Nunca está de más recordar a los vecinos que un animal doméstico TIENE QUE permanecer dentro de su hogar, no a la intemperie en una terraza o balcón.
Durante las horas de noche, aparte de ser una enorme molestia para los vecinos, una ordenanza prohíbe tajantemente esta práctica.
Ley 1 /1990 de 1 febrero, de protección de los animales domésticos:
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Punto 2. Se prohíbe:
l. Mantener animales en terrazas, jardines o patios en horario nocturno, cuando ocasionen molestias evidentes a los vecinos.
Sería de agradecer que todos tomáramos conciencia y fuésemos más respetuosos con nuestros vecinos.
Durante las horas de noche, aparte de ser una enorme molestia para los vecinos, una ordenanza prohíbe tajantemente esta práctica.
Ley 1 /1990 de 1 febrero, de protección de los animales domésticos:
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Punto 2. Se prohíbe:
l. Mantener animales en terrazas, jardines o patios en horario nocturno, cuando ocasionen molestias evidentes a los vecinos.
Sería de agradecer que todos tomáramos conciencia y fuésemos más respetuosos con nuestros vecinos.