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PUEBLA DE OBANDO: ¿Los radares saltan a 116 o a 121 km/h?...

¿Los radares saltan a 116 o a 121 km/h?

Guardias Civiles exigen a la DGT un criterio único sobre el margen de error del radar.

Si usted circula por una autovía en Extremadura a 120 kilómetros por hora lo normal es que no sea multado, pero si traspasa los límites geográficos de la región, puede no correr la misma suerte. La razón, la falta de criterio único a la hora de calibrar el margen de error de los radares. Y es que, según fuentes de la Asociación Unificadas de Guardias Civiles (AUGC) de Extremadura, hasta ahora los dispositivos han tenido un margen de error del 10%, por lo que con la nueva limitación de velocidad a 110 km/h en autovías y autopistas, no se disparará hasta los 121 km/h. "Es lo que se ha estado haciendo hasta ahora", comentan, pero matizan que se siguen "recomendaciones" de los responsables de Tráfico, que no les han dicho nada de manera oficial para cambiar esta norma. Esa falta de criterio único es lo que ha denunciado la Unión de Oficiales de la Guardia Civil (UO), que exige a la DGT directrices por escrito para saber a qué atenerse a la hora de sancionar. Ante esa ausencia de la orden, ha encargado un informe sobre el límite de velocidad al bufete Alauda Abogados, que concluye que, con carácter general, "existe certeza de haberse superado el límite de 110 km/h" cuando el cinemómetro (radar) detecta 116 km/h para dispositivos fijos y de 118 para los móviles.

Este colectivo denuncia que la rebaja del límite de velocidad no sólo confunde a los ciudadanos sino a los propios agentes de Tráfico, y critica las escasas "instrucciones respecto al funcionamiento operativo de los radares" y la formulación de denuncias, que "se han impartido de forma verbal y todas en el sentido de mantener los límites sancionadores vigentes con anterioridad. Es decir, como si la velocidad máxima siguiese siendo de 120 km/h, lo que implica que los radares salten y se denuncie al pasar de 132 km/h".

Hasta la fecha, reitera, "la única instrucción escrita conocida por la Unión de Oficiales data del año 2006". A este respecto, censura que "evidentemente, la coexistencia de órdenes verbales y escritas contradictorias está generando confusión entre los Jefes de los Destacamentos de Tráfico de la Guardia Civil que no saben con certeza que límite aplicar". Esta falta de criterio hace que, cita, "nos podemos encontrar con que haya conductores que son sancionados por rebasar los 116, otros al rebasar los 121 y otros los 132, lo que supone un trato discriminatorio, en función de la provincia por la que se circule".