CASTROVERDE DE CAMPOS: BAJADA DE IMPUESTOS EN ANDALUCÍA:::: PÁGINA Nº 7.•...

BAJADA DE IMPUESTOS EN ANDALUCÍA:::: PÁGINA Nº 7.• Mejora la reducción propia por la donación de vivienda habitual a descendientes con discapacidad en un 99%, hasta un máximo de 250.000 euros. Además, se amplía la reducción a descendientes menores de 35 años, a personas víctimas de violencia doméstica y de terrorismo, así como a las personas afectadas, hasta un máximo de 150.000 euros.• Mejora la reducción por donación de dinero a descendientes para la adquisición de la vivienda habitual. Se incrementan los importes de la base máxima de la reducción de 120.000 a 150.000 euros y de 180.000 a 250.000 en caso de donatarios con discapacidad, se amplía la medida para cualquier vivienda habitual, sin necesidad de que se trate de la primera, y se extiende la medida a personas víctimas de violencia doméstica, personas víctimas del terrorismo, así como a las personas afectadas.• Mejora de las equiparaciones por parentesco. Se amplía el ámbito subjetivo a parejas de hecho inscritas en registros de cualquier Administración Pública, de tal forma que se consigue la equiparación plena con los cónyuges, con independencia de dónde se haya inscrito la pareja de hecho y el matrimonio, respectivamente. Con esta modificación, Andalucía sería la única comunidad que permitiría la aplicación de la reducción a parejas de hecho de inscritas en registros análogos de cualquier otra Administración Pública. • Mejora de la reducción estatal de la base imponible por la adquisición “mortis causa” e “inter vivos” de empresas individuales, negocios profesionales y participaciones en entidades. Así, se mejora el cómputo del grupo familiar en caso de entidades, pasa del segundo grado colateral hasta el 6º grado colateral; se elimina el requisito de ser la principal fuente de renta, y se amplía la reducción a cesión de capitales a terceros obtenidos mediante beneficios no distribuidos en los 10 últimos años, siempre que provengan de la realización de actividades económicas. • Se mantiene la reducción propia del 99% en las cantidades donadas a parientes hasta el tercer grado por consanguinidad o afinidad para la constitución o ampliación de una empresa individual o de un negocio profesional, hasta un máximo de un millón de euros y se mejora el plazo de mantenimiento de la empresa con independencia del grupo de parentesco. • Se crea un nuevo plazo de presentación de la autoliquidación para los hechos imponibles sujetos al Impuesto sobre Donaciones. Se establece un plazo de presentación de la autoliquidación e ingreso de la deuda tributaria junto con el documento o la declaración escrita sustitutiva del mismo de dos meses a contar desde la donación, en lugar de 30 días hábiles.,, NAZARIO MATOS..