Peleas debe pagar a Caja España 956.613 euros por la residencia
La juez condena al Ayuntamiento a abonar el crédito porque obras e instalaciones revertieron a la institución
04.09.2013 | 00:55
Residencia de Peleas de Abajo. Foto L. O. Z.
S. A. El Ayuntamiento de Pelas de Abajo tendrá que abonar a Caja España-Caja Duero los 956.613,69 euros relativos al crédito hipotecario suscrito por la anterior concesionaria, Nuestra Señora del Cueto S. L., para poder realizar «las obras e instalaciones» de la residencia de ancianos, promovida por esa institución local y que revertieron a la misma cuando esta rescindió el contrato con la adjudicataria del servicio. Así lo establece la sentencia del Juzgado Contencioso de Zamora, ya firme al no haber sido recurrida, ya que el Ayuntamiento ha pasado a ser el titular de esas obras al decidir asumir la dirección y gestión del centro de mayores. El fallo obliga a «liquidar el precio de las obras e instalaciones objeto de la concesión y que hayan de pasar a la titularidad de aquella, con cancelación de las garantías y gravámenes que afectan a la concesión y, consecuentemente, con la cancelación de la hipoteca suscrita por el anterior concesionario con su amortización, debiendo abonar a la acreedora hipotecaria», es decir, a Caja España-Caja Duero, «la cantidad a la que asciende la liquidación del crédito hipotecario y que conforme a liquidación aportada por la recurrente asciende a la suma de 956.613,69 euros, a fecha 10 de febrero de 2005, siendo esta cantidad y el resto de las sumas que por subvenciones se dicen satisfechas al concesionario incumplidor». Tales cantidades, prosigue la sentencia, deben «deducirse de la valoración que se realice en pieza de liquidación y, ello, teniendo en cuenta lo previsto en el pliego de condiciones del contrato concesional, en la memoria económica que debió regir dicha contratación y reglamento de servicio aprobado por el Ayuntamiento», así como «el valor de las obras e instalaciones que han revertido a la Administración y que fueron costeadas por el concesionario, valor que conforme a informe pericial de perito judicial asciende a 4.100.000 euros, valor de suelo y de lo construido, siendo 3.827.417,09 euros el valor de lo construido». La magistrada obliga al Consistorio a liquidar la deuda con la concesionaria, de acuerdo con el valor que las obras e instalaciones tendrían cuando decidió rescindir el contrato, «dado que a partir de esa fecha el Ayuntamiento se hizo cargo de la gestión directa del servicio y que la tardanza en la liquidación de la concesión es única y exclusivamente imputable a la Administración demandada».
Todo ello no obsta, sin embargo, apunta la juez, para que la institución local pueda «determinar los daños y perjuicios que le haya podido originar» la concesionaria por el «incumplimiento del contrato», cuestión que solo afectaría a estas partes y «no a terceros», en referencia a acreedores de la Nuestra Señora del Cueto.
La juez condena al Ayuntamiento a abonar el crédito porque obras e instalaciones revertieron a la institución
04.09.2013 | 00:55
Residencia de Peleas de Abajo. Foto L. O. Z.
S. A. El Ayuntamiento de Pelas de Abajo tendrá que abonar a Caja España-Caja Duero los 956.613,69 euros relativos al crédito hipotecario suscrito por la anterior concesionaria, Nuestra Señora del Cueto S. L., para poder realizar «las obras e instalaciones» de la residencia de ancianos, promovida por esa institución local y que revertieron a la misma cuando esta rescindió el contrato con la adjudicataria del servicio. Así lo establece la sentencia del Juzgado Contencioso de Zamora, ya firme al no haber sido recurrida, ya que el Ayuntamiento ha pasado a ser el titular de esas obras al decidir asumir la dirección y gestión del centro de mayores. El fallo obliga a «liquidar el precio de las obras e instalaciones objeto de la concesión y que hayan de pasar a la titularidad de aquella, con cancelación de las garantías y gravámenes que afectan a la concesión y, consecuentemente, con la cancelación de la hipoteca suscrita por el anterior concesionario con su amortización, debiendo abonar a la acreedora hipotecaria», es decir, a Caja España-Caja Duero, «la cantidad a la que asciende la liquidación del crédito hipotecario y que conforme a liquidación aportada por la recurrente asciende a la suma de 956.613,69 euros, a fecha 10 de febrero de 2005, siendo esta cantidad y el resto de las sumas que por subvenciones se dicen satisfechas al concesionario incumplidor». Tales cantidades, prosigue la sentencia, deben «deducirse de la valoración que se realice en pieza de liquidación y, ello, teniendo en cuenta lo previsto en el pliego de condiciones del contrato concesional, en la memoria económica que debió regir dicha contratación y reglamento de servicio aprobado por el Ayuntamiento», así como «el valor de las obras e instalaciones que han revertido a la Administración y que fueron costeadas por el concesionario, valor que conforme a informe pericial de perito judicial asciende a 4.100.000 euros, valor de suelo y de lo construido, siendo 3.827.417,09 euros el valor de lo construido». La magistrada obliga al Consistorio a liquidar la deuda con la concesionaria, de acuerdo con el valor que las obras e instalaciones tendrían cuando decidió rescindir el contrato, «dado que a partir de esa fecha el Ayuntamiento se hizo cargo de la gestión directa del servicio y que la tardanza en la liquidación de la concesión es única y exclusivamente imputable a la Administración demandada».
Todo ello no obsta, sin embargo, apunta la juez, para que la institución local pueda «determinar los daños y perjuicios que le haya podido originar» la concesionaria por el «incumplimiento del contrato», cuestión que solo afectaría a estas partes y «no a terceros», en referencia a acreedores de la Nuestra Señora del Cueto.