Miguel de Córdoba y Beatriz Garamato.
Sepan cuantos esta carta de obligación, vieren como yo Miguel de Córdoba, vecino del lugar de Marzales, aldea de la villa de Tordesillas, me obligo de pagar a Domingo de Bazanca mercader, a saber 3.428 maravedís de buena moneda corriente en estos reinos de Castilla, por razón de trece varas y una tercia de paño buriel negro, a 11 reales y medio vara, y por tres varas y media de cordellate verde, a siete reales vara, y por otras tres varas y media de estameña, cuatro reales menos cuartillo vara, y por una mantilla de grana blanca en 15 reales que todo montó las cuantía, prometo pagar los dichos 3.428 mrs todos juntos en una paga, para el día de san Juan de junio del año primero venidero de 1613, en la villa de Tordesillas a 13 de noviembre de 1612.
Ante mí el notario Blas Bazán, protocolo 4898, folio 370
Sepan quantos esta carta de obligación, vieren como nos Antonio Esteban y Miguel de Córdoba, vecinos de Marzales aldea de la villa de Tordesillas, nos obligamos ambos los sobre dchos dos juntamente y a mancomún a boz de uno y cada uno decimos, etc.= otorgamos y conocemos que debemos y nos obligamos a pagar a Domingo de Barainca mercader de Tordesillas, a saber 107 rs de a 34 mrs cada real, de buena moneda corriente, por razón de cinco varas y una tercia larga de paño mezclado a 20 rs la vara, etc, se lo pagaremos todos juntos en una paga el día de Nuestra Señora de agosto de este presente año de 1619, en la dha villa a 7 días del mes de mayo de 1619, siendo testigos Juan de la Bastida, Pedro Bazán, y el otorgante quién firmó, ante mí el escribano Blas Bazán. Prº 4905.
En Valladolid a 23 de noviembre de 2019: J. A. B. Juárez 10 de abril de 2020 enclaustrados por el (coronavirus)
Sepan cuantos esta carta de obligación, vieren como yo Miguel de Córdoba, vecino del lugar de Marzales, aldea de la villa de Tordesillas, me obligo de pagar a Domingo de Bazanca mercader, a saber 3.428 maravedís de buena moneda corriente en estos reinos de Castilla, por razón de trece varas y una tercia de paño buriel negro, a 11 reales y medio vara, y por tres varas y media de cordellate verde, a siete reales vara, y por otras tres varas y media de estameña, cuatro reales menos cuartillo vara, y por una mantilla de grana blanca en 15 reales que todo montó las cuantía, prometo pagar los dichos 3.428 mrs todos juntos en una paga, para el día de san Juan de junio del año primero venidero de 1613, en la villa de Tordesillas a 13 de noviembre de 1612.
Ante mí el notario Blas Bazán, protocolo 4898, folio 370
Sepan quantos esta carta de obligación, vieren como nos Antonio Esteban y Miguel de Córdoba, vecinos de Marzales aldea de la villa de Tordesillas, nos obligamos ambos los sobre dchos dos juntamente y a mancomún a boz de uno y cada uno decimos, etc.= otorgamos y conocemos que debemos y nos obligamos a pagar a Domingo de Barainca mercader de Tordesillas, a saber 107 rs de a 34 mrs cada real, de buena moneda corriente, por razón de cinco varas y una tercia larga de paño mezclado a 20 rs la vara, etc, se lo pagaremos todos juntos en una paga el día de Nuestra Señora de agosto de este presente año de 1619, en la dha villa a 7 días del mes de mayo de 1619, siendo testigos Juan de la Bastida, Pedro Bazán, y el otorgante quién firmó, ante mí el escribano Blas Bazán. Prº 4905.
En Valladolid a 23 de noviembre de 2019: J. A. B. Juárez 10 de abril de 2020 enclaustrados por el (coronavirus)