PLEITO, a demanda del obispado de Pamplona y el cabildo y beneficiados de la villa de Oyón, contra el obispado de Calahorra y el cabildo de las iglesias de Laguardia; los primeros sostenían que los vecinos de Oyón que labrasen tierras en el término de Las Casetas debían diezmar a la parroquia de su vecindad. Se dicta sentencia en Pamplona el 18 de mayo de 1556 dando la razón a los de Oyón. Apelada la sentencia se pronuncia sentencia definitiva en el monasterio de Santa María La Real de Nájera el 4 de noviembre de 1561, diciendo lo contrario: los que labraban tierras en Las Casetas, jurisdicción de Laguardia, debían diezmar al cabildo de Laguardia y al obispado de Calahorra y La Calzada".
Signatura: Zoilo Calleja, "Documentación sobre Oyón", Cripán, 2009, trabajo sin editar, p. 8. Manolo G. Pastor.
Signatura: Zoilo Calleja, "Documentación sobre Oyón", Cripán, 2009, trabajo sin editar, p. 8. Manolo G. Pastor.