Trazó y permitió al menos tres calles cerradas.
Una de estas calles cerradas es perpendicular a los cortijos.
Otras dos calles cerradas por un extremo son la fachada anterior y posterior de las viviendas de la muralla junto a la iglesia.
Cuando se visó y aprobó ese plano en Diputación, los arquitectos parece que no quisieron ver que en la parte que da hacia el norte, faltaba una calle que uniera la calle delantera con la de atrás, aunque ni estaba, ni está edificada (a día de hoy continua en solar).
Aquel arquitecto, que propuso un plano adecuado J. A. L. por no ser persona obediente y sumisa al entonces alcalde y promotor, fue retirado de hacer trabajos en este ayuntamiento.
Así pues, una vez retirado aquel preciado arquitecto incluso el alcalde podía pleitear, haciendo como que no recordaba, o desconocía aquel proyecto visado y aprobado por él, donde al lado opuesto, lado sur, existía un espacio público cuyo nombre era" plazoleta elevada".
En su afán por no respetar aquel proyecto, perdió un juicio porque quien en base a aquel proyecto compró el solar que daba a la plaza, quería sacar ventanas
a la plazoleta.
Por entonces, aquel" Sr alcalde" DON ARCADIO GUDIÑA LOBO decía que llegaría, si era necesario, hasta Estrasburgo al alto tribunal.
Por supuesto, recurrió la Sentencia mencionada anteriormente, juicio que también perdió.
Momento que el particular aprovechó para dar luces hacia la plazoleta.
En veinte años, que han pasado, habrá tenido tiempo de regresar de Estrasburgo
una pena que no sepamos la incógnita (X) la respuesta del alto tribunal.
Últimamente, alrededor de esta pasada navidaad, el alcalde actual, mandó plantar unos arbolitos con su cepellón de vivero de casi un metro de altura; en la Plazoleta.
Aquí comienza pará mí, la incógnita (Y) quien ha aplicado, supuestamente, herbicida para que todos los arbolitos hayan muerto, a día de hoy.
Estoy seguro que no ha sido ningún juez de Estrasburgo, pero no soy capaz de despejar la ecuación.
Un saludo.
Que grande es la democracia.
Laureano Herrero.
El artículo 83.3 de la ley del suelo dice: Los propietarios de suelo urbano cederán gratuitamente, los terrenos dedicados a, calles, plazas, espacios públicos, dotaciones comunitarias. etc.
Una de estas calles cerradas es perpendicular a los cortijos.
Otras dos calles cerradas por un extremo son la fachada anterior y posterior de las viviendas de la muralla junto a la iglesia.
Cuando se visó y aprobó ese plano en Diputación, los arquitectos parece que no quisieron ver que en la parte que da hacia el norte, faltaba una calle que uniera la calle delantera con la de atrás, aunque ni estaba, ni está edificada (a día de hoy continua en solar).
Aquel arquitecto, que propuso un plano adecuado J. A. L. por no ser persona obediente y sumisa al entonces alcalde y promotor, fue retirado de hacer trabajos en este ayuntamiento.
Así pues, una vez retirado aquel preciado arquitecto incluso el alcalde podía pleitear, haciendo como que no recordaba, o desconocía aquel proyecto visado y aprobado por él, donde al lado opuesto, lado sur, existía un espacio público cuyo nombre era" plazoleta elevada".
En su afán por no respetar aquel proyecto, perdió un juicio porque quien en base a aquel proyecto compró el solar que daba a la plaza, quería sacar ventanas
a la plazoleta.
Por entonces, aquel" Sr alcalde" DON ARCADIO GUDIÑA LOBO decía que llegaría, si era necesario, hasta Estrasburgo al alto tribunal.
Por supuesto, recurrió la Sentencia mencionada anteriormente, juicio que también perdió.
Momento que el particular aprovechó para dar luces hacia la plazoleta.
En veinte años, que han pasado, habrá tenido tiempo de regresar de Estrasburgo
una pena que no sepamos la incógnita (X) la respuesta del alto tribunal.
Últimamente, alrededor de esta pasada navidaad, el alcalde actual, mandó plantar unos arbolitos con su cepellón de vivero de casi un metro de altura; en la Plazoleta.
Aquí comienza pará mí, la incógnita (Y) quien ha aplicado, supuestamente, herbicida para que todos los arbolitos hayan muerto, a día de hoy.
Estoy seguro que no ha sido ningún juez de Estrasburgo, pero no soy capaz de despejar la ecuación.
Un saludo.
Que grande es la democracia.
Laureano Herrero.
El artículo 83.3 de la ley del suelo dice: Los propietarios de suelo urbano cederán gratuitamente, los terrenos dedicados a, calles, plazas, espacios públicos, dotaciones comunitarias. etc.