TIERRA DEL VINO (Fiestas del Cristo de Morales)
El Juzgado declara ilegal la construcción de doce viviendas en Peleas de Abajo
El Ayuntamiento concedió licencia a pesar de los informes técnicos contrarios y no cumplió la orden de paralización de las obras
Bloque de edificios construidos en Peleas de Abajo
S. Ramos / Peleas de Abajo.- El Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Zamora ha declarado la nulidad de la licencia municipal provisional concedida para una promoción de doce viviendas en Peleas de Abajo y ordena al Ayuntamiento el restablecimiento de la legalidad urbanística además de condenarlo en costas, tras dar la razón al ciudadano Félix Roncero Garrote, que había presentado un recurso por sentirse perjudicado por la construcción. El tribunal ordena al ayuntamiento proceder en la forma establecida en el artículo 361.4 del Decerto 22/2004, que recoge la necesidad de restablecer la legalidad urbanística, con la inclusión de un expediente sancionador y la demolición de lo indebidamente construido.
Fue el pasado 28 de febrero cuando Félix Roncero presenta una demanda contra el Ayuntamiento de Peleas por no haber actuado para proteger la legalidad urbanística perturbada con la construcción de nueva planta de doce viviendas, junto al inmueble número 5, que es la casa del demandante. El recurrente aseguraba que la construcción era contraria al planeamiento urbanístico y por tanto el Ayuntamiento debía parar la obra, mientras el Consistorio asegura que ya paralizó las mismas el 6 de septiembre de 2006 y si éstas continuaron sólo lo fueron con autorización municipal «con la finalidad de reparar los desperfectos que dicha construcción ha originado en los vecinos colindantes».
Sin embargo, una vez examinadas las actuaciones, la juez concluye que «el Ayuntamiento demandado no sólo ha incurrido en la inactividad denunciada, sino que con su actuación está infringiendo la normativa urbanística de aplicación». En la sentencia se apunta que la licencia provisional concedida el 16 de mayo de 2006 para la construcción de viviendas con garajes en la calle la Iglesia 3, Tiro de la Bola s/no y La Ronda s/no «y teniendo en cuenta la categoría de suelo sobre el que se otorga, urbano, es nula de pleno derecho al ser contraria» a lo establecido en la Ley de Urbanismo de Castilla y León y su Reglamento.
La magistrado constata también que el alcalde, Marcelo Jurado, concede la licencia municipal pese a los informes técnicos que le advierten de la imposibilidad de hacerlo al haberse aprobado inicialmente las normas urbanísticas municipales, lo que acarrera la suspensión de licencias hasta su aprobación definitiva.
El informe del técnico de Asistencia a Municipios concluye «que no puede otorgarse la licencia solicitada al prohibirse expresamente en la zona la construcción de viviendas plurifamiliares como la proyectada».
El fallo judicial constata que «nuevamente, a pesar de dicho informe, el Ayuntamiento no procede a restaurar la legalidad urbanística que con su licencia ha quedado totalmente perturbada, no dictando decreto de paralización de las obras hasta que el ahora recurrente no presenta denuncia ante el Ayuntamiento sobre la realización de las mismas». Pero es que además, constata la sentencia, las obras no solamente no se paralizaron, sino que se incrementaron y las mismas «no fueron en modo alguno para restaurar o evitar posibles daños a los edificios colindantes».
La sentencia da la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia, si bien el alcalde, Marcelo Jurado, ha anunciado que no ejercerán este derecho y acatarán el fallo, además de abrir expediente a la promotora por incumplir la orden de paralización.
El Juzgado declara ilegal la construcción de doce viviendas en Peleas de Abajo
El Ayuntamiento concedió licencia a pesar de los informes técnicos contrarios y no cumplió la orden de paralización de las obras
Bloque de edificios construidos en Peleas de Abajo
S. Ramos / Peleas de Abajo.- El Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Zamora ha declarado la nulidad de la licencia municipal provisional concedida para una promoción de doce viviendas en Peleas de Abajo y ordena al Ayuntamiento el restablecimiento de la legalidad urbanística además de condenarlo en costas, tras dar la razón al ciudadano Félix Roncero Garrote, que había presentado un recurso por sentirse perjudicado por la construcción. El tribunal ordena al ayuntamiento proceder en la forma establecida en el artículo 361.4 del Decerto 22/2004, que recoge la necesidad de restablecer la legalidad urbanística, con la inclusión de un expediente sancionador y la demolición de lo indebidamente construido.
Fue el pasado 28 de febrero cuando Félix Roncero presenta una demanda contra el Ayuntamiento de Peleas por no haber actuado para proteger la legalidad urbanística perturbada con la construcción de nueva planta de doce viviendas, junto al inmueble número 5, que es la casa del demandante. El recurrente aseguraba que la construcción era contraria al planeamiento urbanístico y por tanto el Ayuntamiento debía parar la obra, mientras el Consistorio asegura que ya paralizó las mismas el 6 de septiembre de 2006 y si éstas continuaron sólo lo fueron con autorización municipal «con la finalidad de reparar los desperfectos que dicha construcción ha originado en los vecinos colindantes».
Sin embargo, una vez examinadas las actuaciones, la juez concluye que «el Ayuntamiento demandado no sólo ha incurrido en la inactividad denunciada, sino que con su actuación está infringiendo la normativa urbanística de aplicación». En la sentencia se apunta que la licencia provisional concedida el 16 de mayo de 2006 para la construcción de viviendas con garajes en la calle la Iglesia 3, Tiro de la Bola s/no y La Ronda s/no «y teniendo en cuenta la categoría de suelo sobre el que se otorga, urbano, es nula de pleno derecho al ser contraria» a lo establecido en la Ley de Urbanismo de Castilla y León y su Reglamento.
La magistrado constata también que el alcalde, Marcelo Jurado, concede la licencia municipal pese a los informes técnicos que le advierten de la imposibilidad de hacerlo al haberse aprobado inicialmente las normas urbanísticas municipales, lo que acarrera la suspensión de licencias hasta su aprobación definitiva.
El informe del técnico de Asistencia a Municipios concluye «que no puede otorgarse la licencia solicitada al prohibirse expresamente en la zona la construcción de viviendas plurifamiliares como la proyectada».
El fallo judicial constata que «nuevamente, a pesar de dicho informe, el Ayuntamiento no procede a restaurar la legalidad urbanística que con su licencia ha quedado totalmente perturbada, no dictando decreto de paralización de las obras hasta que el ahora recurrente no presenta denuncia ante el Ayuntamiento sobre la realización de las mismas». Pero es que además, constata la sentencia, las obras no solamente no se paralizaron, sino que se incrementaron y las mismas «no fueron en modo alguno para restaurar o evitar posibles daños a los edificios colindantes».
La sentencia da la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia, si bien el alcalde, Marcelo Jurado, ha anunciado que no ejercerán este derecho y acatarán el fallo, además de abrir expediente a la promotora por incumplir la orden de paralización.