La Justicia decidirá si un alcalde es más autoridad que la Guardia Civil
Un agente de la Benemérita denunció al regidor de Villanueva por desobedecer y mover un vehículo calcinado
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El alcalde Manuel Febrero (izquierda) durante las fiestas de 2010.
Foto L. O. Z.
S. ARIZAGA La justicia deberá decidir si la autoridad de un alcalde prima sobre la de la Guardia Civil. Eso se ventiló en el juicio celebrado en Villalpando tras la denuncia de un agente de la Benemérita al regidor municipal por desobedecerle cuando le prohibió mover un vehículo calcinado en plena calle y cuyo fuego tuvieron que sofocar el regidor y los vecinos, ante la tardanza de los bomberos y para evitar daños mayores.
El alcalde, que se enfrenta a una simbólica multa de 60 euros, tomó la determinación de retirar el vehículo que se había incendiado para evitar el riesgo a otros vehículos, ya que se hallaba en la intersección de dos calles. El alcalde desoyó al guardia civil cuando le indicó que el método para llevarse el vehículo no era el utilizado y que se debía esperar a la llegada de la grúa del seguro.
Villanueva se encontraba en plenas fiestas, ese 15 de septiembre de 2010, de hecho esa tarde había habido un espectáculo de toros, por lo que la aglomeración de ciudadanos era importante y el tráfico también, lo que llevó al presidente de la Corporación a tomar la decisión de sacar el turismo incendiado fuera del casco urbano. Para ello contó con la ayuda de un concejal del Ayuntamiento que utilizó su tractor. El resultado de tal rebelión, ocurrida entre las 20.30 y las 21.00 horas, fue la denuncia del agente, que se sintió desautorizado. Vecinos y visitantes fueron testigos de un enfrentamiento entre las dos autoridades públicas.
El abogado del alcalde exige su absolución, puesto que la actuación de su cliente fue acorde con la Ley de Seguridad Vial, que en su artículo 7 permite que la autoridad competente, en este caso el alcalde, ordene la retirada de vehículos de la vía pública cuando obstaculicen o dificulten o constituyan un peligro para la circulación. Y cuestiona que sea la Guardia Civil la competente para determinar si se podía o no retirar el vehículo sin que llegara la grúa. Agrega que de haber dispuesto de policía local, esos funcionarios municipales habrían seguido las directrices del regidor y su superior.
Asimismo, alega el difícil papel que se ven obligados a cumplir los alcaldes de municipios pequeños, con la asunción de funciones que a menudo no les competen, pero que son necesarias para preservar los intereses generales.
Al letrado le llama la atención especialmente que el agente no objetara nada cuando el responsable de la Corporación y el resto de vecinos tuvieron que ponerse manos a la obra para apagar el fuego.
Un agente de la Benemérita denunció al regidor de Villanueva por desobedecer y mover un vehículo calcinado
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El alcalde Manuel Febrero (izquierda) durante las fiestas de 2010.
Foto L. O. Z.
S. ARIZAGA La justicia deberá decidir si la autoridad de un alcalde prima sobre la de la Guardia Civil. Eso se ventiló en el juicio celebrado en Villalpando tras la denuncia de un agente de la Benemérita al regidor municipal por desobedecerle cuando le prohibió mover un vehículo calcinado en plena calle y cuyo fuego tuvieron que sofocar el regidor y los vecinos, ante la tardanza de los bomberos y para evitar daños mayores.
El alcalde, que se enfrenta a una simbólica multa de 60 euros, tomó la determinación de retirar el vehículo que se había incendiado para evitar el riesgo a otros vehículos, ya que se hallaba en la intersección de dos calles. El alcalde desoyó al guardia civil cuando le indicó que el método para llevarse el vehículo no era el utilizado y que se debía esperar a la llegada de la grúa del seguro.
Villanueva se encontraba en plenas fiestas, ese 15 de septiembre de 2010, de hecho esa tarde había habido un espectáculo de toros, por lo que la aglomeración de ciudadanos era importante y el tráfico también, lo que llevó al presidente de la Corporación a tomar la decisión de sacar el turismo incendiado fuera del casco urbano. Para ello contó con la ayuda de un concejal del Ayuntamiento que utilizó su tractor. El resultado de tal rebelión, ocurrida entre las 20.30 y las 21.00 horas, fue la denuncia del agente, que se sintió desautorizado. Vecinos y visitantes fueron testigos de un enfrentamiento entre las dos autoridades públicas.
El abogado del alcalde exige su absolución, puesto que la actuación de su cliente fue acorde con la Ley de Seguridad Vial, que en su artículo 7 permite que la autoridad competente, en este caso el alcalde, ordene la retirada de vehículos de la vía pública cuando obstaculicen o dificulten o constituyan un peligro para la circulación. Y cuestiona que sea la Guardia Civil la competente para determinar si se podía o no retirar el vehículo sin que llegara la grúa. Agrega que de haber dispuesto de policía local, esos funcionarios municipales habrían seguido las directrices del regidor y su superior.
Asimismo, alega el difícil papel que se ven obligados a cumplir los alcaldes de municipios pequeños, con la asunción de funciones que a menudo no les competen, pero que son necesarias para preservar los intereses generales.
Al letrado le llama la atención especialmente que el agente no objetara nada cuando el responsable de la Corporación y el resto de vecinos tuvieron que ponerse manos a la obra para apagar el fuego.