GUIJO DE SANTA BARBARA: Qué pasa, que en los 12 años precedentes, no dió la...

Qué pasa, que en los 12 años precedentes, no dió la lata?
Efectivamente hay unos baremos públicos y complementos que pueden ser objeto de subida de forma discrecional.
El salario base y complemento de destino viene fijado por ley, pero otros complementos no.

El problema es que usted llama Secretaria, y, yo Auxiliar Administrativo. La diferencia es clara:
Auxiliar Administrativo: Grupo de, Titulación Graduado escolar FP de primer grado.
Secretario: Grupo A, Titulación: Licenciado en Derecho, Ciencias Políticas y/o Sociologia, Licenciado en Dirección y Administración de Empresas o en Ciencias Actuariales y Financieras.
Otro día te explico lo del salario base, niveles, y quién los fija.

Anónimo.