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CASARES DE LAS HURDES: Señores en la Administración local las AUDITORíAS externas...

Señores en la Administración local las AUDITORíAS externas las aprueba el pleno, aunque en puridad no es una auditoría, sino una revisión de si los gastos están justificados y si los procedimientos para aprobar dichos gastos es el adecuado. Si no se tiene mayoría, se puede pedir, pero en la votación se va a perder. El encargado de llevar la auditoría es el Secretario-Interventor, que es quien puede poner o no reparos en los mandamientos de pago. Los concejales pueden solicitar información sobre los ingresos y gastos, y sobre los procedimientos de pago, y sobre si hay gastos con reparos. El alcalde tiene obligación de dar esa información a los concejales. Por otra parte se puede solicitar en el supuesto de que haya síntomas de un mal uso de los fondos que el Tribunal de Cuentas realice una inspección. En la contabililidad y en los pagos los responsables son los claveros, es decir, el interventor, el tesorero y el ordenador de pagos (el alcalde), luego los concejales pueden pedir información a cualquiera de ellos. Al tesorero, que responda de los fondos. Al interventor que manifieste si los mismos han tenido un uso adecuado, y al alcalde de los mandamientos de pago que haya cumplimentado. Es relativamente sencillo conocer el estado de un Ayuntamiento sabiendo buscar y preguntar. Si el alcalde se niega reiteradamente a dar la información, estaría vulnerando un derecho constitucional -el derecho a la participación en asuntos públicos- o probablemente cometiendo un delito de prevaricación que le podría llevar a la inhabilitación.

Espero que os haya servido de ayuda. TAni.