TÍTULO IX.
DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.
Artículo 159.
1. El Tribunal Constitucional se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.
2. Los miembros del Tribunal Constitucional deberán ser nombrados entre Magistrados y Fiscales, Profesores de Universidad, funcionarios... Tio Kiko, Ramón y Andrés. En la cochera de Evencio, cuando aún había ballo y salpicaban los coches. Está hasta Ramón y todo