Buenas tardes noches... Reglamento General de Circulación no se recoge ninguna mención expresa a que esté prohibido aparcar en un garaje sin vado. Pero si hacemos tal cosa, cabría la posibilidad de estar impidiendo la incorporación de otro vehículo a la circulación, así como obstaculizar la salida o acceso a un inmueble, sendos supuestos sí especificados en el RGC.
Atendiendo a estas premisas, no estaría permitido estacionar el vehículo frente a un garaje, aunque no esté señalizado con un vado, pudiendo exponerte también a la multa de 200 euros previamente mencionada. Lo que sí difiere en caso de que no haya un vado permanente, es que no sería obligatorio retirar el vehículo independientemente de la multa. Ahora bien, la sanción quedará en manos de la interpretación de cada agente, por lo que ante la duda conviene no estacionar en estos espacios y seguir buscando otro aparcamiento disponible.
Atendiendo a estas premisas, no estaría permitido estacionar el vehículo frente a un garaje, aunque no esté señalizado con un vado, pudiendo exponerte también a la multa de 200 euros previamente mencionada. Lo que sí difiere en caso de que no haya un vado permanente, es que no sería obligatorio retirar el vehículo independientemente de la multa. Ahora bien, la sanción quedará en manos de la interpretación de cada agente, por lo que ante la duda conviene no estacionar en estos espacios y seguir buscando otro aparcamiento disponible.