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MALVA (Zamora)

Detalle de bordado carbajalino
Foto enviada por mjl

Cada juego tenía su época
En primavera, las tabas, la comba, el cooro, la goma, las conejeras y el marro
En invierno el cacho, en el cumbre de Mirito o en la era pedrosa
En verano corríamos por todas partes, pero a lo que más jugábamos era a las casas por las casetas del entorno del regato de las huertas
Nada mejor en este día que recordar el trabajo de las mujeres de Malva
El bordado de carbajalina de Antolina
Artículo 80.

Las sesiones plenarias de las Cámaras serán públicas, salvo acuerdo en contrario de cada Cámara, adoptado por mayoría absoluta o con arreglo al Reglamento.

CAPÍTULO II.
DE LA ELABORACIÓN DE LAS LEYES.
Artículo 81.

1. Son Leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución.

2. La aprobación, modificación o derogación de las Leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto.

Artículo 82.

1. Las Cortes Generales podrán delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de Ley sobre materias determinadas no incluidas en el artículo anterior.

2. La delegación legislativa deberá otorgarse mediante una Ley de bases cuando su objeto sea la formación de textos articulados o por una Ley ordinaria cuando se trate de refundir varios textos legales en uno solo.

3. La delegación legislativa habrá de otorgarse al Gobierno de forma expresa para materia concreta y con fijación del plazo para su ejercicio. La delegación se agota por el uso que de ella haga al Gobierno mediante la publicación de la norma correspondiente. No podrá entenderse concedida de modo implícito o por tiempo indeterminado. Tampoco podrá permitir la subdelegación a autoridades distintas del propio Gobierno.

4. Las Leyes de bases delimitarán con precisión el objeto y alcance de la delegación legislativa y los principios y criterios que han de seguirse en su ejercicio.

5. La autorización para refundir textos legales determinará el ámbito normativo a que se refiere el contenido de la delegación, especificando si se circunscribe a la mera formulación de un texto único o si se incluye la de regularizar, aclarar y armonizar los textos legales que han de ser refundidos.

6. Sin perjuicio de la competencia propia de los Tribunales, las Leyes de delegación podrán establecer en cada caso fórmulas adicionales de control. ... (ver texto completo)
Pon, tu no te preocupes que es bueno meterse con la gente un poco para descargar y en un foro no te pueden hacer daño. Además deja mensajes en Malva, míralo por ahí. Nosotros no vamos a ir a su pueblo a alimentar el foro
Va mucho por el pozo bueno, yo siempre que la veo la veo allí agachada.
De pequeños, siempre decíamos que había perdido una perra gorda... To la vida doblado, la pobre.
Y además, para verla me tuve que fijar más que la leche...
Va mucho por el pozo bueno, yo siempre que la veo la veo allí agachada.
Me queréis creer que el sábado pasado, cuando estuve en Malva, fue la única persona a la que vi, por la calle en todo el pueblo. La verdad es que no salí a la calle, pero ni en la entrada por la carretera de Toro, ni en la salida, por la de Zamora, vi a nadie más. Me chocó, porque además, estaba muy lejos de su casa: en el pozo bueno.
Y además, para verla me tuve que fijar más que la leche...
Mu bonitos los bordaos de Antolina.
Me queréis creer que el sábado pasado, cuando estuve en Malva, fue la única persona a la que vi, por la calle en todo el pueblo. La verdad es que no salí a la calle, pero ni en la entrada por la carretera de Toro, ni en la salida, por la de Zamora, vi a nadie más. Me chocó, porque además, estaba muy lejos de su casa: en el pozo bueno.
Mu bonitos los bordaos de Antolina.
Bonito el bordado ¿no?