DIA OCHO DIA DE LA MUJER TRABAJADORA: (III). En España, el Estatuto Municipal de 1924 reconoció el Voto femenino activo y pasivo a la mujer. Pero su forma era muy restringida y tasada: Mujeres cabeza de familia, mayores de 26 años, que no estén sujetas a la patria potestad ni tutela y sean vecinas con casa abierta en algún municipio. Es preciso que venga el Régimen Democrático con la II República para que aparezca VICTORIA KENT y CLARA CAMPOAMOR. Sus raíces de pensamiento son las mismas. La primera Directora General de Prisiones, tenía los reparos dichos sobre el clero reaccionario. La segunda quería que se otorgara el derecho ya. Fue en el Parlamento donde se debatió el asunto. Ganó la posición de CLARA CAMPOAMOR. Exposión brillante y arrolladora. Pero por desgracia llegó la Sublevación Militar con Franco. Guerra Civil (1936-1939). Y Dictadura durante Cuarenta años. No hubo Votaciones ni de la mujer ni del varón. Despues de la muerte de Franco en 1975, se inician los trámites para redactar una Constitución que ve la luz en 1978 (REFERENDUM NACIONAL). En 1977 le Ley para Reforma Política reconoció ese Derecho a la Mujer. Derecho que como no podía ser de otra forma se recogió en la Constitución actual. Y desde entonces asistimos a diferntes Elecciones con Derecho a Votar y Ser Votados, tanto la Mujer como el Hombre, mayores de edad, sin discriminación alguna. Esto es aplicable al terreno del TRABAJO: YA LO VEREMOS.