HERMANDADES Y COFRADÍAS
El Derecho Canónico indica que toda congregación constituida con objetivos piadosos, conformada como un cuerpo
orgánico y jerarquizado y con la aprobación de la institución eclesiástica, es una hermandad, si además se le da especial importancia a la pública manifestación religiosa se llaman cofradías (Canon 707).
El Derecho Canónico indica que toda congregación constituida con objetivos piadosos, conformada como un cuerpo
orgánico y jerarquizado y con la aprobación de la institución eclesiástica, es una hermandad, si además se le da especial importancia a la pública manifestación religiosa se llaman cofradías (Canon 707).