GATA: l. con ayunt. de la prov. de
Alicante (18 horas), part. jud. y adm. de rent. de
Denia (2), aud. terr., c. g. y dióc. de
Valencia (22): SIT. en terreno llano, a la der. del r. Gorgos ó Jalón; libre al embate de todos los vientos y especialmente a los del E.; su CLIMA es templado y saludable. Tiene 350
CASAS repartidas en 2 grupos, uno de ellos llamado propiamente Gata, y el otro Gatela, separados ambos por un barranquillo á que da paso un
puente de cal y canto;
casa de ayunt., en cuyo piso superior
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