Si tal como decís que se ha aprobado un planeamiento parcial sin tener en cuenta el art 16 1º el cual se refiere a la imposibilidad de transformar el suelo mediante la edificación por razones de riesgos naturales SUELO DE ESPECIAL PROTECCION lo mejor que se puede hacer es comunicarlo por escrito a la CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y AL AYUNTAMIENTO, para a posteriori poder exigir responsabilidades en caso de ser procedente a quien lo autorizó u omitio en sus informes.