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ALGUAZAS: El juzgado número 4 de Murcia ha admitido a trámite...

El juzgado número 4 de Murcia ha admitido a trámite la querella criminal interpuesta por la Asociación “Entrecauces” para la Conservación del Patrimonio Cultural, Histórico y Natural de la Vega Media contra los responsables de “la construcción ilegal de un mesón-restaurante en suelo protegido de huerta y en el entorno BIC de la Torre de los Moros en Alguazas”. El Juzgado llamará a declarar a los responsables políticos, entre los que se encuentran el que fue Director General de Cultura en la fecha en la que se denunció los comienzos de la obra, Fernando Armario Sánchez, así como al hasta hace poco alcalde de Alguazas, José Antonio Fernández Lladó y a todos los concejales del Partido Popular del ayuntamiento, que votaron a favor de recalificar la zona como urbanizable: Manuel Asís Vicente, Antonio Alarcón Cantero, Isabel Felisa Zamora Palacios, Antonio Eduardo García Gallego, Joaquín Vicente Ruiz, y Santos Meseguer Ortiz.


Igualmente están implicados en la querella y tendrán que prestar declaración la promotora de la obra y el constructor de la obra, así como los arquitectos responsables.

El 16 de marzo de 2001 el Ayuntamiento de Alguazas, con los querellados actuando como alcalde y concejales del grupo popular, habían acordado recalificar provisionalmente los terrenos, de la también querellada Consuelo Arnaldos, como urbanizables con la calificación de suelo comercial privado con uso previsto de restaurante y cafetería, “sin justificación lógica alguna. Este hecho no se ha realizado con el resto de vecinos, lo que supone a juicio de esta asociación un agravio comparativo y una actitud de favor a un particular y para una actividad lucrativa”, afirma Carmen Gil, portavoz del colectivo Entrecauces.

El 5 de abril de 2002 el pleno del Ayuntamiento de Alguazas declaró de interés público municipal la construcción de un restaurante en el entorno de la Torre de los Moros, “lo que supone otro agravio comparativo para una actividad privada y lucrativa”, según esta misma fuente. En esa fecha, el entonces alcalde, José Antonio Fernández Lladó solicitó de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia autorización para construcción, que fue autorizada el 22 de noviembre de 2002 por el Director General de Cultura. Esta resolución es “algo totalmente inexplicable y que incumple los artículo 18 - Un inmueble declarado de Bien de Interés Cultural es inseparable de su entorno, entendiendo éste como la inseparable conexión existente entre el monumento y el medio ambiente- , y está claro que la construcción de una gran obra no es lo más adecuado a un entorno agrícola y natural como es el que hasta ahora rodeaba a esta monumento y 19.3 de Patrimonio Histórico Español, “que dice que se prohibirá cualquier construcción que altere el carácter de los inmuebles o perturbe su contemplación”.

Entrecauces he pedido que se apliquen estos delitios que están tipificados en el artículo 319 del Código Penal, que dice que “se impondrán las penas de prisión de seis meses a tres años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de seis meses a tres años, a lo promotores, constructores o técnicos directores que lleven a cabo una construcción no autorizada en suelos destinados a viales zonas verdes, bienes de dominio público o lugares que tengan legal o administrativamente reconocido su valor paisajístico, ecológico, artístico, histórico o cultural, o por los mismos motivos hayan sido considerados de especial protección”

Los hechos fueron denunciados en la primavera de 2002 con la presentación de más de medio centenar de firmas por vecinos de la zona y ciudadanos de otros municipios limítrofes “sensibles a la preservación de nuestro pasado y que sienten que se ha cometido un delito contra un bien común”.

La Asociación denunció también el 15 de abril de 2003, casi un año después de ser denunciadas las obras y “con la obra ilegal prácticamente finalizada, el servicio de inspección urbanística del Ayuntamiento de Alguazas para cubrirse las espaldas ante las continuas denuncias realizadas por numerosas personas, elevó informe en que daba cuenta de que la querellada, actuando como promotora, estaba llevando a cabo una edificación ilegal en el doble sentido de ejecutarla sobre suelo no urbanizable y tratarse de una construcción no autorizable, pero no cita que dicha edificación se había llevado a cabo en el entorno especialmente protegido de un Bien de Interés Cultural. Se trataba de una obra ilegal de 225 metros cuadrados de planta sótano, sobre la que se elevan otros 154’44 metros cuadrados en planta y otros tantos en primera planta lo que arrojaba un total de 534 metros cuadrado de construcción sobre una parcela de 1.585 metros. Una gran barbaridad en una zona no urbanizable”.

Carmen Gil señala que “ni hubo supervisión arqueológica ni se dijo nada a las autoridades de la gran cantidad de restos arqueológicos que afloraron durante la realización de las obras y que fueron llevados por camiones a altas horas de la noche a zonas que la Asociación Entrecauces desconoce”.

La Asociación Entrecauces solicita también el derribo de la obra y la restauración de la zona a su estado original.