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VALENCIA DE LAS TORRES: PERDONAR POR EL ROLLAZO PERO LO TENIA QUE PONER....

PERDONAR POR EL ROLLAZO PERO LO TENIA QUE PONER.

CARTA PARTE.

Se permite no aplicar aspectos fundamentales de los Convenios. Se posibilita la inaplicación del Convenio en aspectos como jornada de trabajo, horario, distribución del tiempo de trabajo, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración y cuantía salarial, sistema de trabajo y rendimiento, funciones para la movilidad funcional y mejoras protectoras de la Seguridad Social (art. 87.1 E. T.), cuando exista reducción de ingresos o ventas durante 2 trimestres consecutivos. En caso de no acuerdo se impone el arbitraje, siendo la administración la que decidirá inaplicar aspectos del Convenio.

Se cargan la prórroga automática en la vigencia de los convenios. Hasta la reforma la ultraactividad de los convenios era automática e indefinida, a partir de ahora se limita a los 2 años desde la fecha de finalización del convenio anterior. A partir de los 2 años si no hay acuerdo el convenio anterior deja de estar vigente. A partir de ahí o se aplica el convenio de rango superior (por ejemplo en Seat el convenio provincial del metal) aunque las condiciones sean incluso inferiores o se incurre en un vacío de regulación. Esta medida en la práctica es un arma coactiva que en manos de los empresarios limitará las condiciones de negociación colectiva de los trabajadores/as que se verán en la necesidad de aceptar condiciones inferiores a las que disfrutan para evitar la aplicación de un convenio de rango superior con condiciones laborales más perjudiciales.

Se legalizan las agencias privadas de empleo. Se permite de forma definitiva que las ETTs puedan actuar como intermediarios entre los trabajadores/as y las empresas que quieran realizar contratos. Esta situación antes estaba muy limitada, ahora se permite no sólo para contratos temporales sino para todo tipo de contrato. En la práctica supone privatizar el INEM, ya que la selección de personal que realicen las ETTs se hará conforme a los dictados de la empresa posibilitando la exclusión de sectores de la población en razón de género, nacionalidad, ideología, etc.