ALCUDIA DE
CARLET; v. con ayunt. de la prov., dióc., aud. terr. y c. g. de
Valencia (5 leg.), part. jud. de Garlet (1): SIT. a la izq. del r. Júcar y de r. del Juanes, o
rambla de
Algemesi, junio a la
carretera general de
Madrid a Valencia, libre a la influencia de los vientos, especialmente de los del E., con
cielo alegre y saludable CLIMA, si bien alterado con emanaciones mefíticas que exhalan los arrozales que en los lugares inmediatos se cultivan, por cuya causa se desarrollan con frecuencia fiebres tercianarias pertinaces. Tiene buenas
CASAS, entre ellas la municipal con su cárcel; carnicería, una
escuela de instrucción primaria frecuentada por unos 100 alumnos; dos de niñas, concurrida por 70 educandas; una igl. parr., cuya obra nueva es de buen aspecto y gusto; un conv. que perteneció a los alcantarinos, y una
ermita. Confina el TÉRM. por el N. con el
Alginet, por el E. con el de Algemesi, por el S. con el de Guadasuar, y por el O. y parte del N. con el de Carlet; el TERRENO es llano, compuesto de 1,500 hanegadas de
huerta que se riegan con la acequia Real de Alcira, y una inmensa explanada de secano sin otras
aguas que las que vienen dé la
fuente llamada de la Casada. Además del
CAMINO real de que queda hecha mención hay otros bastante cómodos para los
pueblos limítrofes. PROD.: las principales son la seda, vino y aceite; también se cosecha con abundancia, trigo, maíz, alfalfa,
frutas y
hortalizas; cría
ganado lanar y de cerda, y algunas
colmenas. IND.: 2 posadas públicas, 1
molino harinero, una alfarería, 1 fáb. de aguardiente y varios telares de lienzo, POBL.: 530 vec. 1,759 alm. CAP. PROD.: 3.057,270 rs.: IMP. 1.880,250 rs.: CONT. 37,255 rs.
Fue está v., cab. del condado de su nombre, fundada por los moros; conquistada por el rey D. Jayme I, en el repartimiento de tierras practicado en febrero de 1248 tocó al caballero Pelegrin de Monteagudo, juntamente con su cast., y la v. y cast. de Carlet; en 1275 confirmó el mismo Rey esta donación en favor de Pedro Monteagudo. En esta época pertenecía Alcudia a la jurisd. de Alcira, de la cual se separó en 24 de febrero de 1318, por merced del rey D. Pedro IV. Tuvieron sus hab. una parte muy activa en la guerra de los germanios, en términos de haber concurrido sus gentes de armas tomar al llamamiento que los Trece de Játiva les hicieron, así como a otros vec. de las inmediaciones para verificar los alardes que había prohibido el virrey, y capitán general D. Diego de Mendoza, obligando a éste a retirarse a Denia.
* Diccionario geográfico – estadístico - histórico de
España y sus posesiones de Ultramar. Pascual Madoz, 1847.