Las parejas de hecho se han convertido en una solución para el problema de muchos inmigrantes en situación irregular. Un cambio en la normativa permite, desde noviembre de 2010, que las parejas inscritas en registros municipales puedan pedir la tarjeta de residencia de familiar comunitario, que abre las puertas al mercado laboral y la residencia en España y a moverse libremente por Europa. Hasta ese momento solo podían pedirlo los matrimonios, civiles o canónicos. El cambio normativo ha derivado en un incremento de las uniones de hecho en las que un miembro es inmigrante irregular, y el fenómeno ha hecho saltar las alarmas de la policía.
La situación ha llevado a la Secretaría General de Inmigración y Emigración a dictar una nota interna, a la que ha tenido acceso este diario, en la que insta a las Delegaciones del Gobierno y a las Subdelegaciones, que son las que reciben los expedientes y emiten las tarjetas, a que, en cuanto una unión se les antoje fraudulenta, lo comuniquen a las brigadas de Extranjería y dejen “la solicitud pendiente de contestación” a la espera de lo que diga la policía. “En el caso de que existan sospechas razonables de la existencia de un presunto abuso, fraude o irregularidad (por ejemplo, dudas de si el matrimonio se ha disuelto o anulado, sospecha de que el familiar se ha ausentado del territorio español por un periodo superior a seis meses en un año...); la Oficina de Extranjería no expedirá al familiar de ciudadano de la Unión la tarjeta de residencia permanente, tras verificar la duración de la residencia, hasta que no queden acreditados fehacientemente los requisitos establecidos”.
Registrarse como pareja de hecho en un Ayuntamiento es un trámite sencillo: la persona acude con otra a un consistorio cualquiera, presentan un documento que acredite que al menos uno de ellos está empadronado en el municipio, son solteros, mayores de edad y piden que les inscriban como pareja de hecho en el registro municipal. Si uno de los dos es extracomunitario y no tienen los papeles en regla, esa unión le sirve para pedir la tarjeta de familiar de residente comunitario.
En ocasiones, basta con una declaración jurada de un miembro de la pareja para acreditar la soltería, explican fuentes policiales. Otros Ayuntamientos, como ocurre en la Comunidad de Madrid, exigen además que se acrediten dos años de convivencia.
La situación ha llevado a la Secretaría General de Inmigración y Emigración a dictar una nota interna, a la que ha tenido acceso este diario, en la que insta a las Delegaciones del Gobierno y a las Subdelegaciones, que son las que reciben los expedientes y emiten las tarjetas, a que, en cuanto una unión se les antoje fraudulenta, lo comuniquen a las brigadas de Extranjería y dejen “la solicitud pendiente de contestación” a la espera de lo que diga la policía. “En el caso de que existan sospechas razonables de la existencia de un presunto abuso, fraude o irregularidad (por ejemplo, dudas de si el matrimonio se ha disuelto o anulado, sospecha de que el familiar se ha ausentado del territorio español por un periodo superior a seis meses en un año...); la Oficina de Extranjería no expedirá al familiar de ciudadano de la Unión la tarjeta de residencia permanente, tras verificar la duración de la residencia, hasta que no queden acreditados fehacientemente los requisitos establecidos”.
Registrarse como pareja de hecho en un Ayuntamiento es un trámite sencillo: la persona acude con otra a un consistorio cualquiera, presentan un documento que acredite que al menos uno de ellos está empadronado en el municipio, son solteros, mayores de edad y piden que les inscriban como pareja de hecho en el registro municipal. Si uno de los dos es extracomunitario y no tienen los papeles en regla, esa unión le sirve para pedir la tarjeta de familiar de residente comunitario.
En ocasiones, basta con una declaración jurada de un miembro de la pareja para acreditar la soltería, explican fuentes policiales. Otros Ayuntamientos, como ocurre en la Comunidad de Madrid, exigen además que se acrediten dos años de convivencia.