al Sr.
Guisasola en la que le comunica que es asunto perdido; y que la culpa es del párroco, por no
haber pedido oportunamente l excepción; probando en el expediente del caso que las fincas
constituían la huerta electoral. ¡Pobre Cura! Toda la culpa a él que obró con simplicidad. No sí
los hijos de las tinieblas, que fueron muy listos; y ayudados por los de altos puestos en la
provincia -liberales todos- se frotaron con regusto las manos cantando a la puerta de la Casa
Parroquial el "Trágala".
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En los folios 464 al 549 del libro grueso de este archivo, titulado: "Apeos, testimonios,
censos" están escritas multitud de copias, cuyos orígenes están en la Delegación de Hacienda de
la provincia y en el Registro de propiedad del Burgo de Osma, con motivo de la denuncia hecha
por Samuel Cascajares Benito, secretario de este Ayuntamiento Don Pedro Bueno y Llana,
médico; y Enrique Pastor Miguel, vecino de esta villa, en contra del párroco de la iglesia por
tener, según ellos, tres fincas, que por malicia del párroco, no se vendieron juntamente con todas
las demás que tenía este beneficio curado, por la Ley de Desamortización. Lleva la solicitud, al
señor administrador de propiedades, fecha 22 de Julio de 1.883.
Es el único borrón que en el siglo pasado hecharon estos tres vecinos a la católica villa de
Castillejo; aunque bien se puede afirmar que los dos promotores no habían nacido aquí y por el
cargo que ocupaban de secretario y médico arrastraron, haciendo cómplice al vecino e hijo de
este pueblo que firmó con ellos el documento de denuncia.
Las tres fincas las mandaron en testamento Juan Sanz, vecino de Moral de Hornuez
(Segovia) que falleció en aquél pueblo el día 27 de Mayo de 1.703 y Juana del Val, sepultada en
esta iglesia. Una era de tres fanegas de sembradura; otra de dos y de una la tercera.
La más grande de estas por su situación próxima al arroyo, mandó cercarla de piedra el
benemérito párroco, tantas veces citado, Don Tomás Catalina, plantando varios árboles frutales,
con objetos que en lo sucesivo fuese huerta parroquial.
Cuando se promulgó el Real Decreto de 4 de Enero de 1.867, el párroco Don Matías
Crespo, no le dio importancia, creyendo que las fincas parroquiales quedaban para siempre -
como recreo del párroco- exentas en todo y por todo; máxime que las de las parroquias
limítrofes, sus respectivos curas no hicieran más que, como él lo hizo, dar noticia de ella a la
secretaría del Obispado.
Llegaron a este pueblo, los citados médico y secretario, y por antipatía al párroco, al saber
que hacía pocos años que la finca la habían rodeado de paredes, haciéndola huerta, escribieron la
denuncia, y, a pesar de haber intervenido, primero el Excmo. Sr. Laguera y después el Excmo.
Sr. Guisasola, quedó sin huerta el párroco de esta villa y sus sucesores.
En el folio 592 está archivada la carta del Sr. Delegado de Hacienda dirigida al Sr.
Guisasola en la que le comunica que es asunto perdido; y que la culpa es del párroco, por no
haber pedido oportunamente l excepción; probando en el expediente del caso que las fincas
constituían la huerta electoral. ¡Pobre Cura! Toda la culpa a él que obró con simplicidad. No sí
los hijos de las tinieblas, que fueron muy listos; y ayudados por los de altos puestos en la
provincia -liberales todos- se frotaron con regusto las manos cantando a la puerta de la Casa
Parroquial el "Trágala".
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