Mas, la organización de los riegos necesita de una institución que cuide de la administración del agua y de la observancia de las normas con que la sabiduría y experiencia del hombre de la huerta la fue dotando.
Las Comunidades de las acequias se rigen por viejas Ordenanzas, trasmitidas por vía oral desde tiempos de los árabes y escritas desde principios del s. XVIII. Una Junta administradora, elegida democráticamente entre todos los miembros de la Comunidad, al igual que el síndico-presidente de la misma, vela por el cumplimiento estricto de las normas. Todos ellos deben ser labradores, cultivadores directos de sus tierras y con conocida fama de “hombre honrado”. Síndico y vocales se ven ayudados en su trabajo por el Guarda de la acequia, empleado que cuida de que el agua llegue a todos según su turno o tanda de riego, comunicando las infracciones cometidas para que éstas sean denunciadas y juzgadas en el Tribunal de las Aguas. El Tribunal de las Aguas está constituido por los síndicos de las ocho acequias, presidido por un síndico-presidente elegido de entre ellos. (Hubo tiempo en el que fueron siete hasta que la acequia de Benager-Faitanar se desgajó de la de Quart y pasó a ocho el número de síndicos. Hoy, la acequia de Chirivella, brazo que arranca de la acequia de Mislata, constituye comunidad aparte, aunque su origen no arranque del mismo río).
Las Comunidades de las acequias se rigen por viejas Ordenanzas, trasmitidas por vía oral desde tiempos de los árabes y escritas desde principios del s. XVIII. Una Junta administradora, elegida democráticamente entre todos los miembros de la Comunidad, al igual que el síndico-presidente de la misma, vela por el cumplimiento estricto de las normas. Todos ellos deben ser labradores, cultivadores directos de sus tierras y con conocida fama de “hombre honrado”. Síndico y vocales se ven ayudados en su trabajo por el Guarda de la acequia, empleado que cuida de que el agua llegue a todos según su turno o tanda de riego, comunicando las infracciones cometidas para que éstas sean denunciadas y juzgadas en el Tribunal de las Aguas. El Tribunal de las Aguas está constituido por los síndicos de las ocho acequias, presidido por un síndico-presidente elegido de entre ellos. (Hubo tiempo en el que fueron siete hasta que la acequia de Benager-Faitanar se desgajó de la de Quart y pasó a ocho el número de síndicos. Hoy, la acequia de Chirivella, brazo que arranca de la acequia de Mislata, constituye comunidad aparte, aunque su origen no arranque del mismo río).