(PSOE Perales de Tajuña)
AL SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL
AYUNTAMIENTO DE PERALES DE TAJUñA
Los Concejales del Ayuntamiento de Perales de Tajuña (Madrid) Don Juan Antonio Montegrifo Fernández, Doña Agustina Monzón Sánchez, Don Benito Garcia Díaz y Don José Antonio Ortega Bucero, integrantes del grupo municipal socialista, que superan la cuarta parte del numero legal de miembros exigido por el artículo 46.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en la redacción establecida por la Ley 11/1999, de 21 de abril.
EXPONEN:
QUE, en el pleno ordinario de 25 de noviembre de 2005 se aprobó por unanimidad de los dos Grupos Políticos (PP/PSOE) que componen la corporación, y por medio de una moción de urgencia del Equipo de Gobierno Local, solicitar a la Comunidad de Madrid la aplicación del Art. 70 de la L.S.C.M. Para suspender las Normas de 1977 vigentes en nuestro municipio, determinándose claramente que en las Normas Transitorias resultantes de esta suspensión, tal y como prevé el mismo artículo mencionado de la L.S.C.M., únicamente se deberá incluir el ámbito que comprende el CASCO URBANO Y EL POLíGONO DE MIRABUENO, al objeto de dar continuidad y agilidad a las licencias de obras y conseguir un tejido industrial.
QUE, la Dirección General de Urbanismo y Planificación Regional, mediante escrito de 30 de noviembre de 2005, comunica al Ayuntamiento de Perales de Tajuña su intención de proponer al órgano competente la adopción de las medidas procedentes para la suspensión parcial del planeamiento vigente en la actualidad en el municipio de Perales de Tajuña y demás medidas de aplicación previstas en el artículo 70 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Seguidamente se otorgó trámite de audiencia al Ayuntamiento de Perales de Tajuña por el plazo de diez días, sin que durante dicho periodo éste formulara alegaciones. El Equipo de Gobierno Local no contó con el Grupo Socialista en la mencionada audiencia.
QUE, por medio de RESOLUCIóN de 5 de mayo de 2006, la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, hace pública la Orden por la que se aprueba la suspensión cautelar parcial de las Normas Complementarias y Subsidiarias del año 1977 del término municipal de Perales de Tajuña y la apertura del trámite de información pública durante un mes de las Normas Transitorias de aplicación en sustitución de las suspendidas. Dicho plazo se cumplió el pasado 12 de junio de 2006.
QUE, una vez finalizado el período de información pública, se dará traslado del presente expediente junto con el texto de las citadas Normas de Ordenación al Ayuntamiento de Perales de Tajuña para su conocimiento e informe y, en su caso, formular las alegaciones que estime oportunas en el plazo de quince días.
QUE, siendo conscientes de la importancia que supone la ordenación urbanística del municipio de Perales de Tajuña y la creación de una zona industrial que desarrolle la creación de puestos de trabajo y la reactivación socio-económica de nuestra localidad.
Es por lo que:
SOLICITAMOS:
A tenor de la normativa indicada, la convocatoria y celebración de una Sesión Plenaria Extraordinaria con la suficiente antelación para que los acuerdos adoptados resulten eficaces en el Organismo competente de la Comunidad de Madrid, con los siguientes puntos del Orden del Día:
1).- ámbito de aplicación de las Normas Transitorias.
2).- Análisis de la ordenación de las Normas Transitorias
3).- Alegaciones presentadas en periodo de información pública y aquellas otras a presentar por el Ayuntamiento.
Perales de Tajuña, a 8 de julio de 2006.
AL SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL
AYUNTAMIENTO DE PERALES DE TAJUñA
Los Concejales del Ayuntamiento de Perales de Tajuña (Madrid) Don Juan Antonio Montegrifo Fernández, Doña Agustina Monzón Sánchez, Don Benito Garcia Díaz y Don José Antonio Ortega Bucero, integrantes del grupo municipal socialista, que superan la cuarta parte del numero legal de miembros exigido por el artículo 46.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en la redacción establecida por la Ley 11/1999, de 21 de abril.
EXPONEN:
QUE, en el pleno ordinario de 25 de noviembre de 2005 se aprobó por unanimidad de los dos Grupos Políticos (PP/PSOE) que componen la corporación, y por medio de una moción de urgencia del Equipo de Gobierno Local, solicitar a la Comunidad de Madrid la aplicación del Art. 70 de la L.S.C.M. Para suspender las Normas de 1977 vigentes en nuestro municipio, determinándose claramente que en las Normas Transitorias resultantes de esta suspensión, tal y como prevé el mismo artículo mencionado de la L.S.C.M., únicamente se deberá incluir el ámbito que comprende el CASCO URBANO Y EL POLíGONO DE MIRABUENO, al objeto de dar continuidad y agilidad a las licencias de obras y conseguir un tejido industrial.
QUE, la Dirección General de Urbanismo y Planificación Regional, mediante escrito de 30 de noviembre de 2005, comunica al Ayuntamiento de Perales de Tajuña su intención de proponer al órgano competente la adopción de las medidas procedentes para la suspensión parcial del planeamiento vigente en la actualidad en el municipio de Perales de Tajuña y demás medidas de aplicación previstas en el artículo 70 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Seguidamente se otorgó trámite de audiencia al Ayuntamiento de Perales de Tajuña por el plazo de diez días, sin que durante dicho periodo éste formulara alegaciones. El Equipo de Gobierno Local no contó con el Grupo Socialista en la mencionada audiencia.
QUE, por medio de RESOLUCIóN de 5 de mayo de 2006, la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, hace pública la Orden por la que se aprueba la suspensión cautelar parcial de las Normas Complementarias y Subsidiarias del año 1977 del término municipal de Perales de Tajuña y la apertura del trámite de información pública durante un mes de las Normas Transitorias de aplicación en sustitución de las suspendidas. Dicho plazo se cumplió el pasado 12 de junio de 2006.
QUE, una vez finalizado el período de información pública, se dará traslado del presente expediente junto con el texto de las citadas Normas de Ordenación al Ayuntamiento de Perales de Tajuña para su conocimiento e informe y, en su caso, formular las alegaciones que estime oportunas en el plazo de quince días.
QUE, siendo conscientes de la importancia que supone la ordenación urbanística del municipio de Perales de Tajuña y la creación de una zona industrial que desarrolle la creación de puestos de trabajo y la reactivación socio-económica de nuestra localidad.
Es por lo que:
SOLICITAMOS:
A tenor de la normativa indicada, la convocatoria y celebración de una Sesión Plenaria Extraordinaria con la suficiente antelación para que los acuerdos adoptados resulten eficaces en el Organismo competente de la Comunidad de Madrid, con los siguientes puntos del Orden del Día:
1).- ámbito de aplicación de las Normas Transitorias.
2).- Análisis de la ordenación de las Normas Transitorias
3).- Alegaciones presentadas en periodo de información pública y aquellas otras a presentar por el Ayuntamiento.
Perales de Tajuña, a 8 de julio de 2006.