El ex director de banca condenado a 21 meses por estafar un millón, elude la cárcel
La Audiencia admite la ludopatía para reducir la pena al acusado, que «abusó de las relaciones personales con sus clientes» para sustraer dinero
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El ex director de la entidad de ahorro durante su testificación en el juicio celebrado en mayo en la Audiencia.
Foto L. O. Z.
SUSANA ARIZAGA La ludopatía que le impulsaba a obtener dinero para jugar, el reconocimiento de la estafa de 890.000 euros (que todavía está pagando) y la colaboración para facilitar la relación de los clientes, de la entidad de ahorro que dirigió en Villanueva del Campo le han permitido eludir la cárcel, al ser condenado sólo a 21 meses de prisión por la Audiencia Provincial por la estafa de un millón de euros y la falsificación de firmas y documentos, frente a los cuatro años que exigía la Fiscalía.
La entidad de ahorro exigía seis años de reclusión, al igual que el abogado de dos hermanos a los que extrajo de su cuenta 56.050 euros que ahora deberá devolver con intereses, de acuerdo con la sentencia impuesta por los magistrados del Tribunal provincial. A la caja de ahorros, con la que llegó a un acuerdo para prejubilarse y devolver el dinero estafado durante veinte años de trabajo en la misma sucursal, deberá reintegrarle 137.106 euros. Se trata de dinero de sus clientes que no incluyó en el amplio listado firmado ante notario, en el que describía lo que se había «apropiado» de las cuentas, gracias al «abuso de relaciones personales o aprovechamiento de su credibilidad profesional», destaca el fallo judicial. Y subraya que «es obvio que el acusado», cuyo nombre responde a las iniciales de J. B. E., no sólo se valió de su cargo como director de la entidad, sino que entabló «relaciones personales» con los titulares de cuentas de ahorro que nunca registró informáticamente en la entidad (las rellenaba con la máquina de escribir) o de fondos con los que se hizo tras falsificar la firma de los usuarios, lo que constituye una agravante de la pena de cárcel a imponer.
Esa conducta, descubierta el 23 de marzo de 2007, conduce en la sentencia a afirmar que, «prevaliéndose de la confianza que en él tenían depositada los clientes, muchos de edad avanzada y algunos ya fallecidos», el procesado «logró que éstos, que eran atendidos personalmente por él, se dejaran asesorar, facilitando así sus propósitos», es decir, hacerse con el dinero de aquellos para, según aseguró en el juicio celebrado el 24 de mayo, jugárselo en «las quinielas, la bonoloto, la primitiva... El juego tiró de mí», justificaría en su comparecencia ante el Tribunal, una adicción que le ha servido como atenuante de su conducta, porque padecía «una alteración mental por un trastorno de ludopatía mixta en personalidad inmadura, inestable, sensitiva dependiente y psicasténica, con un déficit de control de impulsos», según el informe del psicólogo que le ha tratado y que se traduce en «un déficit volitivo», ratificó el forense, para poder evitar el vicio del juego. El condenado aseguró que a partir de 1993 la ludopatía se apoderó de su voluntad y que llegó a jugar «más de 100 euros diarios». Estas circunstancias conllevan la «disminución de las bases de imputabilidad» penal, lo que implica la reducción de la condena.
Los magistrados desestiman como cualificadas las atenuantes de colaboración y de reposición del daño causado, puesto que la entidad hubo de devolver deudas no reconocidas por el procesado (137.106 euros) y porque los usuarios estafados pudieron recuperar el dinero sólo bajo las condiciones impuestas por la caja que en algunos casos les negaba la posibilidad de hacer uso de las cuantías de forma inmediata a su reintegro en las cuentas personales.
La Audiencia admite la ludopatía para reducir la pena al acusado, que «abusó de las relaciones personales con sus clientes» para sustraer dinero
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El ex director de la entidad de ahorro durante su testificación en el juicio celebrado en mayo en la Audiencia.
Foto L. O. Z.
SUSANA ARIZAGA La ludopatía que le impulsaba a obtener dinero para jugar, el reconocimiento de la estafa de 890.000 euros (que todavía está pagando) y la colaboración para facilitar la relación de los clientes, de la entidad de ahorro que dirigió en Villanueva del Campo le han permitido eludir la cárcel, al ser condenado sólo a 21 meses de prisión por la Audiencia Provincial por la estafa de un millón de euros y la falsificación de firmas y documentos, frente a los cuatro años que exigía la Fiscalía.
La entidad de ahorro exigía seis años de reclusión, al igual que el abogado de dos hermanos a los que extrajo de su cuenta 56.050 euros que ahora deberá devolver con intereses, de acuerdo con la sentencia impuesta por los magistrados del Tribunal provincial. A la caja de ahorros, con la que llegó a un acuerdo para prejubilarse y devolver el dinero estafado durante veinte años de trabajo en la misma sucursal, deberá reintegrarle 137.106 euros. Se trata de dinero de sus clientes que no incluyó en el amplio listado firmado ante notario, en el que describía lo que se había «apropiado» de las cuentas, gracias al «abuso de relaciones personales o aprovechamiento de su credibilidad profesional», destaca el fallo judicial. Y subraya que «es obvio que el acusado», cuyo nombre responde a las iniciales de J. B. E., no sólo se valió de su cargo como director de la entidad, sino que entabló «relaciones personales» con los titulares de cuentas de ahorro que nunca registró informáticamente en la entidad (las rellenaba con la máquina de escribir) o de fondos con los que se hizo tras falsificar la firma de los usuarios, lo que constituye una agravante de la pena de cárcel a imponer.
Esa conducta, descubierta el 23 de marzo de 2007, conduce en la sentencia a afirmar que, «prevaliéndose de la confianza que en él tenían depositada los clientes, muchos de edad avanzada y algunos ya fallecidos», el procesado «logró que éstos, que eran atendidos personalmente por él, se dejaran asesorar, facilitando así sus propósitos», es decir, hacerse con el dinero de aquellos para, según aseguró en el juicio celebrado el 24 de mayo, jugárselo en «las quinielas, la bonoloto, la primitiva... El juego tiró de mí», justificaría en su comparecencia ante el Tribunal, una adicción que le ha servido como atenuante de su conducta, porque padecía «una alteración mental por un trastorno de ludopatía mixta en personalidad inmadura, inestable, sensitiva dependiente y psicasténica, con un déficit de control de impulsos», según el informe del psicólogo que le ha tratado y que se traduce en «un déficit volitivo», ratificó el forense, para poder evitar el vicio del juego. El condenado aseguró que a partir de 1993 la ludopatía se apoderó de su voluntad y que llegó a jugar «más de 100 euros diarios». Estas circunstancias conllevan la «disminución de las bases de imputabilidad» penal, lo que implica la reducción de la condena.
Los magistrados desestiman como cualificadas las atenuantes de colaboración y de reposición del daño causado, puesto que la entidad hubo de devolver deudas no reconocidas por el procesado (137.106 euros) y porque los usuarios estafados pudieron recuperar el dinero sólo bajo las condiciones impuestas por la caja que en algunos casos les negaba la posibilidad de hacer uso de las cuantías de forma inmediata a su reintegro en las cuentas personales.