SENDERO HOMOLOGADO.-
Un sendero homologado, según el Comité Estatal de Senderismo de la Federación Española de Montañismo, es una instalación deportiva, identificada por un código de marcas patentado, que se desarrolla preferentemente en el medio natural y sobre viales tradicionales, y que cuenta con el visto bueno del organismo competente al cumplir los requisitos exigidos por la legislación de cada país. Su fin es facilitar al ciudadano su recorrido con seguridad y calidad.
El hecho de estar homologado implica que el sendero se encuentra señalizado con dicho sistema de marcas, que cuenta con una topoguía descriptiva, que existe un compromiso de mantenimiento por parte del promotor y que cumple los requisitos establecidos por el organismo competente en cada país y que en
España es la Federación Española de
Deportes de
Montaña y Escalada (FEDME).
En principio, las características que pueden esperarse de un sendero homologado son las siguientes:
Ser apto para la gran mayoría de la población.
Ser transitable durante todo el año.
La utilización y recuperación de antiguos viales de comunicación frente a viales modernos.
Tener interés paisajístico, histórico, etnográfico o medioambiental.
Fomentar la actividad senderista de una zona.
No tener grandes desniveles durante tramos prolongados y evitar la ascensión a cimas montañosas.
No transitar por tramos con tráfico rodado o zonas que en condiciones normales presenten algún riesgo.
No precisar para su recorrido de conocimientos, técnicas o materiales especiales.
Estar señalizado suficientemente con el sistema oficial de cada país.
Contar con una topoguía descriptiva del itinerario así como de los valores ambientales, paisajísticos, culturales y etnográficos del recorrido.